28/Oct/10 11:50
Buen dia,
Si soy PM y pago adelantado la renta de un año si es deducible para efectos de ISR??
Saludos
Erika
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erikaG
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28/Oct/10 12:05
Re: Arrendamiento por un año
q tal
respuesta: si
por q cree q no?
salu2
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LC.GONZALEZ
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28/Oct/10 12:10
Re: Arrendamiento por un año
Hola fiscalmente deduces.
Contablemente, llevalo a un activo por ejemlo rentas pagadas por anticipado, y afecta mes a mes, tu contabilidad via gasto.
Saludos.
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cmvdominguez
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28/Oct/10 12:38
Re: Arrendamiento por un año
Hola que tal:
si es deducible, ademas es efectivamente pagado por lo tanto hasta para IVA es acreditable.
saludos.
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ESTEBAN2507
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30/Oct/10 21:01
Re: Arrendamiento por un año
Me parece que debe considerar que sea indispensable el pago anticipado, considero que la deducibilidad debe aplicarse conforme a lo devengado en el ejercicio o en su defecto conforme al tratamiento en que se aplicarian las retenciones correspondientes
Tambien debe contarse con documentacion comprobatoria y por ultimo que se cumpla con los requisitos del 31 LISR y no se caiga en las razones de la no deducibilidad estipulados en el 32 LISR
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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30/Oct/10 21:05
Re: Arrendamiento por un año
Es importante tambien analizar el contrato como se estipula.
El contrato pudiese abarcar dos años calendarios o mas
De ahi que deba analizarse la manera de como liquidarse y aplicar las comprobaciones.
Segun mi apreciacion los anticipos a proveedores, no son deducibles. Debe dejar de ser anticipos y se aplique a una cuenta corriente y exista una factura para deducirse.
Pero facturas, si se trata de rentas, debe existir por lo general una devengacion, el contrato por lo general asi se estipula.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
General de División
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01/Nov/10 10:51
Re: Arrendamiento por un año
Si el comprobante reune requisitos de deducibilidad lo puedes considerar sin mayor problema.
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CP_PACO
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01/Nov/10 14:22
Re: Arrendamiento por un año
Reunes tooooooodos los requisitos para efectos de deducibilidad ?........
Saludos
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lobozac
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01/Nov/10 17:30
Re: Arrendamiento por un año
Me entregarian mi respectivo recibo de arrendamiento sin embargo como bien comento Enrique esa es mi duda en cuestión de los gastos devengados
Saludos
Erika
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erikaG
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01/Nov/10 17:38
Re: Arrendamiento por un año
erikaG:
….soy PM y pago adelantado la renta de un año si es deducible para efectos de ISR??
Si y también para IETU y el IVA también es acreditable al efectuar el pago.
Saludos
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CHAVALON
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