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27/Sep/10 10:59
Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

Referente a la publicación en el DOF del día 14 de Septiembre de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelanea Fiscal para 2010 y sus Anexos 1-A y 20 en la regla 1.2.23.4.1 menciona la 'Facilidd para expedir CFD en lugar de CFDI. Que en resumen dice que los contribuyentes que durante el ejercicio 2010 y anteriores hayan optado por expedir CFD al amparo de lo dispuesto por el articulo 29 del CFF vigente hasta al 31-12-2010 podrán optar por continuar generando y emitiendo CFD, sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFD, para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT.

En base al fundamento anterior en la empresa donde estoy laborando estamos en la implementación del CFD pero estamos atrasados en los tiempos por lo que se prevee arrancar en Enero del 2011, pero con esta disposición la jugada cambia.

Me gustaría saber sus opiniones sin en las empresas que estan implementando CFD actualmente ya analizaron esta normatividad. Agradecería de sus respuestas para encontrar la solución mas viable.

Saludos!!!!!
 
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meescobedo
Sargento Segundo

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28/Sep/10 09:49
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

Estimado amigo, de acuerdo al fundamento legal que expones la autoridad pretende ser muy clara. Si el inicio de la facturacion electronica es en el año 2010 y anteriores seguiras con las mismas reglas, si tu inicio esta a partir del primero de enero de 2011 tendras que apegarte al nuevo esquema por internet, aun y cuando tu proceso de implementacion este en el año 2010, debido a que la fecha que se considera como inicio de implementacion es la que marca el aviso de autorizacion y solicitud de folios ante el SAT. Asi que si estas preparando tus sistemas y piensas que no quedara listo antes del 31 de diciembre, entonces tendras que apegarte a las nuevas reglas de CFDI.
Un consejo que puediera darte tal vez y que debes considerar dependiento el tipo d emepresa y giro, es que si piensas que al primero o segundo dia de enero ya tendras todo listo, inicies los ultimos dias de diciembre con la autorizacion del SAT y solicitud de folios para que sean con fecha 2010, pero eso si no podras ya facturar en papel desde ese momento y esperar al 2011 para emitir tus primeras facturas como CFD.
Espero te sirva de algo mi humilde aportacion.
 
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cpgarces
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28/Sep/10 10:05
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

COMO BIEN LO DICES, SI YA TIENES IMPLEMENTADO UN PROGRAMA , PERO TUS SISTEMAS INFORMATICOS AUN NO ESTAN LISTOS QUIERE DECIR QUE ESTAS FACTURANDO EN PAPEL, NO TE PREOCUPES SIGUE FACTURANDO EN PAPEL DEAQUI AL 31 DE DIC, MIENTRAS TE DEDICAS A ESTABLECER TU CFD, SI OBTIENES LA AUTORIZACION ANTES DEL 1 DE ENERO DEL 2011 NO PASA NADA, AHORA BIEN SI ESTAS CONSIENTE QUE NO VA A QUEDAR Y SOLO LO HACES PARA EVITARTE EL CFDI , tendras que hacerlo conforme al CFDI.
saludos
 
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dayfiscal
Sargento Segundo

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28/Sep/10 10:49
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

Hola
aprovechando el tema

solo para confirmar si una empresa desea implementar sus facturas en CFD este año,
¿ Ya no podra emitir facturas en papel en 2011? , y me refiero a los folios que todavia tengan vigencia,


muchas gracias
 
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BATISTA
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29/Sep/10 11:54
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

¿ Ya no podra emitir facturas en papel en 2011? , y me refiero a los folios que todavia tengan vigencia,


SI, hasta que se agoten o termine la vigencia (lo que ocurra primero).

