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26/May/10 18:05
CPP-UDIS TASA DE INTERES

Buenas tardes amigos y compañeros foristas

Tengo el siguiente caso

La empresa gano una demanda contra la Cia Aseguradora, para pagale un siniestro, que ocurrio hace 10 años.

Desde el inicio, cuando la cia. aseguradora se nego a pagar.... Se le demando.
Perdio todos los juicios, amparos y todas las instancias legales (la cia aseguradora).

Al final de la sentencia: la condenan a pagar gastos y la indemnizacion correspondiente, actualizada sobre la base 'CPP-UDIS'

Para sorpresa de nosotros, segun los valores que nos dan en la Comision Nacional Bancaria.
Este concepto 'CPP-UDIS' represnta una tasa anual promedio de 5% anual, que no puede ser captalizable.



La pregunta, es legal esto ?

Alguien tiene experiencia en este tipo de situaciones ?


Gracias de antemano por las respuestas y opiniones al respecto


Saludos cordiales
 
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vabdo
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26/May/10 18:36
Re: CPP-UDIS TASA DE INTERES

A lo que te refieres es al 'anatocismo'...por ahi debes empezar a buscar si es 'válido'..

Ademas ¿qué no es mensual la tasa que obligan a pagarle al asegurado?

Editado: Mayo 26, 2010 18:37:34
 
 
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neonato
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27/May/10 09:24
Re: CPP-UDIS TASA DE INTERES

Hola neonato.
Gracias por responder

No tengo duda sobre 'anatocismo' Se que para ser valido, deberia estar autorizado por poderse capitalizar.

En cuanto al comentario

¿qué no es mensual la tasa que obligan a pagarle al asegurado?

Puede ser, aunque el promedio anual sea muy bajo.
Esa es la duda.

Porque si consideramos en forma individual:
CPP, en esos años el promedio es 12%
y
UDIS han subido mas del doble.


Saludos cordiales
Pero segun esto es una mecanica especial, que autorizo el Banco de Mexico.
De lo cual no encuentro.
 
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vabdo
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27/May/10 10:20
Re: CPP-UDIS TASA DE INTERES

vabdo, el juez debió plasmar en que se fundamentó para emitir la resolución....es decir 'que Ley o reglamento'...¿tienes a la mano la orden del juez donde resuelve el como se debe pagar?
 
 
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neonato
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27/May/10 11:30
Re: CPP-UDIS TASA DE INTERES

Asi es neonato, esta fundamentado, en una reglamentacion de la Comision Nacinal Bancaria,
La cual segun comentarios de los abogados, no se actualiza.
inclusive se tiene informacion, que hay varios años que se brincan y no publica el banco de Mexico.

Ya busque y no encuentro nada.

Estoy solicitando mas informacion respecto de esto,


Gracias por tu interes.

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vabdo
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