12/Jun/04 10:26
ESTIMADOS AMIGOS, TENGO UNA GRAN DUDA RESPECTO A LAS NOTAS DE CREDITO, ¿ES NECESARIO CONSERVAR UN ARCHIVO CONSECUTIVO DE LAS MISMAS COMO SE HACE CON LAS FACTURAS?
YO YA SE, QUE NO SE NADA
|
Manolito
Soldado
Mensajes:
3
Ingresó:
Mayo 18, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
12/Jun/04 10:32
[color=blue:bab1049679]Las notas de crédito forman parte de tu contabilidad, por lo que la obligación de conservarlas, te lo señala el artículo 30 del CFF[/color:bab1049679]
jhiguera
Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
|
JHiguera
Teniente
Mensajes:
307
Ingresó:
Mayo 22, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
12/Jun/04 12:49
Claro que si!
|
PUMAS
Cabo
Mensajes:
41
Ingresó:
Mayo 25, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
12/Jun/04 14:03
Por supuesto que sí, una controversia que existe es si se debe de entregar la copia y tu conservar el original ya que se trata de una deducción, o es correcto entregar el original al cliente?
|
SPineda
Soldado
Mensajes:
7
Ingresó:
Junio 10, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
12/Jun/04 15:07
[quote:c432196595="SPineda"]Por supuesto que sí, una controversia que existe es si se debe de entregar la copia y tu conservar el original ya que se trata de una deducción, o es correcto entregar el original al cliente?[/quote:c432196595]
[color=blue:c432196595]Como atinadamente señalas de que se trata de una deducción, considero que el original debe de quedar en poder de quien expide la nota de crédito[/color:c432196595]
jhiguera
Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
|
JHiguera
Teniente
Mensajes:
307
Ingresó:
Mayo 22, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
14/Jun/04 9:26
Re: NOTAS DE CREDITO
No estoy de acuerdo en que la original le quede quién la expida, la original se le entrega al cliente.
Si hablamos de deducción, donde dice que si yo expido una nota de crédito para poderla deducir debo de contar con la original.
Ahora bién tratándose de gastos, compras, inversiones; para poder comprobarlas debemos de contar con la original, en virtud de que es documentación que se obtiene del proveedor, o prestador del servicio.
Pero por una nota de crédito del mismo contribuyente.
Veanlo de adentro hacia afuera.
|
SaúlCastroVázqz
Capitán Primero
Mensajes:
632
Ingresó:
Mayo 18, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
14/Jun/04 9:36
Re: NOTAS DE CREDITO
lo accesorio sufre la suerte de lo principal.
saludos
¿Quién sabe si el vivir no es una muerte,
y sí, por el contrario,
lo que llamamos morir no es sino el comienzo de la vida?
Dios ha muerto ¡Dicen que lo mataron los hombres!
|
FCAUNAM
Sargento Primero
Mensajes:
94
Ingresó:
Mayo 18, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
14/Jun/04 10:57
Re: NOTAS DE CREDITO
Saludos...!!!
Estoy de acuerdo con "SaúlCastroVázqz" ya que consideró que la nota de crédito es un comprobante fiscal el cual debe reunir los requisitos del 29 y 29-a... además de que al expedirese en original y copias esta sujeto a la que marca el art 38 del RCFF... el cual dice:
[i:0f02f9c80b]"Si se opta por expedir los comprobantes en original y copia, éstos deberán estar foliados en forma consecutiva previamente a su utilización, debiendo conservar las copias empastándolas en su orden..."[/i:0f02f9c80b]
Esa es mi opinión...! alguna otra...??'
:evil: ME GUSTARÍA SER TÚ... PARA TENER UN AMIGO COMO YO...!!!
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales
|
Alucard
Teniente
Mensajes:
259
Ingresó:
Mayo 18, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
14/Jun/04 12:44
Re: NOTAS DE CREDITO
Dentro de las obligaciones de las personas morales, el art. 86, fracc. II, de la LISR, dice: "Expedir comprobantes por las actividades que realicen y CONSERVAR UNA COPIA DE LOS MISMOS a disposición de las autoridades fiscales..."
Es clara la disposición en cuanto a la expedición de comprobantes por las actividades, como pueden ser: ventas, prestación de servicios, descuentos sobre ventas, devoluciones sobre ventas, etc.
En mi opinión, se debe conservar la copia de las notas de crédito, sin importar que se trate para efectos de deducibilidad.
Saludos
|
Miriam
Subteniente
Mensajes:
152
Ingresó:
Mayo 18, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
14/Jun/04 15:19
BAJO MI OPINION, LA NOTA DE CREDITO, .....**NO ES UNA DEDUCCION**...............QUIEN LA EXPIDE, *NO* ESTA COMPRANDO NADA, *NO* ESTA PAGANDO ALGO, *NO* ESTA EXPIDIENDO UN CHEQUE, CONSIDERARIA QUE SE LE DEBIERA DE DAR EL TRATAMIENTO DE BONIFICACION.....................Y TU PREGUNTA INICIAL FUE .........¿ES NECESARIO CONSERVAR UN ARCHIVO CONSECUTIVO DE LAS MISMAS COMO SE HACE CON LAS FACTURAS?
CLARO QUE DEBES CONSERVARLAS, YA QUE FORMAN PARTE DE TU CONTABILIDAD
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
_______________________________
'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
|
lobozac
General Brigadier
Mensajes:
12763
Ingresó:
Mayo 18, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
|