18/Jun/10 13:30
Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
Qué tal compañeros foristas, buenas tardes...
A partir del 1 de julio de 2010 los pagos en efectivo realizados a créditos bancarios también serán gravados por la ley del IDE, es decir, los bancos retendrán el 3% sobre el excedente de $15,000.00
¿Cuál será ahora la estrategia para eludir (legalmente) este impuesto?
¿Ya han tocado este punto en el foro?
Gracias anticipadas por sus comentarios, saludos...
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feliperod
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18/Jun/10 17:59
Re: Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
Hola.........jejeje.....creo que hasta ahorita NO HAY estrategia legal........
tan es asi....que ya hemos tocado el punto,.......PERO NO HA HABIDO SUGERENCIAS.....
saludos
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lobozac
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18/Jun/10 21:11
Re: Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
Julio 2010?
Que no fue en ENERO 2010?
Gracias.
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jlchan
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18/Jun/10 23:48
Re: Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
Te parece bien si se cobra exclusivamente con cheque, transferencia electronica o con tarjeta de credito y el efectivo aplicarlo a pago de nominas y a gastos menores.
Por la diferencia pagar el IDE y ni modo acreditarlo al ISR que se tenga que pagar en la declaracion anual o pagos provisionales.
Ya eliminaron contratar deudas y canalizar la cobranza en efectivo para liquidar estas deudas. Era la principal forma que se estuvo tributando bajo ese esquema.
Eludir legalmente, no es sencillo.
Si el SAT va en contra de la evasion, buscando equipararla a defraudacion fiscal.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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19/Jun/10 10:09
Re: Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
Julio 2010?
Que no fue en ENERO 2010?
. DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO
ARTÍCULO SEXTO. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Quinto de este Decreto, se estará a lo siguiente:
I. Las modificaciones al artículo 2, fracción VI, de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, entrarán en vigor el 1 de julio de 2010.
Para los efectos del artículo 2, fracción VI, segundo párrafo de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, vigente a partir del 1 de julio de 2010, las personas físicas que al 31 de diciembre de 2009 tengan abiertas cuentas con motivo de los créditos que les hayan sido otorgados por las instituciones del sistema financiero deberán proporcionar a la institución del sistema financiero de que se trate, entre el 1 de enero y el 1 de julio de 2010, su clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, a efecto de que dichas instituciones verifiquen con el Servicio de Administración Tributaria que las citadas personas físicas no son contribuyentes que tributan en el Título IV, Capítulo II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Cuando las personas físicas no proporcionen su clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes en los términos del párrafo anterior, se considerarán como contribuyentes que tributan en los términos del Título IV, Capítulo II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta
saludos
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CPhugoocejo
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19/Jun/10 13:36
Re: Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
A revisar HS bc Y BB va, segun los calculos nuestros calculos ya nos estan cobrando al 3 % y con la exencion del 15,000.00
Les aviso .....
saludos.
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jlchan
Teniente
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19/Jun/10 19:59
Re: Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
A revisar HS bc Y BB va, segun los calculos nuestros calculos ya nos estan cobrando al 3 % y con la exencion del 15,000.00
Efectivamente entro en vigor a partir del 01-Enero-2010
Lo que precisa CPhugoocejo, esta muy claro:
Por dispocsicion transitoria: a partir del 01-Julio-2010, tambien gravan los depositos en efectivo de los créditos que les hayan sido otorgados por las instituciones del sistema financiero
Saludos
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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20/Jun/10 12:36
Re: Modificaciones en el IDE a partir de julio 2010
ASI ES, EN EL ASUNTO ESTAN LAS DOS VARIANTES, LA DE ENERO Y LA DE JULIO.........ESTA ULTIMA APLICA, COMO YA LO MENCIONAN,....PARA ESE RANGO DE CONTRIBUYENTES
SALUDOS
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lobozac
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