A ver si alguien me puede ayudar... los contribuyentes registrados en el régimen intermedio y que en el ejercicio inmediato anterior declararon mas de 4,000,000.00 de pesos en el siguiente ejercicio deberán tributar en el Régimen de actividad empresarial y profesional... si yo presentaba el primer pago del ISR en el siguiente ejercicio en el régimen de actividad empresarial y profesional automáticamente se registraba el cambio de régimen.... alguien recuerda el fundamento (creo venía en RM pero no lo encuentro)
Gracias de antemano...
MLUNA.
Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
Nop, el registro de obligaciones no se dan de manera AUTOMATICA.
El contribuyente debe hacerlo en el portal del SAT o ir fisicamente a las oficinas de esta dependencia y aplicar los cambios de obligaciones conforme se expresa en las leyes fiscales.
Estos cambios automaticos, si los haria el SAT, pero cuando es para un sector grande contribuyentes o para casi todos o a todos.
Investigue sacando su cedula fiscal impresa desde el portal de SAT para que analice sus obligaciones vigentes actuales, las que dejaron de surtir efectos. En ese documento se enumeran todos los movimientos realizados desde el registro inicial en el padron del RFC
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
Mensajes:
15565 Ingresó:
Julio 10, 2007 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
16/Nov/10 19:59
Re: Cambio de Régimen
SI, ESA FACILIDAD EXISTIO ......HACE VARIOS AÑOS, MUCHOS.........YA NO APLICA
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
_______________________________
'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'