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08/Abr/10 13:10
DISMINUCION DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN ISR ANUAL

HOLA A TODOS:

OJALA PUEDAN AYUDARME:

SI PERCIBO INGRESOS POR HONORARIOS Y SOY ASALARIADO, EN EL CALCULO ANUAL DE ISR SE ACUMULAN LOS INGRESOS POR LAS DOS ACTIVIDADES Y ME SALE UN IMPUESTO A CARGO, PERO EN EL DECLARASAT ME DA LA OPCION DE REGISTRAR EL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO QUE SE ME PAGÓ Y EL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO QUE ME CORREPONDIO SEGUN TARIFA Y CON ESTE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO SE DISMINUYE EL IMPUESTO A CARGO. ¿ES CORRECTO QUE SE UTILICE EL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PARA DISMINUIR EL IMPUESTO?

DE ANTEMANO GRACIAS POR SU APOYO
 
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NORBERTOJESUS
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08/Abr/10 14:02
Re: DISMINUCION DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN ISR ANUAL

Buenas tardes,

Es correcto,

SUBSIDIO PARA EL EMPLEO

ARTÍCULO OCTAVO. Se otorga el subsidio para el empleo en los términos siguientes:

II. Las personas obligadas a efectuar el cálculo anual del impuesto sobre la renta a que se refiere el artículo 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por los conceptos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la misma Ley, que hubieran aplicado el subsidio para el empleo en los términos de la fracción anterior, estarán a lo siguiente:

a) El impuesto anual se determinará disminuyendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en un año de calendario, por los conceptos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el impuesto local a los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que hubieran retenido en el año de calendario, al resultado obtenido se le aplicará la tarifa del artículo 177 de la misma Ley. El impuesto a cargo del contribuyente se disminuirá con la suma de las cantidades que por concepto de subsidio para el empleo mensual le correspondió al contribuyente.
b) En el caso de que el impuesto determinado conforme al artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta exceda de la suma de las cantidades que por concepto de subsidio para el empleo mensual le correspondió al contribuyente, el retenedor considerará como impuesto a cargo del contribuyente el excedente que resulte. Contra el impuesto que resulte a cargo será acreditable el importe de los pagos provisionales efectuados.

Saludos...!!!
 
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corning
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08/Abr/10 15:05
DISMINUCION DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN ISR ANUAL

MUCHAS GRACIAS, POR SU OPINION.
 
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NORBERTOJESUS
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08/Abr/10 16:57
Re: DISMINUCION DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN ISR ANUAL

El DeclaraSat es diseñado para que de acuerdo a sus datos ofrecidos en su constancia de retenciones y percepciones, se capturen y se ajusten de conformidad a sus ingresos acumulables reales. Pues ya no solo tendria salarios en su declaracion anual.

Por tal motivo, el declaSat ajusta estos numeros dandole la oportunidad de determinar un ISR mas proporcional

Resulta que por los honorarios no se tendria derecho a SUBE, por los salarios SI... pero en los pagos provisionales (de los salarios, donde el patron retiene y determina, estan considerandose que no obtiene ingresos adicionales)

Cuando se llega al calculo anual, ahi convergen todos los ingresos, el SUBE debera de ajustarse a proporciones distintas a las que se aplicaron en los pagos provisionales y las retenciones del patron.

De ahi que se determine un ligero saldo a cargo, pero como es de 12 meses pareciese algo grandecito.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Ene/11 20:22
Re: DISMINUCION DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN ISR ANUAL

Alguno de ustedes me pueden decir cual subsidio es el que tengo que disminuir en el calculo anual del impuesto, el subsidio al empleo efectivamene pagado? o el subsidio al empleo que se calculo semana a semana o mes a mes? Tengo casos en que a algunos trabajadores les sale un impuesto a cargo muy alto pero si aplico el subsidio al empleo que se obtiene del calculo semanal salen en cero o a favor.

Saludos, Feliz año 2011!!
 
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edmundogarcia
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02/Ene/11 21:31
Re: DISMINUCION DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN ISR ANUAL

Hola Edumundo:

Debes dismimuir o aplicar en la declaración anual del trabajador el SUBSIDIO PARA EL EMPLEO CALCULADO.


Fund. Art. Octavo Transitorio Fr. II inciso a) LISR

II.Las personas obligadas a efectuar el cálculo anual del impuesto sobre la renta a que se refiere el artículo 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por los conceptos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la misma Ley, que hubieran aplicado el subsidio para el empleo en los términos de la fracción anterior, estarán a lo siguiente:

a)El impuesto anual se determinará disminuyendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en un año de calendario, por los conceptos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el impuesto local a los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que hubieran retenido en el año de calendario, al resultado obtenido se le aplicará la tarifa del artículo 177 de la misma Ley. El impuesto a cargo del contribuyente se disminuirá con la suma de las cantidades que por concepto de subsidio para el empleo mensual le correspondió al contribuyente

Saludos
 
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ngm
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03/Ene/11 09:03
Re: DISMINUCION DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN ISR ANUAL

ME DA LA OPCION DE REGISTRAR EL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO QUE SE ME PAGÓ Y EL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO QUE ME CORREPONDIO


CHISPAS.............HOLA, .........NO, SE ME HACE QUE NO..........ESE DERECHO LO TIENE QUIEN PAGA.......ES DECIR, EL EMPLEADOR......NO A QUIEN LE PAGAN

PERO LEAMOS OTRAS OPINIONES, QUIZA LA MIA SEA ERRONEA

SALUDOS Y LO MEJOR PARA ESTE 2011 !!!!!!!!!!!!
 
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lobozac
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