19/Mar/10 20:08
Buenas Noches:
Espero me puedan ayudar ya que tengo una duda, el la S.A. donde trabajo se adquirio un depto para la oficina, el cual si estamos ocupando, mi duda es en el momento en que lo compro separe la construccion del terreno, y lo mismo hice con el estacionamiento, los datos los tome de la escritura, ahora para efectos de mi declaracion anual depresie la construccion y el terreno solo puse el valor de adquisiscion en la hoja de invesiones, creo que hasta hay voy bien, ahora contablemente para el cierre anual meti la depresiacion de la construccion, y mi duda es el terreno no se depresia sino al contrario aumenta su valor por el transcurso del tiempo, como lo debo manejar, se actualiza o solo se deja asi este terreno.
Agradesco de antemano su apoyo y tiempo, sobre todo ahora en epoca de declaraciones
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Maryfer1
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02/Abr/10 12:35
Re: Tratamiento contable
Se actualizaria con B10, pero últimamente no se ha aplicado la actualización por que la inflación de los últimos años ha sido baja, te invitaría a leer el B10 y luego comentar revisamos las dudas puntuales. Depreciar es con 'c'.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
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Cheque
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03/Abr/10 13:23
Re: Tratamiento contable
La NIF B10 te marca la pauta para la revaluacion de los activos, es correcto lo que se menciona debes de tomar en cuenta el entorno inflacionario, si este fue igual o mayor a una inflacion de 8% anual, se aplica la NIF B10, de lo contrario no se debe de aplicar,
Por otro lado en lo fiscal no creo que debas de tener problema, solamente actualizarias el valor del terreno si lo vendieras, esto para determinar tu ganancia fiscal por venta de terreno,
Saludos
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goldeneye
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04/Abr/10 16:48
Re: Tratamiento contable
Pero no tan solo los terrenos 'aumentan' de valor, el Boletin B-10 te debe indicar que todos los rubros del estado de posicion financiera y del estado de resultados habrían de afectarse por la inflacion y no tan solo los terrenos.
Pero cada año que presente un 25% de incremento acumulado en la inflacion debe de reexpresarse. No se señala cuando debe ser el primer año. Por lo que el año que se escoja es aceptable la aplicacion del Boletin. Posteriormente cada 25% de inflacion acumulada debera de aplicarse los ajustes a la inflacion que procedan
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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