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08/Sep/10 21:05
DEDUCIBILIDAD DE GASTOS HOSPITALARIOS EN EL EXTRANJERO

Hola a todos!!

Mi duda es la siguiente, si podria deducir en la declaración anual de una persona fisica, los gastos medicos y hospitalarios, realizados en el extranjero (de urgencia).
La duda es por la limitante del penúltimo párrafo art. 176 LISR, donde señala que deben ser pagados a instituciones o personas residentes en el país, pero en este caso en particular se vio imposibilitado de cumplir con este requisito, ya que se trato de una urgencia medica.

Por su atencion y ayuda MIL GRACIAS!!!!!
 
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peleme
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09/Sep/10 18:29
Re: DEDUCIBILIDAD DE GASTOS HOSPITALARIOS EN EL EXTRANJERO

Si no se cumple con un requisito no obtendra respuesta favorable a su planteamiento ante el sat.

Independientemente de la razon y de que esta sea o no justificada.

saludos
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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09/Sep/10 19:33
Re: DEDUCIBILIDAD DE GASTOS HOSPITALARIOS EN EL EXTRANJERO

Hola!!

Gracias, y si efectivamente, asi es......hice la consulta al SAT y me dicen que la unica manera es que cumpla con el requisito que señala el art. 245 RISR..


Saludos!!!!!!!
 
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peleme
Soldado

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