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13/Oct/10 17:15
factura electronica y factura impresa

Hola! Buenas Tardes.
Tengo una duda, referente al nuevo esquema de factura electronica en 2011, una persona moral que tiene ingresos superiores a 4 millones, y esta dictaminado, podrá utilizar la nueva factura impresa en ventas menores a 2000.00 y la factura electronica digital .

Planteo esto porque:
Vendemos a publico en general.
Se supone que la venta global del dia, se hará una factura electronica y se le pondra el r.f.c. generico.(en la venta manejamos comprobantes simplificadados)
Pero que pasa si un cliente viene con un comprobante simplificado y quiere que se le facture , en este caso podría emitirle una factura impresa(siempre y cuando la venta sea < 2000. y haciendo referencia que esta factura forma parte de factura electronica xxx.

Ojala me hallan entendido la idea.
Gracias, espero comentarios
Buen dia
 
Buen dia!
 
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mvazquezs22
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13/Oct/10 18:16
Re: factura electronica y factura impresa

Hola...........NO....PORQUE PASAS DE 4 MILLONES

NO DISTINGAS.............LA 'LEY' NO DISTINGUE

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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13/Oct/10 20:16
Re: factura electronica y factura impresa

ANTEPROYECTO DE PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010 Y SUS ANEXOS 1-A y 20

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

QUINTO. Para los efectos de la regla I.2.23.2.2., durante los meses de enero a marzo de 2011, los contribuyentes obligados a expedir comprobantes por las actividades que realicen podrán expedirlos en forma impresa, aun y cuando sus ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior hubieran excedido de $4,000,000.00.

PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN
MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010
Atentamente.
México, D. F., a 27 de julio de 2010.
El Jefe del Servicio de Administración Tributaria.


En mi opinión
De acuerdo a tu duda creo q tendrias la facilidad de facturar de forma impresa por menos de 2,000.00 solo durante el primer trimestre del 2011.

Esperemos comentarios




RMF
I.2.23.2.2. Para los efectos del Artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, que hayan consignado en la misma para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa, sin importar el monto que amparen, siempre y cuando además de reunir los requisitos precisados en el artículo 29-A del CFF, con excepción de los previstos en las fracciones II y IX del citado precepto legal, cumplan con lo siguiente:

Los contribuyentes que opten por expedir sus comprobantes fiscales impresos conforme a ésta regla, deberán solicitar la asignación de folios en términos de lo dispuesto en la ficha 162/CFF denominada “Solicitud de asignación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos” contenida en el Anexo 1-A. Una vez aprobada la asignación de folios, el SAT proporcionará al contribuyente emisor un CBB como dispositivo de seguridad.

Los folios asignados al contribuyente, así como el CBB tendrán una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de los folios, los cuales deberán imprimirse en el original y en la copia correspondiente a cada uno de los comprobantes fiscales.

En el Anexo 1-A se dan a conocer los procedimientos para la asignación, modificación, cancelación y consulta de validez de los folios asignados al contribuyente, así como para la consulta de la información relativa a la aprobación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos. Asimismo, los comprobantes que se expidan en términos de esta regla tendrán de forma impresa los requisitos a que se refiere la regla I.2.23.2.1., cuarto párrafo.

El requisito a que se refiere el artículo 29-A, fracción VII del CFF, sólo será aplicable a los contribuyentes que hayan efectuado la importación de mercancías respecto de las que realicen ventas de primera mano.

La opción establecida en la presente regla dejará de surtir efectos cuando, durante el ejercicio fiscal de que se trate, el contribuyente obtenga ingresos superiores a $4,000,000.00, supuesto en el cual a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase dicho monto, el contribuyente deberá expedir sus comprobantes fiscales conforme a lo que establece el artículo 29, primer párrafo del CFF.
En cualquier caso, cuando los ingresos del contribuyente excedan del monto señalado en el párrafo anterior, no podrá volver a ejercerse la opción a que se refiere la presente regla durante ejercicios posteriores.


Saludos.
rober...


Editado: Octubre 13, 2010 20:17:56
 
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roberbaeza
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13/Oct/10 20:33
Re: factura electronica y factura impresa

mvazquez:

'... referente al nuevo esquema de factura electronica en 2011, una persona moral que tiene ingresos superiores a 4 millones, y esta dictaminado, podrá utilizar la nueva factura impresa en ventas menores a 2000.00 y la factura electronica digital.'


