Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
15/Jun/10 15:31
Las personas físicas que no estén obligadas al pago del IETU y no requieran acreditar el IDE

II.2.12.3. Para los efectos de las reglas I.3.16.1. y II.2.12.2., las personas físicas que estén obligadas al pago del IETU o requieran acreditar el IDE, deberán presentar su declaración anual del ejercicio 2009 a través de Internet, utilizando el programa electrónico DeclaraSAT 2010, que podrán obtener a través de la página de Internet del SAT. Asimismo, para la presentación de la declaración anual del ejercicio 2009 a través de Internet, se deberá contar con la CIECF o la FIEL.


Las personas físicas que no estén obligadas al pago del IETU y no requieran acreditar el IDE podrán seguir utilizando las formas oficiales 13 “Declaración del ejercicio. Personas físicas” o 13-A “Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados”, publicadas en el Anexo 1, siempre que cumplan con los requisitos previstos en la regla II.2.12.2.
RMF 2010 I.3.16.1., II.2.12.2




saludosEditado: Junio 15, 2010 15:32:04
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jun/10 09:47
Re: Las personas físicas que no estén obligadas al pago del IETU y no requieran acreditar el IDE

Cada vez entiendo menos la forma de redactar del SAT.

que alguien me explique:

las personas físicas que estén obligadas al pago del IETU o requieran acreditar el IDE

El IDE retenido, se convierte en ISR pagado....... de acuerdo ?

Entonces el ISR pagado, lo pudo acreditar contra el IETU por pagar ?


Gracias por la informacion

Saludos cordiales
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jun/10 09:53
Re: Las personas físicas que no estén obligadas al pago del IETU y no requieran acreditar el IDE

Y LUEGO ..............EN JUNIO !!!!!!!!!!!!.........................EN ESTE MES SALE ESA REGLITA.........

NO MAAAAAAAAAAA...........


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jun/10 10:26
Re: Las personas físicas que no estén obligadas al pago del IETU y no requieran acreditar el IDE

Efectivamente mis estimados...estos del SAT no saben redactar.......



saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1