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14/Feb/10 11:51
RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

EMPRESA P.F. LIBRERIA,.....NO TIENE OBLIGACION DE IVA,.....NO PRESENTA DIOTS.......

DEBE PRESENTAR CLIENTES Y PRIOVEEDORES EN FEBRERO ?


O PUEDE ACOGERSE A LA 'FACILIDAD' DE PRESENTAR C y P el 15 de marzo en base a la 'prroroga' del anteproyecto analizado ?

GRACIAS POR SUS RESPUESTAS



ANTEPROYECTO DE CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009

SEGUNDO. Se reforma el Artículo Octavo Resolutivo contenido en la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2009, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2009, para quedar como sigue:

“OCTAVO. Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores respecto del ejercicio fiscal de 2009, cuando los contribuyentes presenten espontáneamente a más tardar el 15 de marzo de 2010, la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, del citado ejercicio fiscal de 2009,[/b] referido por cada mes de operaciones.

Derivado de lo anterior, las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla II.5.1.8. y las personas físicas presentarán la información en los términos de la regla II.5.1.7. de la presente Resolución.

La presente facilidad no constituye una prórroga en el plazo para presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, relativa al ejercicio de 2009, o para eximir de su cumplimiento en tiempo en cualquier otro trámite fiscal que así lo exija como requisito, por lo que igualmente quedan a salvo las facultades de las autoridades fiscales para requerir y en su caso, para aplicar multas por la presentación extemporánea de la misma”.




SALUDOSEditado: Febrero 14, 2010 11:57:51
 
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lobozac
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14/Feb/10 12:10
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

Buen día Lobozac.

Bajo la tesitura de la prórroga y derivado de que el contribuyente puede presentar las diots a más tardar el 15 de marzo, para que tendría que presentar la de clientes y proveedores en febrero...mi opinión es que si puede cumplir la obligación mediante las diots...
 
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Kizu
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14/Feb/10 12:23
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

Lobozac:

'EMPRESA P.F. LIBRERIA,.....NO TIENE OBLIGACION DE IVA,.....NO PRESENTA DIOTS.......DEBE PRESENTAR CLIENTES Y PRIOVEEDORES EN FEBRERO ?O PUEDE ACOGERSE A LA 'FACILIDAD' DE PRESENTAR C y P el 15 de marzo en base a la 'prroroga' del anteproyecto analizado ?'


Hola: Buen día...Mi opinión es que SI tienen la obligación de presentar la declaración de Clientes y proveedores...Y en Febrero.... toda vez que la facilidad otorgada por la autoridad de no presentar la susodicha, es precisamente para quienes tengan la obligación de presentar las Diots...En consecuencia, si dicho contribuyente no tiene obligación de IVA, por lo tanto no tiene obligación de Diots...Y la facilidad entonces para ellos no le aplicaría....Por lo que de manera directa, si le aplicaría el Art. 86 FVIII de la LISR, es
decir, presentar la informativa de clientes y proveedores y en Febrero.


La 'prórroga' para no presentar la de cyp (presentar diots 2009 hasta el 15 de marzo) de igual manera, en mi opinión considero que tampoco sería el caso para este tipo de contribuyentes, toda vez que es una facilidad especificamente para quienes si tengan la obligación de presentar las diots.

perdón con tanta editada...Sigo dormida!!!!

Salu2!!!!


Editado: Febrero 14, 2010 12:25:10

Editado: Febrero 14, 2010 12:26:12Editado: Febrero 14, 2010 12:28:46
 
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memoli
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14/Feb/10 13:05
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

ENTONCES MEXICANOS DE SEGUNDA Y TERCERA ??????



PACTO SOCIAL MEXICANO

Artículo 31
Son obligaciones de los mexicanos:

...

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.


COMO EL AZADON.......'NOMAS' PA´LLA ??????

Y EN LAS FACILIDADES NO ???????


ENTONCES ?????


SALUDOS Y GRACIAS POR SUS RESPUESTAS
 
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lobozac
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14/Feb/10 13:27
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

lobozac:
...DEBE PRESENTAR CLIENTES Y PRIOVEEDORES EN FEBRERO ?

Y cuál es la prisa por presentar la Dec. de CyP ?.

