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07/Ago/10 12:15
alta el rfc de albañiles por construccion

Hola tengo buenos dias, espero que esten bien todos los foristas, y espero me puedan ayudar es referente a una duda con respecto asi se deben dar de alta ante el R.F.C a unos trabajadores que se direron de alta en el IMSS,estos trabajadores son albañiles que haran una construccion ya los dimos de alta ante el imss por esta obra, ahora se que les tengo que pagar una nomina pero no se si tambien hay que darlos de alta ante el isr y hacerles las retenciones de este impuesto.

espero me puedan ayudar.
 
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diana_keyla
Cabo

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07/Ago/10 22:27
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

:neutral: BUenas noches. Por supuesto que a estos trabajadores hay que retenerles el impuesto sobre la renta, derivado del pago de sus salarios. Tambien deben tener ellos su rfc. La forma de conseguir este dato ha sido tratado en innumerables veces en el foro, cosa de 'buscar'.

Suerte,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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08/Ago/10 22:34
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

El patron debe solicitar la constancia de inscripcion en el IMSS y el padron del RFC

Para despues darlo de alta en su nomina.

Sino se tiene lo anterior, debe cuando menos solicitar el NSS y el patron darlo de alta en el padron del RFC.

Pero otros patrones son mas listos, piden que les proporcione ambas contancias y evitarse el cumplimiento de una obligacion adicional.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Ago/10 23:48
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

'..evitarse el cumplimiento de una obligacion adicional..'

¿ Cual es el fundamento de esto que mencionas???

Yo los mando a los trabajadores al modulo del SAT a que personalmente traminten su inscripción al RFC. Quien no me proporciona copia dl documento, pues, no trabaja.
 
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09/Ago/10 11:30
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

Yo los mando a los trabajadores al modulo del SAT a que personalmente traminten su inscripción al RFC. Quien no me proporciona copia dl documento, pues, no trabaja.

En esta ocacion no estoy de acuerdo. (aunque asi debe ser).

Porque en el area de construccion (por experiencia), los albañiles, son trabajadores muy eventuales (en su gran mayoria), por lo que es muy dificil que nos proporcionen su RFC (emitido por el SAT).


Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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09/Ago/10 13:11
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

'...son trabajadores muy eventuales (en su gran mayoria), por lo que es muy dificil que nos proporcionen su RFC (emitido por el SAT). ...'

¡¡¡¡¡¡AHHHHHHH!!!
 
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09/Ago/10 15:48
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

'..evitarse el cumplimiento de una obligacion adicional..'

¿ Cual es el fundamento de esto que mencionas???

Yo los mando a los trabajadores al modulo del SAT a que personalmente traminten su inscripción al RFC. Quien no me proporciona copia dl documento, pues, no trabaja.


Emprendedor:

La idea que el trabajador este inscrito en el patron del RFC. No importa que patron lo hizo o si se realizo la inscripcion por cuenta del propio trabajador.

Si ya se encuentra inscrito, la unica obligacion del patron que le queda al contratarlo, es recopilar la constancia. Sino se cuenta con ella.

Simplemente debe inscribirse, aunque ya este inscrito. Si ya esta inscrito, el SAT ya no opera el movimiento, pero ya habria cumplido con la obligacion.

Pero, si el trabajador va por cuenta propia, recopila la constancia, ya solo debe entregarla a cada patron con el que llegue, en todos sus trabajos.

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Pasame el fundamento legal de tu comentario y te paso el de mos mios. ¿Sale?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Ago/10 23:01
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

Enrique:

Yo lo dije primero. Dame tu tu fundamento de esto que mencionas: '..y evitarse el cumplimiento de una obligacion adicional. '.

No se vale que respondas a una pregunta con otra. Despúes, yo te diré el porqué es preferible que el trabajador acuda personalmente a hacer este trámite.


Que conste que no estoy diciendo que esté mal tu comentario. Al contrario. Creo que esta parte de tu comentario merece abundar en él.
 
