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06/May/10 10:25
saldo a favor de trabajador

hola buenos dias a todos. una pregunta que pasa cuando a un trabajador le sale saldo a favor en su calculo anual de isr? segun el articulo 150 del risr. el patron podra compensar saldos a favor de un trabajador contra cantidades retenidas a otro. en le caso en el calculo anual solamente haya saldos a a favor y no a cargo. que se debe hacer? de antemano gracias por sus comentarios
 
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FERNANDO25
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06/May/10 11:57
Re: saldo a favor de trabajador

art 116 parrafo 6

La diferencia que resulte a cargo del contribuyente en los términos de este artículo se enterará ante las oficinas autorizadas a más tardar en el mes de febrero siguiente al año de calendario de que se trate. La diferencia que resulte a favor del contribuyente deberá compensarse contra la retención del mes de diciembre y las retenciones sucesivas, a más tardar dentro del año de calendario posterior. El contribuyente podrá solicitar a las autoridades fiscales la devolución de las cantidades no compensadas, en los términos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.



eso quiere decir que en 2010, disminuyele esos saldos a favor hasta agotarlos

saludos
 
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BATISTA
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06/May/10 13:19
Re: saldo a favor de trabajador

mira el caso en concreto es que solo a dos personas les resulto saldo a favor pero el calculo se les hizo hasta enero de este año. entonces apartir de febrero se le inicio a compensar unicamente el isr causado en la quincena y va ser hasta agotarlo. nada mas que al estar leyendo el art. 150 del reglamento dice que saldos a favor deun trabajador vs saldos retenidos a otro. me quedo la duda que si tendra que haber saldos anuales y acargo para pode aplicar la compensacion.
 
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FERNANDO25
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06/May/10 13:27
Re: saldo a favor de trabajador

Que paso ahora ya me la cambias jajajajaja

aun asi no entiendo tu pregunta ,
si se puede aplicar saldos a cargo VS a favor de otro trabajador ya mencionaste el fundamento, y pues claro que tiene que haber a cargo de alguno para aplicar compensacion de otro eso es obvio,
si no hay pos noooo

por q no replanteas tu duda, q es lo que realmente quieres saber



Editado: Mayo 06, 2010 13:30:08
 
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BATISTA
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06/May/10 18:27
Re: saldo a favor de trabajador

muchas gracias por tu ayuda. por lo que veo ya te revolvi una cosa con otra pero ahi te va mas explicado:
esto fue lo que se declaro en la informativa multiple
saldos a favor del ejercicio del 2009
juan perez 1,500.00
pedro perez 2,000.00
total sados a favor 3,500.00
despues en el ejerccio 2010:
juan perez:
isr causado 1a.qna febero-2010 500.00
isr compensado del 2009 ( 500.00)
isr a pagar 1a qna 2010 0.00 y asi sucesivamente hasta agotar el saldo a favor del ejercicio del 2009. y pedro perez igual.

si estoy en lo correcto de acuerdo al art.116 de la lisr?
espero ahora si me haya sabido explicar.
 
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FERNANDO25
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