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26/Ago/10 11:27
ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

BUENOS DIAS/TARDES
AMIGOS DEL FORO

La cuestion es la siguiente:

Tenemos una PF la cual desde el 2002 no ha estado al corriente en sus pagos de imptos por problemas de una mala contabilidad por parte del contador que le manejaba su papeleria ya checamos con su FIEL los pagos dec en ceros anuales y demas pagos y obligaciones y tiene un desorden.unos pagos si otros no unas anuales si otras tampoco en fin todo un desastre

Lo que necesito saber es ¿tiene que actualizar su situacion desde el 2002 o bastaria con actualizarse desde el 2005 a la fecha? o puede presentar pagos unicamente del 2009 a la fecha esta persona es comisionista y esta muy preocupada por su situacion tributa en el reg de actividad empresarial o existe algun otro modo de estar al corriente sin tener que presentar todos los pagos del 2002 a la fecha.

Les pido por favor me puedan dar y fundamentar su opinion al respecto

Sin mas por el momento agradeciendo su atencion y esperando respuesta
ATTE.
C.P. J. de JESUS
 
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AUDITORIAMG
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26/Ago/10 11:35
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

en mi opinion debes de presentar las declaraciones de los ultimos 5 años

Art. 67 CFF


saludos
 
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lcruizuscanga
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26/Ago/10 11:39
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

Por favor verifica el siguiente artículo:

Artículo 67 - Extinción de las facultades del Fisco para determinar omisiones e imponer sanciones

Extinción de facultades en diez años
El plazo a que se refiere este artículo será de diez años, cuando el contribuyente
no haya presentado su solicitud en el Registro Federal de Contribuyentes, no lleve contabilidad o no la conserve durante el plazo que establece este Código, así como por los ejercicios en que no presente alguna declaración del ejercicio, estando obligado a presentarlas, o no se presente en la declaración del impuesto sobre la renta la información que respecto del impuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre producción y servicios se solicite en dicha declaración; en este último caso, el plazo de diez años se computará a partir del día siguiente a aquél en el que se debió haber presentado la declaración señalada. En los casos en los que posteriormente el contribuyente en forma espontánea presente la declaración omitida y cuando ésta no sea requerida, el plazo será de cinco años, sin que en ningún caso este plazo de cinco años, sumado al tiempo transcurrido entre la fecha en la que debió presentarse la declaración omitida y la fecha en la que se presentó espontáneamente, exceda de diez años. Para los efectos de este artículo las declaraciones del ejercicio no comprenden las de pagos provisionales.
 
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CP_PACO
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26/Ago/10 12:10
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

ENTONCES COMPAÑEROS QUE HAGO TRATO DE PRESENTAR DEL 2002 A LA FECHA Y APLICO LO DE LOS 10 AÑOS O PRESENTO DEL 2005 Y APLICO LO DE LOS 5 AÑOS QUE ME RECOMIENDAN O QUE ME SUGUIEREN QUE HAGA.

NECESITO EMPEZAR CON ESA PAPELERIA LA PROXIMA SEMANA Y QUIERO SABER SI LE PEDIMOS DESDE EL 2002 A LA FECHA O LE PEDIMOS LA PAPELERIA DEL 2005 A LA FECHA ¿ ESTOY EN UN DILEMA QUE SERIA LO MAS CONVENIENTE ?

PORQUE CREO SI EXISTEN ALGUNOS PAGOS DEL 2002 PERO NO TODOS Y NO TENEMOS LOS CALCULOS PARA LLEGAR O SABER COMO DETERMINARON ESA CANTIDAD PORQUE EL CONTADOR CAMBIO DE DOMICILIO Y NO LO HEMOS LOCALIZADO
 
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AUDITORIAMG
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26/Ago/10 12:22
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

Por lo pronto, comienza con lo de los 5 años en lo que recopilas la información faltante de ejercicios anteriores.
 
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CP_PACO
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26/Ago/10 12:25
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

Pues por lo pronto presenta los ultimos 5 años.
 
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lcruizuscanga
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26/Ago/10 16:00
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

Haber:

1.- Porqué aconsejan que sean los LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS?.
2.- Cuándo se cumplieron los 5 años despues de que debió presentarse la declaración anual de 2005 ????????'.

Cuidado contadores
 
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26/Ago/10 17:05
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

el ejercicio fiscal 2005 todavia no vence su plazo de 5 años, ya que se comienza a computar desde la fecha en que debio presentarse, es decir el 30 de abril de 2006, de ahi cuentan los 5 años, que deben de vencer el 31 de marzo de 2011.


saludos
 
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lcruizuscanga
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26/Ago/10 17:10
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

c.p. Icruizcanga:

Por fin
Totalmente de acuerdo.


La autoridad sólo puede revisar los últimos 5 años.
 
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26/Ago/10 17:24
Re: ACTUALIZACION DE PAGOS Y OBLIGACIONES

ENTONCES CON EL HECHO DE PRESENTAR DEL 2005 A LA FECHA YA NO TENDRE NINGUN PROBLEMA CON EL SAT
LES AGRADEZCO SU OPINION Y COMENTARIOS AL RESPECTO
 
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