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09/Mar/10 15:34
IEPS GRAVA IVA

Buenas tardes señores,


Tengo entendido que el IEPS no venia computando para el calculo del IVA, un proveedor de diesel me acaba de traer un factura en donde me esta gravando el IEPS con IVA, he revisado varios topicos aqui en el foro en donde se menciona que el IEPS no grava IVA sin embargo nadie menciona el fundamento,


Asi mismo el art. 12 de la LIVA dice:

Para calcular el impto tratandose de enjenaciones se considera como valor el precio a la contraprestacion pactados, asi como las cantidades que ademas se carguen o cobren al adquiriente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto,

El IEPS es un impto por lo tanto deberia formar parte de la base para el calculo del IVA, sin embargo nuestros proveedores de combustbles no lo estaban gravando para efectos de IVA,

Conoce alguno de ustedes el fundamento para no hacerlo, o si se debe de considerar para el calculo del IVA¿?, muchas gracias por sus comentarios



saludos
 
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goldeneye
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09/Mar/10 15:57
Re: IEPS GRAVA IVA

Agregando algo,

El art. 2-A F II p 3 Dice:

Las cuotas a que se refiere este articulo no computaran para el calculo del IVA,

De esto me imagino a que se refiere de IEPS se paga:

1.- Tasa establecida F I art 2-A

2.-Cuota extra F II art 2-A

A lo que me imagino que la tasa de IEPS si grava IVA, no siendo asi la Cuota extra ¿?

Estoy en lo correcto colegas ¿?
 
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goldeneye
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09/Mar/10 16:50
Re: IEPS GRAVA IVA

Bueno señores,

Vn a decir que me respondi yo solo, pero despues de leer bien, me doy cuenta de que por el combustible en efecto, si se cobran dos tipos de IEPS:


1.- El establecido en la fraccion I del art. 2-A de la LIEPS en forma de tasa, (que si grava IVA),

2.- El establecido en la fraccion II del art. 2-A de la LIEPS en forma de cuota, (que no grava IVA),

Por lo tanto, el primero (tasa de IEPS), ya lo incluyen en el precio del combustible, asi mismo computa para el calculo del IVA, el segundo (cuota IEPS), lo trasladan unicamente las estaciones de servicio que operen con publico en general, este no computa para el calculo del IVA, por que en la misma fraccion II se establece que no se considerara,

El proveedor al que me refiero en eefcto, no trabaja con publico en general, trabaja directamente con la industria, por lo que no esta obligado a trasladar la cuota extra de IEPS, la cual no grava IVA, solamente el IEPS determinado por tasa, el cual si grava IVA,

Si me equivoco en algo favor de corregirme colegas, gracias


saludos
 
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goldeneye
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09/Mar/10 17:22
Re: IEPS GRAVA IVA

Me disculpo con ustedes ya que en efecto ya se habia tratado este tema en este topico:


ENTERO DE CUOTAS IEPS, SOLO DE PUBLICO EN GENERAL?


Lo que pasa es que lo busque de otra forma, ya cone esto quedo seguro del fundamento,



Gracias


Saludos al foro
 
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goldeneye
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09/Mar/10 21:03
Re: IEPS GRAVA IVA

Usted indica que nadie le dice el fundamento para que al IESP no se le graba con IVA

Que le parece si lee el Art 1 LIVA. Aqui se expresa lo que si graba. ok?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Mar/10 09:28
Re: IEPS GRAVA IVA

Buenos dias enrique9727,


Justamente esa era mi duda, sabiendo que en la LIVA dice que se grava la enajenacion de bienes, porteriormente en el 12 de LIVA nos da la base para el calculo del IVA, en donde especifica que tambien los impuestos formaran parte de la base gravable para IVA, por lo que el IEPS si grava IVA,

Sin embargo en comprobantes de gasolineras me he encontrado que en efecto el IEPS forma parte de la contraprestacion pero no grava IVA, ahora mi duda era cual era el fundamento para que este IEPS no gravara IVA, siendo que si me iba a la LIVA me decia que si deberia de hacerlo,

Posteriormente leyendo la LIEPS, en su art. 2-A nos habla de dos tipos de IEPS,

Fraccion I, IEPS por Tasa, que si grava IVA

Fraccion II, IEPS por cuota, que no grava IVA

Este ultimo es el que trasladan solamente los contribuyentes que tengan operaciones con publico en general, y el fundamento para que no grave IVA este dentro de la misma fraccion II del art. 2-A en su parrafo 3,

La unica diferencia es la operacion con publico en general o no, por eso algunos distribuidores de combustibles trasladan solo un IEPS y otros trasladan los dos IEPS,


Muchas gracias por su atencion enrique9727,



Saludos a todo el foro
 
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goldeneye
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10/Mar/10 12:06
Re: IEPS GRAVA IVA

goldeneye:

No aportaré nada adicional al excelente análisis que hiciste, solamente confirmarte que en alguna ocasión tuve esta duda precisamente por querer calcular el IVA del combustible que lleva las cuotas de IEPS, y las conclusiones a las que arribé son las mismas.

El IEPS sí es base del IVA porque así lo establece el Artículo 12, excepto por las cuotas del IEPS a la gasolina que mencionas, porque expresamente así está establecido.

Th.
 
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Thomper
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10/Mar/10 12:39
Re: IEPS GRAVA IVA

Hola goldeneye

Con tu analisis esta bien completo la respuesta,
Solo queria agregar esto de la pagina del SAT (preguntas frecuentes)

IEPS

1. Atendiendo a la inquietud manifestada por algunos contribuyentes en cuanto a la base sobre la cual se aplicará la tasa del IEPS cuando el prestador de servicio proporcione equipos terminales de telecomunicaciones u otorgue su uso o goce temporal al prestatario, resulta procedente efectuar los siguientes comentarios

Procede gravar la totalidad de las contraprestaciones que el prestador cobre al prestatario por los conceptos mencionados, con independencia del instrumento legal que se utilice para proporcionar el servicio a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones.

Por lo anterior, no resulta procedente interpretar que respecto de las prestaciones contractuales que se mantienen al amparo de instrumentos jurídicos distintos, a través de los cuales se prestó el servicio de telecomunicaciones con anterioridad, se disminuya las obligaciones fiscales y el impuesto especial sobre producción y servicios correspondiente.

Fundamento legal: Artículo 17, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y artículo 2, fracción II, inciso C) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios del Decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto especial sobre Producción y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2009.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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