Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
03/Feb/10 14:01
vacaciones fundamento legal

Sres. primero expongo el caso..
una persona comenta que las vacaciones deben pagarse además del sueldo 'quincenall' integramente.... a que va esto... a que se le pague por ej.
15 dias de trabajo (trabajó realmente 9)
6 dias de vacaciones (disfruto los 6 dias)
25% de esos 6 dias.

En que articulo y de que manera fundamento que lo siguiente no es correcto..???. puesto que se debe de pagar por ej.

9 días de trabajo
6 dias de vacaciones
25% de esos 6 días

(que esos 6 dias no laborados No deben ser pagas, mientras que el pago de las vacaciones 'sustituye' ese periodo')

:cool:
 
Perfil

rtristan
Soldado

Mensajes: 14
Ingresó: Octubre 26, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Feb/10 15:52
Re: vacaciones fundamento legal

Hola. Buena Tarde!!!

Consulte los Art.s 76 al 81 LFT.


Saludos!!!
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Feb/10 17:24
Re: vacaciones fundamento legal

Por lo que comentas, en su recibo tendrías que considerar

Sueldo = 9 días
Vacaciones = 6 días
P. Vacacional = 25% de esos 6 días en el supuesto de que cuente con las prestaciones mínimas de ley.

Saludos.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14666
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Feb/10 18:31
Re: vacaciones fundamento legal

Saludos rtristan, cambiasela a tu trabajador, pidele que el te fundamente de donde saco la idea de que se le deberia pagar integramente los 15 dias ademas de sus vacaciones.

A ver que te dice..jejje

La fundamentacion del pago y la forma de como se debe generar la nomina de ese periodo, ya te la dieron por los compañeros foristas.
 
VOTA X EL QUE QUIERAS, PERO VOTA ESTE 1 DE JULIO.. A VENCER EL ABSTENCIONISMO. SALUDOS. Twitter: @cmvdominguez
 
Perfil

cmvdominguez
Capitán Primero

Mensajes: 678
Ingresó: Febrero 19, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Feb/10 20:59
Re: vacaciones fundamento legal

:neutral: Buenas noches. Art. 86 de la LFT... a trabajo desempeñado, corresponde salario...

Comenta...??

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jun/10 17:57
Re: vacaciones fundamento legal

Buen día a todos, surge una duda con respecto a este tema.
En la empresa, antes el personal administrativo trabajaba de Lunes a Sábado, y los días de vacaciones se otorgaban conforme a la LFT, se considereba el Sábado como hábil para efectos del conteo de los días para su disfrute de vacaciones.
Hace algunos meses, hicimos un convenio con los trabajadores en cuestion, en donde se nos incrementa en horas la jornada laboral de Lunes a Viernes, con la intención de pagar el Sábado, es decir, descansar Sábado y Domingo.
Bajo este esquema, el Sábado no debería de considerarse como día de disfrute de vacaciones, es decir, los días de Descanso Obligatorio, para efecto de este convenio serían Sábados y Domingos?
O, se debe de seguir contando el Sábado como día de disfrute de vacaciones?
Quedo al pendiente de sus comentarios.
Saludos!!
 
Perfil

Asmh
Soldado

Mensajes: 18
Ingresó: Febrero 18, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Jun/10 22:53
Re: vacaciones fundamento legal

:neutral: Buenas noches. El sabado sigue siendo habil, porque lo están laborando 'entre semana'...

Saludines,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jun/10 02:26
Re: vacaciones fundamento legal

los dias descasables para vacaciones deberan ser los laborables de manera ordinaria.

Los domingos por lo que comenta no se considerarian vacacionable. Se deben considerar el dia de descanso por cada 6 dias laborados y/o descansados mediante vacaciones.

Remitase a los art 76 y 77 LFT. Ahi se expresa vacaciones en dias laborables.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jun/10 10:20
Re: vacaciones fundamento legal

una persona comenta que las vacaciones deben pagarse además del sueldo 'quincenall' integramente.... a que va esto... a que se le pague por ej.
15 dias de trabajo (trabajó realmente 9)6 dias de vacaciones (disfruto los 6 dias)
25% de esos 6 dias.



1-. Dígale a sus trabajador.....¿ trabajaste integramente los dias laborables de la Quincena ? entonces que reclama SU TRABAJADOR? simplemente porque NO tiene el derecho a que la empresa le pague por lo que NO TRABAJÓ........

2-. Si el trabajador laboró INTEGRAMENTE TODOS los dias laborables de su quincena, entonces si le paga su sueldo quincenal mas sus 6 dias de vacaciones....a contrario sensu, NO APLICA lo que dice su trabajador.............


Artículo 76 LFT.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.


En conclución, NO procede lo que dice su trabajador...



saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jun/10 13:28
Re: vacaciones fundamento legal

Sr

Obviamente tu pago es quincenal , por lo que solo y siempre estas obligado a cubrir los 15 dias que te trabaje, ahora bien, si dentro de ese periodo disfruto de sus vacaciones toma en cuenta...

1.- te debio haber firmado su solicitud de vacaciones donde señale los dias que vacaciona

2.- y tambien su firma de recibido de su pago por concepto devacaciones,

si tienes aquellos documentos, estas obligado a pagarle nadamas los dias que trabajo antes o despues de salir de vacaciones, en el periodo de quincena.

' tu cumples con pagarle integro sus dias en que descanso (vacaciones) , ya la empresa esta libre de decidir si le gratificas demas.
 
Perfil

jlchan
Teniente

Mensajes: 345
Ingresó: Julio 03, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1