Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
15/Jul/10 12:47
COMICIONES BANCARIAS

SON DEDUCIBLES PARA IETU
 
Perfil

EESTRADA
Sargento Primero

Mensajes: 101
Ingresó: Enero 08, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 12:53
Re: COMICIONES BANCARIAS

Respuesta acorde a la pregunta:

Las comiCiones: NO

Las comiSiones: Sí


Editado: Julio 15, 2010 12:54:59
 
 
Perfil

neonato
Mayor

Mensajes: 1147
Ingresó: Febrero 04, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 12:59
Re: COMICIONES BANCARIAS

EESTRADA:
Las comisiones bancarias(manejo de cta, etc.,) si son deducibles para IETU, excepto las comisiones por aperturas o garantía de crédito, a que se refiere la segunda oración del Art.9 LISR.
 
Diagnóstico Fiscal en línea
 
Perfil

FISCALDICT
Capitán Segundo

Mensajes: 392
Ingresó: Junio 30, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 13:06
Re: COMICIONES BANCARIAS

Neonato

Respuesta acorde a la pregunta:

Las comiCiones: NO

Las comiSiones: Sí


ya me dio risa, jeje pero de la buena


EESTRADA:

si son deducibles. pero deberias de ser mas explicito con las preguntas y ademas tener ciertos modales de cortesia en el foro, jeje, pero solo es sugerencia.
 
VOTA X EL QUE QUIERAS, PERO VOTA ESTE 1 DE JULIO.. A VENCER EL ABSTENCIONISMO. SALUDOS. Twitter: @cmvdominguez
 
Perfil

cmvdominguez
Capitán Primero

Mensajes: 678
Ingresó: Febrero 19, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 13:11
Re: COMICIONES BANCARIAS

excepto las comisiones por aperturas o garantía de crédito, a que se refiere la segunda oración del Art.9 LISR.


Interesante anotación.
 
 
Perfil

neonato
Mayor

Mensajes: 1147
Ingresó: Febrero 04, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 13:34
Re: COMICIONES BANCARIAS

SON DEDUCIBLES PARA IETU



deducibles si...ve los numerales 5 y 6 IETU.



Ahora bien..¿ las comisiones bancarias por cheques devueltos son deducibles? no.

ve los numerales 32 F-VI LISR y 193 LGTOC.



saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 14:39
Re: COMICIONES BANCARIAS

Ni 'comi S iones', por otros movimientos que 'castiguen' al contribuyente por inadecuado manejo de su cuenta

saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 15:57
Re: COMICIONES BANCARIAS

Ok.
En los casos de comisiones POR CHEQUE DEVUELTO.
En este supuesto el CONTRATO es un elemento esencial para poder concluír que dicha comisión es una PENA ó INDEMNIZACION por [b]daños perjuicios [/b]ya que en el se estipulan las condiciones esenciales que darían el carácter de estos dos supuestos, CCF 1840,1913,1918,1924,2108,2109,2111.


Con lo anterior se colige que si en el contrato de servicios financieros no señala que no es una PENA o INDEMNIZACIÓN por daño o perjuicio por la razón de que estos no se cumplieron y que dichos cargos es sencillamente parte del servicio, se concluye que si es deducible.

En otros supuestos si podrían darse como los indicados el los ya mencionados Artículos del CCF 1840,1913,1918,1924,2108,2109,2111.









Editado: Julio 15, 2010 16:12:09Editado: Julio 15, 2010 16:37:13
 
Diagnóstico Fiscal en línea
 
Perfil

FISCALDICT
Capitán Segundo

Mensajes: 392
Ingresó: Junio 30, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 16:49
Re: COMICIONES BANCARIAS

Es mi opinión las comisiones por cheques DEVUELTOS NO son deducibles por los siguiente..

1-. Conforme al numeral 193 de LGTOC, en este caso el librador llamado “ Chompitas “ le da un cheque a Juanito Reyes en tiempo, éste no traía fondos suficientes, por lo cual “ Chompitas como el girador LE DEBE RESARCIR al tenedor “ Juanito Reyes “ daños y perjuicios, amen del 20% que ocasionará como indemnización tipificada en el numeral 32 LISR…

2-. Otro punto importante es, que las comisiones bancarias POR CUALQUIER OTRO CONCEPTO DEBE UBICARSE como gastos ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES…pregunto..¿ entonces las comisiones por cheque devuelto tendrán el MISMO CARÁCTER?


saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
15/Jul/10 17:43
Re: COMICIONES BANCARIAS

oK.
Sr. Ocejo, norme ud su criterio y pues es respetable profesionalmente.
 
Diagnóstico Fiscal en línea
 
Perfil

FISCALDICT
Capitán Segundo

Mensajes: 392
Ingresó: Junio 30, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2