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05/May/10 22:37
Otra duda en asociacion civil

Hola buenas noches, un grupo de empresas de afiliados a la PROFEPA se han reunido y han constituido una asociación civil sin fines lucrativos, su objeto es la gestión y asesoria ambiental, asi como la realización de proyectos al medio ambiente. Y no esta afecta al ISR, lo mas serca que pude cuadrarla es la fracc XIX del art 95 LISR
El notario dio de alta como socio a cada uno de los representantes legales de las distintas empresas,
Bien ahora mis dudas son las siguientes:

1, pueden los socios realizar sus aportaciones y a cambio recibir un recibo deducible para sus empresas?

2, en caso que no, ¿ pueden las empresas integrantes contratar los servicios que presta esta asociación y a cambio recibir un recibo deducible de impuestos?

3, dicho recibo estará exento de IVA conforme al art 15 fracc XII del IVA?
XII. Los proporcionados a sus miembros como contraprestación normal por sus cuotas y siempre que los servicios que presten sean únicamente los relativos a los fines que les sean propios,

4. dicho recibo también estará exento de IETU conforme al art 4 fracc II del IETU?


Muchas gracias a todos de verdad q me ayudara cualquier comentario


Editado: Mayo 05, 2010 23:37:10
 
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BATISTA
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06/May/10 14:58
Re: Otra duda en asociacion civil

Bueno quizas si vuelvo al principio pueda alguien ayudarme

el notario redacta:

SOCIOS:

fulano de tal como representante de la empresa x
otro fulano como reprentante de la empresa y

quien seria realmente el socio de la AC.

?La PF o la PM?

Muchas graciasEditado: Mayo 06, 2010 15:02:48
 
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BATISTA
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06/May/10 23:10
Re: Otra duda en asociacion civil

Hola Batista.

A ver, algunas cosas no me quedan muy claras:

Primero: ¿Cómo es que el notario redacta que son 'socios' si en las AC no hay socios, hay 'miembros'?

Segundo: En el acta debe de queda muy claro si los que es asocian son las personas morales o las físicas. Hay debate sobre si una PM puede ser miembro de una AC, pero he visto casos donde el notario sí lo acepta. Repito, ¿qué dice exactamente el acta?

Tercero: Preguntas si los integrantes pueden hacer aportaciones... ¿cuál sería el concepto de esa aportación?

Cuarto: Si la AC expide un recibo deducible de impuestos por los servicios que presta, entonces habría que cuidar que ese dinero no rebase los límites correspondientes, de forma que no cause ISR.

Si puedes aclarar los primeros tres puntos, para profundizar en el tema.

Th.
 
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Thomper
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07/May/10 08:47
Re: Otra duda en asociacion civil

Gracias contador ,

1. el notario redacta:
clausula unica:
señor X representante legal de la empresa J,
Señor Y Representante legal de la empresa M
Señor Z representante lega de la empresa H
Constituyen una asociacion civil que tendra por nombre ' XXXX ' y en todo momento los llama socios

2.en la parte de la descripcion de los socios hace referencia a cada unos de los poderes q cada uno tiene con su respectiva empresa, pero al final en los comparecientes solo toma la descripcon de cada uno como PF ( su domicilio, IFE, CURP, etc) por eso mi duda

3 la A.C no tiene fines de lucro por eso su capital se sustenta de 'aportaciones ' economicas de los socios, y donaciones de otras personas fisicas,

4, si contador tiene razon en el limite del 93 ultimo parrafo


muchas gracias, espero haberme dado a entender
 
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BATISTA
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07/May/10 09:41
Re: Otra duda en asociacion civil

Buenos días, en mi opinión:

1. Por la aportación inicial que realicen los socios deberas de entregar un Certificado de Partes Sociales.

Su percepción pueden ser cuotas o donativos, en el caso de cuotas, estas serían aportaciones que se comprometen a cubrir los asociados en forma periodica, unicas o extraordinaras.

Se deben de usar recibos impresos y foliados, llevando impreso la cedula fiscal, indicando el destino o fin especifico de la cuota o donativo y serán deducibles solo los donativos otorgados por los causants del ISR a asociaciones autorizadas por la SHCP.

2. Eso como bien lo comentarón, cuidando el limite del artículo 93 LISR.

3. Correcto, simempre y cuando se trate del punto '1' por las cuotas a sus miembros, en el caso del punto '2' estarían afectas al IVA.

4. En cuanto al IETU, es igual que el punto '3', si solo son cuotas a sus miembros, no estan afectos al IETU, si son por servicios del punto '2' si están afectos al IETU.

Espero te sea de utilidad.

Salus
 
'La imaginación es más importante que el conocimiento.', Albert Einstein.
 
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Zanzke
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07/May/10 11:43
Re: Otra duda en asociacion civil

Bastante contador, cada vez veo un poco mas claro este panorama
me estaba dejando llebar mucho por el acta y me estoy dando cuenta que no por el hecho de que diga q recibiria donativos , estos pueden en dado caso ser deducibles , la unica fracc del 95 LISR q encontre q pudiera encajar es las XIX y el 97 no me marca esa fracc, este autorizada para recibir donativos.

muchas gracias por todo, espero mas comentarios
 
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BATISTA
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