07/Jun/10 11:15
ESTIMADOS CONTADORES:
Nuevamente preguntando al foro por la sigueinte duda:
En octubre y noviembre se hicieron 2 facturas para exposiciones a una empresa, las cuales afectaron para ISR, y no se pagaron el año anterior, por tal motivo no afectaron IETU, en el mes de abril el gerente de la empresa solicto la cancelacion y pidio que se volviera a refacturar.
1.- ¿Este movimiento tiene alguna repercucion fiscal?
2.- ¿Para que no fuera afectada la declaracion anual la contraparte tuvo que haberlas cancelado en este año?
3.-¿ Contable y fiscalmente es adecuado que afecte la parte del gasto, o solo bastaria con modificar la parte del IVA por la diferencia del 1%?
este ultimo punto se debe a que el proveedor me indica que solo refacturo y que no puede otorgarme ninguna carta o nota de credito por dicho movimiento.
¿Ustedes que opinan al respecto?