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29/Oct/10 11:21
Retencion iva

Buenos dias.

Una persona fisica del regimen intermedio presta servicios a una persona moral por elaboracion de planos. ¿La persona moral esta obligada a retenerle IVA e ISR por la prestacion de sus servicios?. Los servicios prestados por electricistas y plomeros (los cuales solo me proporcionaron el servicio mas no materiales) ¿tiene el mismo trato?

Saludos.

Editado: Octubre 29, 2010 11:45:16
 
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javi9923
Teniente

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29/Oct/10 11:53
Re: Retencion iva

verifica el criterio normativo del SAT 84/2009...haber si caes en esos supuestos...y comentas...




saludos
 
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CPhugoocejo
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29/Oct/10 12:00
Re: Retencion iva

si eres régimen intermedio y te retiene ISR, entonces ya no deberás de tributar en règimen intermedio para el siguiente ejercicio, sino en actividad empresarial y profesional, puesto que règimen intermedio es exclusivo de actividades empresariales
 
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bandido07
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29/Oct/10 15:29
Re: Retencion iva

84/2009/IVA Retenciones del impuesto al valor agregado. No proceden por servicios prestados como actividad empresarial.
De conformidad con el artículo 1-A, fracción II, inciso a) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, las personas morales que reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes prestados u otorgados por personas físicas, están obligadas a retener el impuesto que se les traslade.
Por otro lado, el artículo 14, último párrafo de la misma ley define que la prestación de servicios independientes se considera que tiene la característica de personal cuando además de ser de las actividades reguladas por dicho artículo no tenga naturaleza de actividad empresarial.
Por lo anterior, la retención tratándose de prestación de servicios, únicamente se dará cuando no tengan la característica de actividad empresarial, en términos del artículo 16 del Código Fiscal de la Federación, y por lo mismo puedan considerarse servicios personales.


Saludos
 
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vabdo
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30/Oct/10 08:21
Re: Retencion iva

en regimen intermedio no hay retencion.
 
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ESTEBAN2507
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30/Oct/10 15:02
Re: Retencion iva

Buenas Tardes

al respecto opino lo siguiente:

Los artículos 127, último párrafo de la LISR y 1-A, fracción II, inciso a) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) establecen como obligación de las personas morales efectuar las retenciones correspondientes tanto de ISR como de IVA, cuando una persona física les presta servicios personales profesionales o independientes, respectivamente.

ahora bien, comentan que siendo Regimen Intermedio al hacerles una retencion tendrían que salir de este Regimen. me pueden ilustrar en que se basan para decir eso ?

Saludos
LG
 
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JOEGON
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30/Oct/10 20:12
Re: Retencion iva

hola javi:

Consulta los articulos de las leyes de IVA e ISR, relativas a estas retenciones por las que se tiene dudas.

Son precisamente que se retendria por la prestacion de ciertas actividades o servicios estipuladas en estos articulos, los cuales te refiero que consultes.

Si en las comprobaciones no se hace mencion por separado de los materiales, pues no podrian considerarse sin efectos de retencion, cuando se estipulen unicamente servicios que las leyes hacen mencion.

Si existiesen otros tipos de servicios no aplicables la retencion; igualmente que los materiales, deben de expresarse por separado, con el fin de operar la retencion de una manera que facilite su cuantificacion y verificacion.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Nov/10 10:31
Re: Retencion iva

Buenos dias.

Gracias por sus comentarios, estoy de acuerdo con ustedes a excepcion de lo comentado por esteban ya que se realizara la retencion por los servicios personales recibidos sin importar que la persona a la que se le retenga sea del regimen intermedio ya que la ley no especifica el regimen mas si el servicio.

Saludos.
 
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javi9923
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