24/May/10 21:08
Es deducible una factura del 2009 (en 2009) que se paga hasta junio del 2010 para efctos del ISR.
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EESTRADA
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24/May/10 22:26
Re: pago de factura 2009
Hola Eestrada:
Sí es deducible, siempre que ese gasto lo debas a una persona moral y que pagues el 1% de IVA adicional correspondiente, y claro está que tu gasto sea deducible.
De hecho si este fuera tu caso, el gasto que mencionas debió deducirse en 2009, pagado o no.
Ahora, si el gasto se lo debes a una persona física, ya no es deducible debido a que entre la fecha de la factura y la fecha del pago no deben haber transcurrido más de 4 meses, siempre y cuando, este pago lo hagas con CHEQUE.
Fund. Art.125 fr.I LISR y 159 RLISR.
Saludos y espero te sirva mi respuesta.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
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ngm
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24/May/10 22:33
Re: pago de factura 2009
Corrigiendo mi último párrafo...
Es deducible el pago a personas físicas de 2009 que haces en 2010,siempre que entre la fecha de la factura y el la fecha en que el cheque haya sido efectivamente cobrado, no hayan transcurrido más de 4 meses.
Obs: Sólo son deducibles los pagos que hayas efectuado con CHEQUE, no así los pagos efectuado en EFECTIVO de facturas de 2009 que pagases en 2010.
Fund. los mencionados en mi respuesta anterior
Saludos y espero me haya dado a entender
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ngm
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25/May/10 12:45
Re: pago de factura 2009
HOLA:
Una gran duda, es correcto esto??
Obs: Sólo son deducibles los pagos que hayas efectuado con CHEQUE, no así los pagos efectuado en EFECTIVO de facturas de 2009 que pagases en 2010.
ENTONCES:
Si se le pagó con transferencia electrónica, tarjeta de débio o de crédito o a través de un tercero, o en efectivo importe hasta $ 2,000.00, en estos casos será NO DEDUCIBLE?? ???
Editado: Mayo 25, 2010 12:46:14Editado: Mayo 25, 2010 12:46:38
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SaúlCastroVázqz
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25/May/10 14:41
Re: pago de factura 2009
Hola ,
ENTONCES:
Si se le pagó con transferencia electrónica, tarjeta de débio o de crédito o a través de un tercero, o en efectivo importe hasta $ 2,000.00, en estos casos será NO DEDUCIBLE?? ???
Creo que si deben ser deducibles, claro , respetando el periodo de gracia de los 4 meses.
Suerte
Respecto al topico inicial: Coincido, esa factura se debio provisionar en 2009 y deducirse igual en ese año( si estamos hablando de 2 personas morales).
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cmvdominguez
Capitán Primero
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