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04/Oct/10 22:29
PRESTAMOS

Una duda espero me puedan ayudar.

Si recibimos un prestamo lo tenemos que informar al SAT.

Si la respuesta es si, cual es el medio para informarlo.

saludos y gracias de antemano.
 
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jrguerrero
Soldado

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04/Oct/10 23:41
Re: PRESTAMOS

jrguerrero:
Si recibimos un prestamo lo tenemos que informar al SAT.

Si, si el préstamo es en efectivo y es superior a $ 600,000.00


...cual es el medio para informarlo.

Formato Electrónico 86-A




Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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05/Oct/10 08:16
Re: PRESTAMOS

Te agredesco la informacion.

Que tengas un excelente dia.

Saludos
 
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jrguerrero
Soldado

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05/Oct/10 18:21
Re: PRESTAMOS

jrguerrero:
Te agredesco la informacion.

Al contrario, espero que haya sido la información que buscabas.



Que tengas un excelente dia.

Igualmente





Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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09/Oct/10 22:52
Re: PRESTAMOS

heloo..los $600,00 son al mes??
o al año?
saludos
 
juliocesarmb
 
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fiscal10
Sargento Segundo

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11/Oct/10 12:41
Re: PRESTAMOS

..los $600,00 son al mes??
o al año?


Ni una ni otra.

Es por operacion.

Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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13/Oct/10 10:49
Re: PRESTAMOS

Estimado:

LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA NOS MENCIONA:


Artículo 86-A. Los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00, dentro de los quince días posteriores a aquél en el que se reciban las cantidades correspondientes.

La ley es clara:

1. Informar prestamos o aportaciones para capital mayores a 600,000.00 que se hayan realizado en efectivo.

2.- Informarlo dentro de los 15 dias despues de recibirlo (esto nos da a entender que es por cada operacion, no acumulado).


Espero haberte ayudado.

saludos desde yucatan.
 
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MANUEL79
Cabo

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