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10/Ago/10 08:57
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

El artículo 35 de la LFT, dispone que:

' Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado '

Es decir; que la duración de la relación de trabajo; no le resta o enfatisa su carácter sino que simple y sencillamente es RELACIÓN DE TRABAJO, sin importar cuanto dure ésta.

Por RELACION DE TRABAJO, según el 20 de la LFT, se entiende ' la prestación de un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario '

Como es evidente; hay relación de trabajo, por la sola prestación de un trabajo personal subordinado; la que, como se ve, no está condicionada al cumplimiento de cierto tiempo, por lo que desde el primer instante en que haya prestación de un trabajo personal subordinado habrá relación de trabajo y ésta terminará cuando ya no haya la prestación del mencionado trabajo.

En síntesis; los permanentes no son MAS TRABAJADRES, ni los eventuales son MENOS TRABAJADORES, sino que ambos, simple y sencillamente, son T R A B A J A D O R E S.

En materia fiscal; el capítulo I del título IV de la LISR; se trata: DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO. En específico; el artículo 118 de dicha ley establece que quienes hagan pagos por los concéptos a que se refiere dicho capítulo tendrán, entre otras, las siguientes obligaciones:

...

VI.- Solicitar a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, les proporcionen los datos necesarios a fin de inscribirlas en el R F C, o bien cuando ya hubieran sido inscritas con anterioridad, les proporcionen su clave del citado registro.

...

Por lo que; al ser una OBLIGACIÓN patronal, indudablemente debemos cumplirla y no trasladarla o dejarla en manos de nuestros trabajadores o potenciales trabajadores.

En mi opinión; desde el primer acercamiento con el trabajador, o potencial trabajador, debemos hacerle una encuesta inicial, a fin de asegurarnos si el trabajador cuenta con:

- NSS
- RFC
- Crédito INFONAVIT

De responder en forma afirmativa; solicitar que nos aporte los documentos probatorios, de responder en forma afirmativano esperar a que el trabajador por su cuenta los tramite pues ello le puede llevar, incluso, dias, lo que se traduce en un retraso en la ejecución de la obra, pérdida de tiempo, etc.

Por ello y a fin de evitarlo; como empresa bien podemos desde el primer momento y una vez habiendo constatado que el trabajador que ingresará a laborar no cuenta con RFC ni NSS podemos generarle una cita tanto como para la obtención del RFC como del NSS y en el mismo sentido, orientarlo, sobre la forma en que ha de dirigirse tanto en el SAT como en el IMSS.

Hecho lo anterior, el trabajador no demorará mucho en traernos esos datos y así nosotros como empresa habremos cumplido con una obligación patronal, ayudados por el trabajador. Se trata de cooperación mutua.

Funciona, por ello me atrevo a recomendarlo, ya que podemos perder más tiempo en esperar a que el trabajador lo haga por su cuenta a que si nosotros le generamos las citas, pues si lo hacemos así el trabajador tendrá el compromiso de presentarse y traernos los documentos correspondientes.

Lo del crédito INFONAVIT, aunque no es parte del planteamiento, lo comenté a fin de que nosotros como empresa tengamos el indicio de quienes son los trabajadores acreditados y, respecto a ellos, estar pendientes ya sea de su 'aviso de inicio de descuento' o de la inclusión de sus datos en la 'cedula' correspondiente. Teniendo el indicio desde el principio; nos evitaremos sorpresas futuras y estaremos previmiento la posible omisión de descuentos y enteros correspondientes.

Saludosy excelente dias a todos.
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
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AlbertoFC
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10/Ago/10 10:55
Re: alta el rfc de albañiles por construccion

Como dato, es conveniente observar lo dispuesto en los numerales 27 del CFF, 20 F-II RCFF, así como la regla I.2.6.5 del DOF 11-06-10.




saludos
 
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CPhugoocejo
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