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30/Abr/10 13:33
ingresos exentos en regimen simplificado

Apreciables foristas:

Los ingresos exentos que marca el articulo 81 de la LISR en su ultimo párrafo, para regimen simplificado, es opcional el aplicarlos?, segun leo en ese parrafo no da lugar a opción, en el establece: ' no pagaran'.

Lo anterior es porq a uno de mis clientes, un fiscalista le comentó que no aplicando el ingreso exento, sus deducciones serían totalmente deducibles, ya que no se aplicaría lo dispuesto en el articulo 32 de la LISR.

Existe la regla I 3.4.14, que da la opcion de no aplicar lo dispuesto en ese articulo 32, pero hay tiempos para poder acogerse a la opcion y a este cliente ese plazo se le venció.

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hermendozac
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01/May/10 15:59
Re: ingresos exentos en regimen simplificado

Apreciables Foristas:

Espero su ayuda si existe algun criterio especial para este caso
 
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hermendozac
Sargento Primero

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25/Ene/11 20:39
Re: ingresos exentos en regimen simplificado

Perdon por mi probable ignorancia pero donde dice que son ingresos exentos, solo dice no pagaran mas no manifiesta que dichos ingresos sean exentos, segun yo es una facilidad que tiene el contribuyente que tributa en el regimen simplificado, es decir de sus ingresos acumulados gravados en su totalidad le restas los ingresos establecidos en el aticulo 81 ultimo párrafo de la LISR. asi lo entiende su servidor. El hecho q por costumbre les hagamos mención como ingresos excentos es para mi punto de vista muy aparte. porque de acuerdo al art 17 dice que se acumularan los ingresos persividos en un ejericicio fiscal, es decir en general y al acumularlos se entiende que se encuentran gravados, ademas el mismo articulo dice cuales son los ingresos no gravados.

Repito es mi punto de vista tal vez este muy equivocado con mi punto de vista; por lo que mucho les agradeceré me den sus puntos de vista y fundamentos, xq para mi lo establecido en el articulo 81 ultimo parrafo no son ingresos exentos, porque no los persivi, si son una facilidad para deducir, he buscado apartados, topicos, etc y esa fue mi conclusión errónea tal vez. En cambio para las personas fisicas si mencionan exenciones como tales en sus apartados y para mi si aplica lo de la proporción del art. 32 frcc II.

por otro lado he solcitado devoluciones de IVA sin aplicar la proporcion que marca dicho articulo 32 de la ley de ISR y ningún otro, y no me los han rechazado.

atte. s.s. luis fernando sánchez
 
* Se el ser humano mas exigente para aprender, pero el mas paciente para enseñar'.. =)
 
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lsanchez
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