El fundamento ya se ha comentado en topicos anteriores
 
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vabdo
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29/Sep/10 12:12
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

hola BATISTA

Con referente a tu pregunta los contribuyentes que opten por emitir CFD no podrán expedir otro tipo de comprobantes fiscales, salvo los contribuyentes que hayan dictaminado sus estados financieros durante el año inmediato anterior.

saludos
 
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cperic_mx
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29/Sep/10 12:12
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

hola BATISTA

Con referente a tu pregunta los contribuyentes que opten por emitir CFD no podrán expedir otro tipo de comprobantes fiscales, salvo los contribuyentes que hayan dictaminado sus estados financieros durante el año inmediato anterior.

saludos
 
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cperic_mx
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29/Sep/10 12:27
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

gracias cp eric

podria por favor apoyarme con la regla a la que hace mencion

muchas gracias
 
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BATISTA
Capitán Segundo

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29/Sep/10 12:54
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

buenas tardes.

sobre el comentario de poder seguir utilzando los comprobantes impresos hasta la fecha de su vigencia.

la regla I.2.23.2.2 de la presente RMF publicada. estable ciertos lineamientos para expedir comprobantes impresos

y el articulo quinto establece que podemos seguir utilizando comprobantes impresos hasta marzo 2011 independientemente de los ingresos obtenidos en el ejercio anterior.

de lo anterior quedo un poco confundido si podremos utilzar los comprobantes impresos hasta la fecha de vigencia o tendremos que apegarnos a esa regla y articulo?

agradeceria sus comentarios

gracias..
 
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LEPV
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29/Sep/10 13:22
Re: Duda para expedir CFD en lugar de CFDI (Comprobantes Fiscal Digital a traves de Internet o Fac Elect)

Hola,...........el compañero demetrio elaboró este 'resumen' a mi ver muy completo..........

Saludos


Hola que tal, buenos días:

Después de publicarse la primera resolución de modificaciones a la RMF 2010 y sus anexos 1-A y 20, concluyo lo siguiente y solo a manera de confirmar esto pido su apoyo por si alguna consideración me estuviera haciendo falta por favor. Sé que ya este tema se ha abordado en tópicos anteriores, sin embargo quise retomarlo a modo de incluir lo último que se publico al respecto.

Continua vigente que tratandose de contribuyentes ya sea personas morales o físicas aún cuando rebasen los 4 millones de ingresos en 2009 y aún tengan folios de facturas impresas podrán continuar utilizandolos hasta la terminación de su vigencia. Una vez agotada su vigencia si aún sobran folios se procederá a su cancelación, o bien si se agotan antes de su vigencia y efectivamente en 2009 se excede de 4 millonbes, habrá que entrar al esquema obligatoria de facturación electrónica.

Quienes no rebasen los 4 millones o bien quienes inicien operaciones en 2011 y estimen que sus ingresos no rebasarán este tope, podrán optar por comprobantes fiscales impresos independientemente del monto que ampare el comprobante para lo cuál además de reunir los requisitos del art. 29A del CFF, deberán solicitar la asignación de los folios en los términos de la ficha 162/CFF 'Solicitud de asignación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos' contenida en el Anexo 1-A y una vez que se le asignan los folios al contribuyente el SAT le propocionara al contribuyente emisor (impresor autorizado) un código de barras bidimensional como dispositivio de seguridad.

Tanto las asignación de folios como el CBB tienen una vigencia de 2 años contados a partir de la fecha de aprobación de la fecha de aprobación de la asignación de los folios, los cuales deberan imprimirse en el otriginal y en la copia corresponidnete a cada uno de los comprobantes fiscales.

Ahora bien, en caso de exceder el monto de los 4 millones dentro el mes siguiente se deberá comenzar a facturar en forma electrónica, y ya no se podrá volver a ejercer la opción de facturas impresas según lo marca la regla I.2.23.2.2.

En la primera parte que aborda y la cuál estaba contenida en la fracción II del artículo décimo transitorio del CFF que se publico en el DOF el 07/Dic/09, es mi inquietud yo no encuentro modificación al respecto y me parece continua vigente.

Gracias de antemano por sus comentarios y apoyo brindado.

Buen fin de semana a todos!
 
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lobozac
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