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27/Sep/10 18:00
Facturación Electónica

Buenas Tardes:

Cuando entremos al esquema de facturación electronica y mi sistema de computo genere la factura electronica 2011 la tengo que enviar con el proveedor autorizafo para la validación, asignación de folio e incorporación del Sello digital del SAT, lo anterior de acuerdo a la página del SAT y la primera resolución miscelanea.

Pero en este punto me surge la duda eso quiere decir que si yo vendo un articulo X en 100 pesos y me piden factura, genero en mi sistema la factura electronica por 100 pesos por el articulo x y despues la manda a que me lo certifique el proveedor externo.???? y el tiene 72 horas para regresrmela certificada????

O primero me ceritfica un rango de facturas en blanco y despues la uso???


Saludos
 
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eyma
Cabo

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01/Oct/10 11:20
Re: Facturación Electónica

Bueno, primero que nada, si tú actualmente ya estás facturando electrónico, entonces en 2011 no tienes que entrar al nuevo esquema de 'certificación' o 'timbrado', puedes continuar con el esquema actual.

Si apenas vas a iniciar en 2011, entonces usarás el nuevo esquema en el que:

1. Generas tu factura
2. La mandas timbrar
3. El timbrador te la regresa
4. La puedes entregar

El timbrador no necesariamente se va a tardar 72 horas, esas horas son para enviar una información al SAT, pero definitivamente que sí puede demorarse.

Los proveedores todavía no saber cuánto podrá tardar, y esto dependerá mucho de la infraestructura que cada proveedor tenga, por lo que te recomiendo ir investigando con proveedores a ver quién te puede dar un servicio rápido... en tiempo real.

Sin duda esto va a ser un caos.

Th.
 
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Thomper
Capitán Segundo

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01/Oct/10 11:35
Re: Facturación Electónica

saludos

yo lo veo asi... creo que las personas que en su momento ocupen sistemas (apartir del 2011) como aspel.. compac..etc. seran tambien PACS para brindarles el servicio completo... y el proceso sea eficaz.... el detalle va ser con contribuyentes que quieran manejar un sistema diseñados exclusivamente para ellos... tendran que buscar un PAC que les brinde el servicio... y ahi va ser el detalle al menos que las personas que les diseñe el sistema tambien sea un PAC y les brinde el servicio... y bueno para los que ahorita emiten un CFD pues no hay problema ya que no estan obligados a remitir sus CFD a un PAC .... imaginense a wal mart Office Depot o otro grandes contribuyentes que ya cuenten con sus sistemas y tuvieran que mandar a sus CFD a un tercero.


saludos
 
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cperic_mx
Subteniente

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02/Oct/10 01:47
Re: Facturación Electónica

HOLA BUENAS NOCHES, YO TODAVIA NO MANEJO LA FACTURACION ELECTRONICA, SE ME INDICO QUE SI EN EL EJERCICIO ANTERIOR NO PASE DE 4MDP, PUEDO OPTAR ANTES QUE TERMINE ESTE EJERCICIO SOLICITAR A EL SAT, FOLIOS YA QUE POR MIS INGRESOS NO ESTOY OBLIGADO A LA FACTURA ELECTRONICA

ESTA CORRECTO?

GRACIAS
 
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YOREMEALEYA
Capitán Segundo

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02/Oct/10 09:40
Re: Facturación Electónica

espero te sirva esto:

Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos
I.2.23.2.2. Para los efectos del Artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, que hayan consignado en la misma para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa, sin importar el monto que amparen, siempre y cuando además de reunir los requisitos precisados en el artículo 29-A del CFF, con excepción de los previstos en las fracciones II y IX del citado precepto legal, cumplan con lo siguiente:
Los contribuyentes que opten por expedir sus comprobantes fiscales impresos conforme a ésta regla, deberán solicitar la asignación de folios en términos de lo dispuesto en la ficha 162/CFF denominada “Solicitud de asignación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos” contenida en el Anexo 1-A. Una vez aprobada la asignación de folios, el SAT proporcionará al contribuyente emisor un CBB como dispositivo de seguridad.
Los folios asignados al contribuyente, así como el CBB tendrán una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de los folios, los cuales deberán imprimirse en el original y en la copia correspondiente a cada uno de los comprobantes fiscales.
En el Anexo 1-A se dan a conocer los procedimientos para la asignación, modificación, cancelación y consulta de validez de los folios asignados al contribuyente, así como para la consulta de la información relativa a la aprobación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos. Asimismo, los comprobantes que se expidan en términos de esta regla tendrán de forma impresa los requisitos a que se refiere la regla I.2.23.2.1., cuarto párrafo.
El requisito a que se refiere el artículo 29-A, fracción VII del CFF, sólo será aplicable a los contribuyentes que hayan efectuado la importación de mercancías respecto de las que realicen ventas de primera mano.
La opción establecida en la presente regla dejará de surtir efectos cuando, durante el ejercicio fiscal de que se trate, el contribuyente obtenga ingresos superiores a $4,000,000.00, supuesto en el cual a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase dicho monto, el contribuyente deberá expedir sus comprobantes fiscales conforme a lo que establece el artículo 29, primer párrafo del CFF.
En cualquier caso, cuando los ingresos del contribuyente excedan del monto señalado en el párrafo anterior, no podrá volver a ejercerse la opción a que se refiere la presente regla durante ejercicios posteriores.
 
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DINAFISC
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04/Oct/10 15:12
Re: Facturación Electónica

MUCHAS GRACIAS POR TU AYUDA, YA TENGO QUE IR SOLICITANDO LOS NUMEROS DE FOLIOS, PORQUE TENGO ENTENDIDO QUE SI ME ESPERO PARA ENERO YA NO PODRE SOLICITARLOS

GRACIAS
 
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YOREMEALEYA
Capitán Segundo

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06/Oct/10 11:58
Re: Facturación Electónica

Q tal, buenas tardes.

Una opcion viable para las personas que no realizan tanta facturación, es mandar a imprimir desde ahora su bloque de facturas y estas tendran vigencia dentro de los siguiente dos años.

Saludos...
 
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roberbaeza
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06/Oct/10 12:51
Re: Facturación Electónica

para la comunidad

estos videos de youtube

en verdad despejan muchas dudas de facturacion electronica


salu2

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_19339.html


Y este otro es para solicitar los folios


http://www.youtube.com/watch?v=S4E2iU6bd2U&feature=related

Editado: Octubre 06, 2010 13:40:21
 
Pagina facebook: Despacho contable gonzalez y ac
 
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LC.GONZALEZ
Mayor

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08/Oct/10 11:36
SOLUCION PARA FACTURAR ELECTRONICAMENTE !!!

SI LO QUE NECESITAS ES FACTURAR ELECTRONICAMENTE Y NO DEPENDER DE TERCEROS (BURÓ DE SERVICIOS).

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Editado: Octubre 08, 2010 17:10:28
 
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cpandres
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08/Oct/10 11:41
Re: Facturación Electónica

y podria decirnos quien los certifica para dar ese servicio de sellado para facturas en el 2011?
 
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BATISTA
Capitán Segundo

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