06/Jul/10 22:16
Re: LAS ASOCIACIONES CIVILES RETIENEN IMPTO. A LAS PERSONAS FISICAS
Buena noche:
Por una parte la obligación a retener el IVA, se encuentra en la fracción II, inciso a) del artículo 1-A de la LIVA, que dispone:
Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
[....]
II. Sean Personas morales que:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
………………….
c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.
Por otra parte, el último párrafo del artículo 127 de la LISR, dispone:
Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que efectúen……………
Así pues, de conformidad con el artículo 25 del Código Civil, son personas morales:
………………………………………………..
III. Las sociedades civiles o mercantiles;
De lo anterior se desprende que,
las Asociaciones Civiles tienen la obligación de retener y enterar tanto el ISR como el IVA, de acuerdo con las disposiciones de dichas leyes por concepto prestación de servicios, arrendamiento y autotransporte terrestre de bienes.
Saludos
Editado: Julio 07, 2010 00:08:20