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08/Mar/10 13:50
DECLARASAT 2010

Información general del DeclaraSAT

El programa DeclaraSAT versión 2010 es una ayuda de cómputo accesible y de fácil manejo que le permite realizar su declaración para enviarla vía Internet y además genera e imprime la hoja de ayuda para realizar el pago en ventanilla bancaria, en el caso que no se deba pagar por transferencia electrónica.

Cuenta con dos opciones para elaborar y presentar la declaración anual:


Captura de datos con cálculo automático de impuestos, (ejercicio 2009). Con esta opción usted sólo captura sus datos personales y numéricos; el programa hace el cálculo de los impuestos de cualquier régimen fiscal, en forma independiente o acumulando dos o más ingresos y genera un archivo para enviar la declaración por Internet. Además en el caso de existir impuesto a cargo genera una hoja de ayuda para realizar, el pago en ventanilla bancaria en el caso que no se deba pagar por transferencia electrónica.


Captura de datos sin cálculo de impuestos, (ejercicios 1999 a 2009). Al utilizar esta opción antes de la captura de datos, debe calcular los impuestos a que se esté obligado, debido a que esta modalidad del programa no realiza el cálculo, permitiendo la autodeterminación de los mismos. Una vez capturada la información podrá generar el archivo para enviarla por Internet e imprimir la hoja de ayuda.
DeclaraSAT permite presentar todo tipo de declaraciones -Normal, Complementaria, Complementaria por Dictamen, Corrección Fiscal y Crédito Parcialmente Impugnado-. Funciona instalándolo en su computadora, es decir, no requiere tener conexión a Internet para utilizarlo, por lo que puede entrar y salir de la aplicación las veces que sea necesario y sin límite de tiempo hasta concluir su declaración, conservando la información capturada.

Si presenta su declaración vía Internet y no tiene conexión en la computadora en la que se elaboró, podrá grabar el archivo *.DEC y llevarlo a otra máquina para el envío y recepción del acuse de recibo.

Obtenga el programa en forma gratuita en este portal o en su Administración Local de Servicios al Contribuyente (sujeto a existencias), así como en servicios de suscripción en varios periódicos de tiraje nacional y revistas fiscales.


Última actualización: 08/marzo/2010, 11:24, información vigente.

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_7727.html


SALUDOS
 
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lobozac
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08/Mar/10 13:52
Re: DECLARASAT 2010

Gracias por la informacion...
 
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lcruizuscanga
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08/Mar/10 13:54
Re: DECLARASAT 2010

Recordando ademas que; lisr Artículo 175. Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.



ahora bien


rmf 09-10


Fecha en que se considera presentada la declaración anual de 2008 de personas físicas

I.3.11.6. Para los efectos del artículo 175, primer párrafo de la Ley del ISR, la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, que presenten las personas físicas vía Internet, ventanilla bancaria o ante cualquier ALSC, en los meses de febrero o marzo de 2009, se considerará PRESENTADA el 1 de abril de dicho año, siempre que la misma contenga la información y demás requisitos que se establecen en las disposiciones fiscales vigentes.
LISR 175


SE OBSERVA ADEMAS, QUE SE REFIERE AL EJERCICIO 2008.........

AUN Y CUANDO SE REFIERA A ESTE EJERCICIO Y NO AL DE 2009...........NOS QUEDARIAMOS CON LO ENFATICO DE LA LEY........'SE PRESENTARÁ EN EL MES DE ABRIL'

GRACIAS A TI LCRUIZ


saludosEditado: Marzo 08, 2010 14:10:11
 
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lobozac
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08/Mar/10 16:05
Re: DECLARASAT 2010

buena información mi estimado..


Descargando declarasat.....y a enviarlas....



saludos
 
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CPhugoocejo
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08/Mar/10 16:28
Re: DECLARASAT 2010

Lobo: Gracias y a ahora si a enviar las declaraciones a tiempo para evitar los problemas por todos conocidos de los últimos días.
 
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CP_PACO
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08/Mar/10 17:18
Re: DECLARASAT 2010

Asi es señores, gracias a ustedes



saludos
 
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lobozac
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09/Mar/10 09:59
Re: DECLARASAT 2010

Alguien podria recomendar presentarla en Marzo ??

porque ??

En la pagina del SAT dice: 'PRESENTALA YA'
 
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vabdo
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09/Mar/10 12:42
Re: DECLARASAT 2010

Pues si tienes saldo a favor...podrias obtenerlo mas rapido en devolucion...

Por ahi recuerdo que hay una RM, que establece que si la presentas la declaracion entre enero y marzo, se tendra por cumplida la fecha como 1 de abril...luego entonces...si el SAT la toma como 1 de Abril, cuando empieza a computar los plazos en caso de devolucion
 
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lcruizuscanga
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09/Mar/10 16:46
Re: DECLARASAT 2010

Por ahi recuerdo que hay una RM, que establece que si la presentas la declaracion entre enero y marzo, se tendra por cumplida la fecha como 1 de abril...luego entonces...si el SAT la toma como 1 de Abril, cuando empieza a computar los plazos en caso de devolucion


LA REGLA YA TE LA MENCIONE !!!!!!!!........JOJOOO....QUE ME DICE ESO ?...QUE NO LEYO BIEN ?.....SI, POSIBLEMENTE

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lobozac
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