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22/Ene/10 17:42
SERA DEDUCCION PERSONAL ???

Amigos:
Tengo un gasto de un centro de rehabilitacion (OCEANICA) creen q lo pudiera considerar como deduccion personal (Gastos Medicos) para el calculo del ISR Anual ???
Cuadrará en ese rubro ?

Gracias por sus comentarios
JOE
 
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JOEGON
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22/Ene/10 17:45
Re: SERA DEDUCCION PERSONAL ???

vea por favor el numeral 176 LISR...nos comenta?


saludos
 
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CPhugoocejo
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22/Ene/10 18:06
Re: SERA DEDUCCION PERSONAL ???

Joegon saludos, cito el articulo que te puede servir.


Artículo 176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.

II. Los gastos de funerales en la parte en que no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados para las personas señaladas en la fracción que antecede.

III. Los donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:

a) A la Federación, a las entidades federativas o los municipios, a sus organismos descentralizados que tributen conforme al Título III de la presente Ley, así como a los organismos internacionales de los que México sea miembro de pleno derecho, siempre que los fines para los que fueron creados, correspondan a las actividades por las que se puede obtener autorización para recibir donativos deducibles de impuestos.

b) A las entidades a las que se refiere el artículo 96 de esta Ley.

c) A las entidades a que se refieren los artículos 95, fracción XIX y 97 de esta Ley.

d) A las personas morales a las que se refieren las fracciones VI, X, XI y XX del artículo 95 de esta Ley y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 97 de la misma Ley, salvo lo dispuesto en la fracción I del mismo artículo.

e) A las asociaciones y sociedades civiles que otorguen becas y cumplan con los requisitos del artículo 98 de esta Ley.

f) A programas de escuela empresa.

El Servicio de Administración Tributaria publicará en el Diario Oficial de la Federación y dará a conocer en su página electrónica de Internet los datos de las instituciones a que se refieren los incisos b), c), d) y e) de esta fracción que reúnan los requisitos antes señalados.


comentario:

Realmente no se que tipo de comprobante te emita oceanica, pero por alla dicen que el alcoholismo una enfermad, asi que por alla, usando la imaginacion, checa la fraccion I,

El importe es relevante como para deducirlo????

Gracias
 
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cmvdominguez
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23/Ene/10 14:07
Re: SERA DEDUCCION PERSONAL ???

Es un gasto medico conforme a la legislacion correspondiente al tema de salud?
Si es asi encuadra perfectamente como deduccion.
Si no es gasto medico pues simplemente no se cae en el supuesto.
Creo que primero hay que confirmar si es omno gasto medico conforme a las leyes federales en la materia y dependiendo d ello se encuadra el aspecto fiscal.

salu2
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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24/Ene/10 09:01
Re: SERA DEDUCCION PERSONAL ???

JOEGON:
...centro de rehabilitacion (OCEANICA) creen q lo pudiera considerar como deduccion personal (Gastos Medicos) ?.....

Si el contribuyente o el familiar paciente fue tratado por alcoholismo, en mi opinión si se puede considerar como una deducción personal, dado que este tipo de dependencia, se considera como una enfermedad:

Wikipedia

El alcoholismo es una enfermedad que consiste en padecer una fuerte necesidad de ingerir alcohol, de forma que existe una dependencia física del mismo, manifestada a través de determinados síntomas de abstinencia cuando no es posible su ingesta. El alcohólico no tiene control sobre los límites de su consumo y suele ir elevando a lo largo del tiempo su grado de tolerancia al alcohol.

http://es.wikipedia.org/wiki/Alcoholismo


Alcoholismo

Una enfermedad


El alcoholismo es una enfermedad crónica, progresiva y a menudo mortal que se caracteriza por una dependencia emocional y a veces orgánica del alcohol. Es producida por la ingestión excesiva de alcohol etílico, bien en forma de bebidas alcohólicas o como constituyente de otras sustancias. El alcoholismo parece ser producido por la combinación de diversos factores fisiológicos, psicológicos y genéticos.

Es un trastorno primario y no un síntoma de otras enfermedades o problemas emocionales. La química del alcohol afecta casi todo tipo de célula en el cuerpo, incluyendo las que se encuentran en el sistema nervioso central. El alcohol domina su pensamiento, emociones y acciones.

Una vez que el alcoholismo se ha apoderado de un individuo, no puede decirse que la víctima esté cometiendo una falta moral. En ese estado, el alcohólico no puede valerse de su fuerza de voluntad, porque ya ha perdido la facultad de decidir si usa el alcohol o si se abstiene de él.

http://www.monografias.com/trabajos29/alcoholismo/alcoholismo.shtml#alcoholenf


También puedes consultarlo en la LEY GENERAL DE SALUD:

http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/legis/lgs/index-indice.htm

Arts. 184 y 185, entre otros



Saludos







Editado: Enero 24, 2010 10:38:00
 
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CHAVALON
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25/Ene/10 09:27
Re: SERA DEDUCCION PERSONAL ???

Gracias Foristas

pues queda bastante claro con todos estos argumentos
Saludos
 
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