28/Abr/10 17:41
Muy buen dia a todos y agradeciendo sus respuestas
Un contribuyente tiene ingresos por sueldos y por regimen de pequeño contribuyente
Sus sueldos no rebasan sde 50,000 tiene que presentar declaracion anual de sueldos ?
Un saludo y gracias
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principiante_fiscal
Sargento Segundo
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28/Abr/10 17:46
Re: Repeco y sueldos
buenas tardes,
Al ser el ISR pagado en repecos de caracter definitivo, no se encuentra obligado a declarar este tipo de ingresos,
saludos
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goldeneye
Teniente
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28/Abr/10 17:52
Re: Repeco y sueldos
En el regimen REPECO se tributa con pagos definitivo POR LO GENERAL. Mas sin embargo, el contribuyente puede optar por acumularlos, que es muy raro que se aplique esta opcion, ya que de tomarse la opcion de la acumulacion por lo general se llegaria a causarse mayor ISR.
La LISR no obliga inicialmente a que los ingresos por REPECO se acumulen y al cubrirse los 'pagos provisionales' ya serian 'pagos definitivos', por lo que no habria necesidad de acumularse y tenerse que incluirse en la declaracion.
Los salarios de inicio el patron tiene la obligacion de declarar y no el trabajador, excepto que este ultimo decida ejercer esa obligacion o que obtenga ingresos de otro regimen excepto por repeco
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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28/Abr/10 17:55
Re: Repeco y sueldos
Muchas gracias por su respuesta, entonces este regimen no aplicaria igual a un honorario o un intermedio, etc...
Entonces tienes obligacion solo si tienes que presentar anual por otra actividad se podria decir?
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principiante_fiscal
Sargento Segundo
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28/Abr/10 18:49
Re: Repeco y sueldos
HOLA, ..........POR AHI ANDA ESO.........Salarios
Por percibir salarios en los siguientes casos:
Cuando además hayan obtenido otros ingresos acumulables distintos a salarios.
SALUDOS
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lobozac
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28/Abr/10 19:06
Re: Repeco y sueldos
entonces Lobozac usted menciona que si se presenta?
Un saludo y muy amable por su respuesta
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principiante_fiscal
Sargento Segundo
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28/Abr/10 19:47
Re: Repeco y sueldos
TECNICAMENTE ................SI........
PERO TAMBIEN ESTA EL QUE REPECO TIENE SU TRATAMIENTO MUY PARTICULAR Y ESTA BAJO EL IMPERIO DEL ESTADO......
ES DECIR..........POR LEY DESDE MI PUNTO DE VISTA,..........SI SE DEBIERA PRESENTAR
PEEEEEERO..........
SALUDOS
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lobozac
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28/Abr/10 19:51
Re: Repeco y sueldos
ese pero como que no me gusto Sr Lobozac
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principiante_fiscal
Sargento Segundo
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28/Abr/10 19:58
Re: Repeco y sueldos
ES QUE ESE PERO............IMPLICA, BUSCARLE, ESCUDRIÑARLE A LA 'LEY',,.................AL CONVENIO DE COLABORACION ADMINISTRATIVA DE TU ESTADO,............INTERPRETAR, COMPRENDER, ANALIZAR, DESCUBRIR ENTRE LOS VERICUETOS DE LA NORMA JURIDICO-FISCAL.........
SI DEBO O NO PRESENTAR ESA ANUAL
Y TOMAR LA DECISION.......
SALUDOS
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lobozac
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28/Abr/10 20:03
Re: Repeco y sueldos
ok, mire estaba analizando esto qu evi en un blog cual seria su opinion?
Los repecos pagaran impuestos provisionales definitivos
Segun el art 175 primer parrafo dice:
Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas
un tengo dudas pero ojala me pudiera dar su opinion
Gracias a usted y todos los colegas
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principiante_fiscal
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