Recuerda que, en especial, esta declaración (CyP.) no es 'estrictamente' obligatorio presentarla el 15 de Febrero.

La puedes presentar hasta que el SAT te la requiera y aún así TIENES 30 DÍAS para presentarla, SIN MULTA:

LISR

Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:


VIII. Presentarán a más tardar el día 15 de febrero de cada año la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores mediante la forma oficial que para tal fin expidan las autoridades fiscales. Para estos efectos, los contribuyentes no se encuentran obligados a proporcionar la información de clientes y proveedores con los que en el ejercicio de que se trate hubiesen realizado operaciones por montos inferiores a $50,000.00 ni cuando emitan sus comprobantes fiscales digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

Cuando los contribuyentes lleven su contabilidad mediante el sistema de registro electrónico, la información a que se refiere esta fracción deberá proporcionarse a las autoridades fiscales en dispositivos magnéticos procesados en los términos que señale el Servicio de Administración Tributaria, mediante disposiciones de carácter general.

Independientemente de la obligación prevista en los dos párrafos anteriores, la información a que se refiere esta fracción podrá ser solicitada por las autoridades fiscales en cualquier tiempo, después del mes de febrero del año siguiente al ejercicio al que corresponda la información solicitada, sin que dicha solicitud constituya el inicio de las facultades de comprobación a que se refiere el Código Fiscal de la Federación. Para estos efectos, los contribuyentes contarán con un plazo de 30 días hábiles para entregar la información solicitada, contados a partir de la fecha en la que surta efectos el requerimiento respectivo.




Saludos








Editado: Febrero 14, 2010 13:39:23
 
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CHAVALON
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14/Feb/10 13:37
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

Chavalón:

'La puedes presentar hasta que el SAT te la requiera y aún así TIENES 30 DÍAS para presentarla, SIN MULTA...'


Muy buen punto, Chavalón...ya se me había 'barrido este detallito'.

Salu2!!!
 
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memoli
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14/Feb/10 14:24
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

GRACIAS CHAVALON............SI, TIENES RAZON,................SOLO QUE EN LO PERSONAL ME 'QUEDO' CON ESTO

VIII. Presentarán a más tardar el día 15 de febrero de cada año la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores ......

COMO QUE POR DISCIPLINA EN MIS CLIENTES Y PROPIA......


ES DECIR, NO ME GUSTA 'CAER' EN LA 'POTESTAD' DE LA AUTORIDAD FISCAL.......

PERO REPITO, TIENES RAZON............PODEMOS COMERNOS 'UNOS DIAS' PARA PRESENTARLA.....

NUEVAMENTE, GRACIAS


SALUDOS
 
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lobozac
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15/Feb/10 00:57
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

Hola:

La facilidad esta diseñada por el SAT y solo siguiendo sus indicaciones es que se gana el derecho de la facilidad correspondiente

La facilidad es una dispensa otorgada por la autoridad y seria para evitarse revisar declaraciones de clientes y proveedores por ciertos contribuyentes, precisamente los que buscarian que opten por tomarla.

Si no tienen DIOTS por la que se encuentren obligadas, entonces seguramente por esos contribuyentes, seguramente desearian revisar esos contribuyentes. Si no como podrian ejercer sus actividades de fiscalizacion, sino presentan alguna declaracion informativa.

Asi que la equidad si se presentaria.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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15/Feb/10 01:01
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

En efecto, existen dos fechas de vencimiento para la declaracion de clientes y proveedores
si se opta por la primera, es la mas logica de aplicar en el sentido que toda la documentacion y operaciones son mas faciles de determinar pues se tendrian a la mano.

Pero, si se tiene acceso facil o pre-preparada esa informacion y bien guardado, la opcion segunda resultaria altamente atractiva, pues no se le da opciones de verificacion a la autoridad, claro que si la requieren esa oportunidad desaparece.

Algunos comentan que entre menos cambio se entregue es mejor. Bueno eso depende de cada quien.
 
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enrique9727
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15/Feb/10 10:27
Re: RFC LIBRERIA, NO OBLIGACION IVA, NO DIOTS.....NO CLIENTES Y PROVEEDORES ???

EL AÑO PASADO SE TRATO ESTE TEMA...

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=34201&idCat=10&p=1
 
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