04/Mar/10 12:48
Re: Capacitacion a aseguradora
Coincido con lo expuesto por mi estimado Abraham Cano…
Pongamos un ejemplo…
Una A.C envía a una capacitadora para que esta imparta cursos a personal de una aseguradora, donde., resulta lo siguiente..
1-. ¿Quien recibe el servicio? La aseguradora
2-. ¿Quien paga el servicio? La aseguradora
3-. ¿Quien expide la factura? La A.C (capacitadora)
4-. ¿Quien debe cobrar o no el IVA? La A.C, por ser quien expide el comprobante fiscal y presta el servicio
Cito texto de ley, numeral 15 F-IV LIVA.
IV.- Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus organismos descentralizados, y los establecimientos de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación, así como los servicios educativos de nivel preescolar. ( Numerales 55 y 57 Ley General de educación )
saludos
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