Hola...No, desde el punto de vista de la REGLA miscelánea I.2.23.2.2. Publicada el 14 de Septiembre de 2010:

'...La opción establecida en la presente regla dejará de surtir efectos cuando, durante el ejercicio fiscal de que se trate, el contribuyente obtenga ingresos superiores a $4,000,000.00, supuesto en el cual a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase dicho monto, el contribuyente deberá expedir sus comprobantes fiscales conforme a lo que establece el artículo 29, primer párrafo del CFF...'

Sin embargo, si en 2011 se encuentra en los meses de Enero a Marzo, el Quinto resolutivo de la misma resolución, establece lo siguiente:


QUINTO. 'Para los efectos de la regla I.2.23.2.2., durante los meses de enero a marzo de 2011, los contribuyentes obligados a expedir comprobantes por las actividades que realicen podrán expedirlos en forma impresa, aun y cuando sus ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior hubieran excedido de $4,000,000.00.'

Salu2!!!!
 
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memoli
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13/Oct/10 21:18
Re: factura electronica y factura impresa

Hola, buena noche, de los comentarios vertidos y de la lectura de las disposiciones, me surge la siguiente duda:

El Artículo Décimo Transitorio del CFF, de las reformas del 7 de Dic 2009, señalan lo siguiente en su fracción II:

'Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigor de la reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, por lo que éstos podrán ser utilizados por el adquirente de los bienes o servicios que amparen, en la deducción o acreditamiento, a que tengan derecho conforme a las disposiciones fiscales. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del propio Código.'

Ahora bien, el Quinto Resolutivo de la 1a RM RMF 2010, indica que:

'QUINTO. Para los efectos de la regla I.2.23.2.2., durante los meses de enero a marzo de 2011, los contribuyentes obligados a expedir comprobantes por las actividades que realicen podrán expedirlos en forma impresa, aun y cuando sus ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior hubieran excedido de $4,000,000.00.'

Mi duda concreta es: Existe o No, contradicción entre ambas dispocisiones, dado que en la reforma al CFF no se distingue entre contribuyentes de menos de 4' y los de más de 4', ya que señala: LOS CONTRIBUYENTES...es decir, entiendo que se refiere a todos...

Ojalá con sus comentarios pueda aclarar mi duda...

Gracias por su aportación..
 
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Kizu
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14/Oct/10 00:37
Re: factura electronica y factura impresa

Gracias, a los que se tomaron el tiempo de responder. Encontre el sustento de lo que les plantie. Art. 42 del RCFF.

Buenas Noches
 
Buen dia!
 
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mvazquezs22
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14/Oct/10 11:11
Re: factura electronica y factura impresa

Tengo una duda, referente al nuevo esquema de factura electronica en 2011, una persona moral que tiene ingresos superiores a 4 millones, y esta dictaminado, podrá utilizar la nueva factura impresa en ventas menores a 2000.00 y la factura electronica digital



No.


No le veo sentido alguno el aplicar una ' facilidad ' temporal , si al mismo tiempo emite una factura digital.


saludos
 
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CPhugoocejo
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14/Oct/10 11:53
Re: factura electronica y factura impresa

Mi duda concreta es: Existe o No, contradicción entre ambas dispocisiones, dado que en la reforma al CFF no se distingue entre contribuyentes de menos de 4' y los de más de 4', ya que señala: LOS CONTRIBUYENTES...es decir, entiendo que se refiere a todos...



Estoy de acuerdo con lo que comentas mi estimado Enrique, lo que sucede que es que la autoridad ya hasta agrega y agrega transitorios a las RM y anexos como si éstos fueran el CFF, en otras palabras, el fisco legisla la RM como si tuvieses más peso que el mismo CFF.

De hecho la regla que citas te remite a la F-III de la reforma al CFF, aún así, aunque concatene a la F-I , 29 CFF, NO podemos anteponer la RM esté por encima del CFF, a pesar de que la RM crea derechos y obligaciones, insisto.. jerarquicamente ésta NO puede estar por encima del CFF.


saludos
 
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CPhugoocejo
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18/Oct/10 22:34
Re: factura electronica y factura impresa

Apoyo el comentario del estimado cphugoocejo...si ya esta emitiendo CFD por tus propios medios o por terceros, que caso tiene emitir comprobantes impresos inferiores a 2000....Creo que esto le originara mas costo administrativo.

Saludos
 
Si puedes ser util a los demas, no dudes en hacerlo
 
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rgchavez
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