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03/Mar/10 21:24
Duda Dictamen Incapacidad Permanente

Hola amigos del foro,
Tengo la siguiente situación,

Teníamos un trabajador incapacitado por riesgo de trabajo, en nov-2009 presentó ST2 Dictamen de alta por RT donde se nos informa que debe presentarse a laborar en 1 de dic 2009, sin embargo no se presentó.

A finales de diciembre se presenta diciendo que ya no va a trabajar, le hicimos su finiquito.

Se le dio de baja ante el Seguro Social en enero.

Y ahora en marzo 2010, nos trae su TR3 Dictamen de Incapacidad permanente provisional, donde indica incapacidad del 30% del órgano funcional. Y además indica que se le efectuará una reevaluación en agosto de 2010.


Mi pregunta es:

1. Este 30% quiere decir que el Seguro Social le pagará solo el 30% de su salario?
2. Si ya lo dimos de baja ante el Seguro Social, cómo capturo esta incapacidad en el SUA? ya que me va a afectar en la determinación de la prima de riesgo
3. Si lo van a reevaluar en agosto, tenemos de darlo de alta otra vez en el Seguro Social?

Ups! Creo que no fue solo una pregunta verdad?

De antemano agradezco sus comentarios.
 
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gabyQ
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03/Mar/10 23:03
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

:neutral: Buenas noches. Respuestas mismo orden. 1.- Nop. Hay que hacer un procedimiento especial y ese 30% es la pensión opcional a la que puede acogerse el ex-trabajador. 2.- Hay que revisar la fecha de expedición de ese formato, para verificar a qué ejercicio corresponde. 3.- Nop. La relación laboral ya se extinguió y no deben reactivarlo. Esa revaluación de agosto es para revisar el monto de la pensión de esa persona.

Saluti,
El Lic.

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pepesoto
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04/Mar/10 00:03
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

Hola Lic. buenas noches,
El formato de Dictamen de Incapacidad Permanente tiene fecha de enero de 2010, así que afectaría la declaración de prima de RT pero para el próximo año, no es asi? Las incidencias del 2009 se acaban de presentar…. :confused: o no me diga que voy a tener que modificarla ….
Le agradezco enormemente su ayuda
:smile::smile:
 
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gabyQ
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04/Mar/10 19:00
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

:neutral: Hola Gaby. Perdón, en mi respuesta anterior, incico 2, dije: 'Fecha de expedición', debí haber dicho 'fecha de terminación del caso'.

1000 disculpas.
El Lic.

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pepesoto
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04/Mar/10 20:18
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

Hola Lic., que tal,

Bueno fecha de expedición es enero 2010, pero fecha de terminación de caso no tiene….

Yo entiendo que no ha terminado porque en Carácter de Dictamen dice PROVISIONAL, y no DEFINITIVO, es correcto?

Además de que le dan Fecha de Reevaluación para agosto del 2010.

Ahora mi duda es: tendría que afectar la prima de riesgo en el ejercicio de la fecha de terminación de caso? Y si es así, como lo hago si ya di de baja al trabajador?

Perdón por la lata, pero no me había tocado un caso asi...
 
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gabyQ
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05/Mar/10 10:10
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

Gaby, la fecha de terminacion del caso se da con el formato ST-2 que comentas que fue recibido en Noviembre, por lo que si procederia ingresar este dictamen al calculo de tu prima. Haz el recalculo a ver que resultado te arroja. No importa que ya hayas dado de baja al trabajador.

Saludos
 
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juancarm
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05/Mar/10 22:37
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

:neutral: Buenas noches Gaby. La provisionalidad del dictamen no implica que el caso no haya sido terminado, como bien lo acota Juancarm. Va a tener que recalcular su prima y modificarla en su caso.

Salutes,
El Lic.

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pepesoto
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06/Mar/10 13:54
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

Hola que tal,

Asì lo harè.

Muchas gracias por la ayuda


:smile::smile:
 
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gabyQ
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07/Mar/10 17:56
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

Hermosa y bella dama

Coincido en todo lo dicho por mis colegas, pero

¿ya encontró la manera de hacer la modificación en el sua?

Le sugiero lo siguiente:

a) Ingresa al sua
b) Desde la ventana principal selecciona ACTUALIZAR TRABAJADORES
c) Selecciona al susodicho
d) En la opción MOVIMIENTO selecciona INCAPACIDAD
e) En la ventana ACTUALIZACION DE INCAPACIDADES selecciona en RAMO DE SEGURO la opción 1 RIESGOS DE TRABAJO
f) En TIPO DE RIESGO selecciona 1 o 2 según la calificación otorgada (DE TRABAJO o EN TRAYECTO)
g) En SECUELA O CONSECUENCIA selecciona 2 VALUACION INICIAL PROVISIONAL
h) En CONTROL DE LA INCAPACIDAD selecciona 5 VALUACION O ST3
i) Captura la fecha de inicio (en el mismo dictamen le indica a artir de cuando)
j) Captura el porcentaje (De acuerdo a lo que ya nos dijo es del 30)
k) Acepta los cambios y actualiza al trabajador.

Posteriormente calcula su PRT a través del módulo correspondiente haciendo todos los pasos del mismo.

Claro, siempre y cuando quiera ud hacerla por el SUA.

PD Le comento que aún la puede enviar por IDSE siempre y cuando no haya presentado una antes.



Si ya envió una antes, le sugiero elabore un escrito libre en donde manifieste detalladamente lo sucedido y lo presente, acompañado de la correcta declaración en papel, en la oficina del imss correspondiente.

Exito!!

vc@spe
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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08/Mar/10 20:09
Re: Duda Dictamen Incapacidad Permanente

:neutral: Buenas tardes. Esperemos que tenga éxito al presentar la declaración corregida, ya que x lo general, ellos tienen la instrucción (sin fundamento, claro), de no recibir declaraciones en marzo.

Saludines,
El Lic.

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pepesoto
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