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31/Mar/10 12:58
Prorroga en Clientes y Proveedores

CUARTO. Se reforma el Artículo Octavo Resolutivo contenido en la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2009, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2009, para quedar como sigue:

OCTAVO. Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores respecto del ejercicio fiscal de 2009, cuando los contribuyentes presenten espontáneamente a más tardar el 15 de marzo de 2010, la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, del citado ejercicio fiscal de 2009, referido por cada mes de operaciones.

Derivado de lo anterior, las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla II.5.1.8. y las personas físicas presentarán la información en los términos de la regla II.5.1.7. de la presente Resolución.

La presente facilidad no constituye una prórroga en el plazo para presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, relativa al ejercicio de 2009, o para eximir de su cumplimiento en tiempo en cualquier otro trámite fiscal que así lo exija como requisito, por lo que igualmente quedan a salvo las facultades de las autoridades fiscales para requerir y en su caso, para aplicar multas por la presentación extemporánea de la misma”.
DOF 31-03-2010 4RM

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CPhugoocejo
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31/Mar/10 13:13
Re: Prorroga en Clientes y Proveedores

Pero mi estimado Hugo el articulo 73 de CFF señala que mientras no sea descubierta por la autoridad la omision no habra sancion alguna, luego entonces, este transitorio que mencionas no puede ir mas alla del propio CFF no crees
 
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lcruizuscanga
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31/Mar/10 13:22
Re: Prorroga en Clientes y Proveedores

este transitorio que mencionas no puede ir mas alla del propio CFF no crees



Totalmente de acuerdo mi estimado, el numeral que citas es otra gran salida que tenemos por ley, muy por encima de la RM.



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31/Mar/10 13:26
Re: Prorroga en Clientes y Proveedores

y si lo complementamos con el articulo 33 fraccion I inciso g del mismo CFF, las Reglas Miscelaneas no crean obligaciones o cargas adicionales a las ya señaladas en las mismas Leyes fiscales.
 
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lcruizuscanga
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31/Mar/10 12:34
Re: Prorroga en Clientes y Proveedores

Simplemente las RMF deben de dar facilidades y como bien comentan, no mayores cargas a las que ya se tienen.

Hugo: Gracias por la información.
 
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CP_PACO
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31/Mar/10 13:42
Re: Prorroga en Clientes y Proveedores

HOLA:
c.p. Hugo Ocejo F.
Correcto muy bien.

Respecto al comentario de Icruizuscanga por eso los contribuyentes tienen el derecho de defenderse, aún asi es oportuno comentar que si hay reglas que pueden tener fuerza de Ley y estas son cuando las mismas Leyes especifiquen que las autoridades emitirán reglas para su debido cumplimiento de la obligación.
 

 
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SaúlCastroVázqz
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31/Mar/10 13:46
Re: Prorroga en Clientes y Proveedores

Gracias a todos por sus acertados comentarios.



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