Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
12/Ago/10 14:57
es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

solicito su ayuda soy una persona moral y voy a sub-arrendar un inmueble a otra persona moral que lo renta a su vez, mi pregunta es es deducible para mi, y me pueden dar el fundamento
 
Perfil

luisagtz
Cabo

Mensajes: 30
Ingresó: Agosto 01, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Ago/10 15:09
Re: es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

Si es deducible, tu pagas por el 'arrendamiento' del bien.....no hay mucho que buscarle.
 
 
Perfil

neonato
Mayor

Mensajes: 1147
Ingresó: Febrero 04, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Ago/10 23:02
Re: es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

Hola Luisa:

Sí es deducible, no importa si es arrendamiento o subarrendamiento, lo que importa es tomar en cuenta que debe ser 'estrictamente indispensable' para realizar la actividad de la empresa, sí cumple con esto y tu comprobante reúne los requisitos fiscales basta para que sea deducible.


Fund. Art. 29, 29A CFF, 31,32 LISR


Saludos.
 
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
 
Perfil

ngm
Mayor

Mensajes: 1564
Ingresó: Noviembre 11, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Ago/10 23:38
Re: es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

Esta es una disposicion pero para PF. Pero, para PM debe consultar el art 29 y 31.

Art 142 LISR

Tratándose de subarrendamiento sólo se deducirá el importe de las rentas que pague el arrendatario al arrendador.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Ago/10 23:53
Re: es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

Buena noche:

Para evitar conflictos, se recomienda verificar que el Arrendatario, cuenta con autorización por escrito de la Arrendadora, para subarrendar en forma total o parcial el inmueble en cuestión.

Saludos
 

 
Perfil

a_cano
Teniente Coronel

Mensajes: 2294
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Ago/10 00:15
Re: es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

Es muy cierto, en el contrato debe expresarse los fines de arrendar el bien.

Sino se expresa en el mismo poderlo subarrendar, no se podria efectuar esta operacion, a menos que se solicite la autorizacion al respecto y se conceda.

Cualquier arbitrariedad al contrato, es causal para finiquitarlo
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Ago/10 08:37
Re: es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

luisahtz:
1.- Cuál es la actividad de la PM?
Acorde a lo dispuesto por la fracción I del Art.31 LISR, si esa erogación es estrictamente indispensable para los fines de la actividad del contribuyente pues sería deducible
 
Diagnóstico Fiscal en línea
 
Perfil

FISCALDICT
Capitán Segundo

Mensajes: 392
Ingresó: Junio 30, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
14/Ago/10 14:27
Re: es deducible el sub-arrendamiento de inmuebles

MIRA CONTADOR NO HAY UN ARTICULO DE LA LEY ISR QUE HABLE PROPIAMENTE SOBRE LO QUE TU PREGUNTAS, NADA MAS REUNE LO QUE EL COLEGA TE ESTA SEÑALANDO, OSE A QUE SEA ESTRICTAMENTE INDISPENSABLE Y LO PUEDES DEDUCIR.

NADA MAS RECUERDA QUE DEBE HABER SIMETRIA FISCAL.
 
APORTEMOS UN GRANITO DE ARENA, Y CREZCAMOS COMO SERES HUMANOS
 
Perfil

playense
Teniente

Mensajes: 253
Ingresó: Enero 31, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1