10/May/10 23:16
PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
HOLA A TODOS, TENGO LA SIGUIENTE DUDA ESPERO Y PUEDAN AYUDARME.
SE PUEDE PRESENTAR AVISO ANTE EL IMSS, DE AUTODETERMINARSE SIN PAGO (PRORROGA DE 30 DIAS NATURALES), PARA LAS CUOTAS DEL RCV.
MUCHAS GRACIAS.
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carloslop
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11/May/10 00:58
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
¿Porque no se presenta una determinacion de COP con un solo trabajador y con un SBC bajo?
Posteriormente aplicar una declaracion complementaria
Generalmente no se admiten prorrogas por pagos de impuestos de tan reciente vencimiento. Segun el CFF expresa que no se permitiria pagos bajo convenio por contribuciones a un vencimiento menores a un año y sobre ciertas condiciones.
Mas sin embargo el CFF se aplica de manera supletoria. Aqui primero debe atenderse la LSS con respecto a contribuciones pagandose por convenios. En LSS viene muy poco al respecto y por lo general se emite una regla de facilidad para el otorgamiento de pagos en parcialidades por motivos muy especiales, como por ejemplo una situacion de emergencia, sismo, huracan, crisis por enfermedades, crisis economicas, apuntalamiento de la economia en cierto sector.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
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enrique9727
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11/May/10 21:15
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
Buenas tardes. Sip, puede usted presentar esa solicitud, con base en el acuerdo 187/2003, en su primer lineamiento...
Saludetes,
El Lic.
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pepesoto
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12/May/10 01:00
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
sugiero ver los numerales 39 LSS y 113 racerf.....¿ se presenta aviso ?, de hecho el acuerdo esta fundado en los citados articulos ya citados.
saludos
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CPhugoocejo
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12/May/10 21:20
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
Buenas noches Hugo. Esos articulos no nos ayudan a solicitarle al imss, prorrogar el pago de las COP´s x 30 dias naturales. Mejor nos auxiliamos con el acuerdo al que hice mención en mi mensaje anterior.
1 saludin,
El Lic.
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pepesoto
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13/May/10 10:54
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
Efectivamente Lic., esos artículos no nos ayudan a solicitar prórroga, dado que ya los mismo artículos la proporcionan, entonces fundados en ello no es neceserio solicitarla, dado que al presentar la autodeterminación de las cuotas en tiempo y forma, es decir, a más tardar el 17 del mes siguiente a aquel en que se deba realizar el pago y ya sea en dispositivos magnéticos o en papel, aun y cuando no se realice el pago, automáticamente tenemos 30 días naturales para realizar el entero de las cop's sin hacernos acreedor a ningún tipo de sanción, solo tenemos que enterar el pago dentro del plazo señalado con actualización y recargos en su caso.
Ahora, el acuerdo 187/2003, nos va a servir para desvirtuar cualquier sanción que el instituto pretenda imponernos, si es que cumplimos cabalmente los puntos señalados anteriormente, por eso digo que no es necesario solicitar la prórroga, dado que la misma ya está plasmada en la ley y el reglamento RACERF…
saludos
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16/May/10 12:35
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
Esas disposiciones que mostro el compañero y colega Hugo. Sirve para presentar determinaciones normales y complementarias. No sirven para prorrogas 'autorizadas', mas sin embargo servirian como para una prorroga por un periodo breve
No he leido el acuerdo haber en que consisterian las prorrogas.
Pero por Ley no hay disposiciones por prorrogas por contribuciones recien vencidas. De ahi el consejo de aplicar lo que el compañero Hugo expreso anteriormente
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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16/May/10 23:53
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
Pero por Ley no hay disposiciones por prorrogas por contribuciones recien vencidas. De ahi el consejo de aplicar lo que el compañero Hugo expreso anteriormente
Efectivamente mi estimado Enrique, como el tema trata precisamente de presentar la autodeterminación de las cuotas RCV sin pago, la ley y el reglamento nos otorgan esa facilidad sin necesidad de solicitud, por eso es que lo sigerí y mencioné que el acuerdo 187/2003 se refiere a la cancelación de multas…
saludos
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17/May/10 16:35
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
Hola:
Por mi parte, me voy mas facil aun, 'me equivoco de adrede', doy bajas improcedentes para pagar menos debido a la falta de liquidez del patron, para no incumplir totalmente.
En las complementarias se eliminan las bajas y se cubren las diferencias omitidas con sus correspondientes recargos y actualizacion como manda el CFF y la LSS.
Otra es que no se cubre el INFONAVIT. Siempre procurando cubrir totalmente de ser posible el IMSS y las Afores por IMSS y SAR.
Dejo un tiempecito no mucho, para pagar integramente con recargos y actualizaciones las omisiones por el INFONAVIT y sus aportaciones.
Saludos cordiales,
enrique9727
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17/May/10 19:44
Re: PRORROGA DE 30 DIAS PARA CUOTAS RCV
como el tema trata precisamente de presentar la autodeterminación de las cuotas RCV sin pago,
De conformidad el primer párrafo de la INFORMACIÓN IMPORTANTE DEL EBA O EMA se expresa en la parte final, lo siguiente:
La cédula de determinación de cuotas debe ser presentada AÚN y cuando NO se efectúe oportunamente el pago del importe indicado en la misma.
Saludos cordiales,
enrique9727
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