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16/Abr/10 11:02
COMPRA DE TERRENO P.F.

Buenos dias espero me puedan ayudar con lo siguiente

Tengo un cliente que esta como Act. Emp. Servicios Profesionales, la cual tiene una institucion que brinda ayuda a niños con problemas de autismo, quiere adquiri una terreno para su misma actividad con un valor de mas de 5 millones de pesos el cual cuenta con una construccion q al momento de la venta le general un iva de 400 mil. El dinero para la adquicicion sera otorgado por su esposo.

Mi pregunta es como puedo darle entrada a dicho ingreso de 5 millones ya que proviene de una aportacionde su esposo para poder deducirme esa inversion y acreditarme el iva. Hay que hacer algun tipo de contrato donde se refleje el prestamo o donacion de esa cantidad o hay alguna otra manera de poder ingresas dicha cantidad.

gracias
 
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fatymty
Cabo

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16/Abr/10 14:47
Re: COMPRA DE TERRENO P.F.

El esposo le dona a la esposa, la esposa compra terreno y lo utiliza en su actividad

saludos
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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16/Abr/10 15:07
Re: COMPRA DE TERRENO P.F.

Act. Emp. Servicios Profesionales, la cual tiene una institucion que brinda



y como esta constituida esa institucion?


salu2
 
Pagina facebook: Despacho contable gonzalez y ac
 
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LC.GONZALEZ
Mayor

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23/Abr/10 19:09
Re: COMPRA DE TERRENO P.F.

No estoy seguro de estar dando la lectura adecuada al tema, pero dejas entrever que es la señora como persona física la que lleva a cabo la atención de los niños autistas, ¿Es así? ó l¿a que presta la atención es una institución que encabeza/dirige la señora?

En cualquiera de los dos eventos me parece que no resulta conveniente poner un patrimonio de ese monto en juego y riesgo, ya CJ te da luz en cuanto a tu inquietud, pero reitero, no me parece lo más conveniente.

Suponiendo sea una AC la que preste el servicio descrito, ¿Tiene autorización para recibir donativos?, de ser así y meter el terreno y construcción a su patrimonio es despedirse del mismo, que no digo que no sea noble la intención, pero ¿Es realmente lo que desean?

De no ser una AC, si no que sea la señora la que preste el servicio, ¿Porqué no constituir una AC y convertirla en donataria autorizada?, así no deja de ayudar y puede obtener recursos adicionales para continuar su noble labor.

El inmueble descrito puede ser adquirido por el señor, darse de alta como arrendador y aprovechar de esa forma el IVA que la operación va a reportar, incluso en el caso de que el señor tuviera ingresos por actividades empresariales aprovecha el IVA, puede en un momento dado el señor rentar el inmueble a la AC/señora ó de no tener la necesidad/deseo de sacar recursos darlo en comodato.

Si el deseo es que el inmueble quede a nombre de la señora, aplica lo que te comenta CJ, que el esposo done a la señora, la señora adquiere y puede -a reserva de que nos dijera motivos para que no- deducir el inmueble en cuestión en IETU, lo que aplique en ISR y acreditar el IVA.

Confiamos des seguimiento al tema.

saludos cordiales.

Pdta.- 10 - 1 - 1 = 8 en plena campaña...
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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23/Abr/10 23:53
Re: COMPRA DE TERRENO P.F.

Se tienen diversos errores de entendimiento:

1.- Una asociacion como la que se comenta no pagaria ISR o cualquier otro impuesto sino cae en los supuestos de gravacion que las leyes impositivas.

2.- Una asociacion por lo general no es un NO contribuyente, pues quiere que no paga ISR, lea el titulo de la LISR que le corresponde 'tributar' sus declaraciones son meramente informativas a menos que existan remanentes distribuibles, debera retener y pagar esas retenciones.

3.- Los terrenos no se deducen, excepto cuando son enajenados para efectos del ISR

4.- Tampoco se causan y gravan con IVA por su compra de terrenos.

5.- El esposo piensa deducir su aportacion, pues debe solicitar su recibo de la donataria correspondiente. Pero lo que entra en la asociacion ya no puede ser devuelto, si la asociacion se disuelve, pasaria a la beneficiencia publica y reasignados a otra asociacion similar. Pero, lo dado, DADO... ya no tiene retorno.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Abr/10 10:51
Re: COMPRA DE TERRENO P.F.

Totalmente de acuerdo con usted Enrique…



1-. El cliente esta tributando como Act. Emp. Servicios Profesionales.

2-. Se pretenda adquirir un terreno, el cual cuenta con una construcción.

3-. El dinero para la adquisición de terreno será otorgado por el esposo.


De conformidad con el numeral 93 de LISR, en concordancia con el 95 F-VI, NO son contribuyentes de ISR, salvo, lo dispuesto en el numeral 94, ya que en éstas últimas se incluyen a las donatarias autorizadas, que son las autorizadas para recibir donativos

Por otro lado, no debemos ver lo dispuesto en la fracción XX del multicitado 95 LISR penúltimo párrafo, ya que esta disposición hace mención a la fracción VI, por lo que se desprende el procedimiento del remanente distribuible.

Como se puede observar, la inclusión de terreno en la figura de la A.C no existe manera de obtener el beneficio del IVA, simplemente se perdería…….

Otro punto a considerar, al ser una A.C tipificada en la fracción VI del numeral 95 LISR, ésta deberá presentar la anual en términos del articulo 101 penúltimo párrafo de la citada ley, a mas tardar el 15 de febrero.

Además, conforme al numeral 9 F-I LIVA, el terreno NO causa IVA………


Como dicen, lo dado, es dado, pero no arrejuntado...


saludos
 
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CPhugoocejo
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24/Abr/10 17:51
Re: COMPRA DE TERRENO P.F.

El problema esta con los cables cruzados, esto hace corto...

Estamos hablando de 2 situaciones muy distintas:

Donaciones que por lo general se aplica a donatarias PM no contribuyentes

Pero el topico es una PF actividad empresarial y servicios profesionales independientes...

Como que no hay mucho que encaje en lo que estamos tratando...


Las actividades empresariales se hace con fin de lucro

PM no contribuyentes es otro fin muy distinto.

Hay un abismo entre los intereses de estos contribuyentes
 
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enrique9727
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