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13/Ene/10 18:37
DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

EL IMSS REALIZÓ UNA VISITA A UN PATRON, EN DONDE DETERMINÓ DAR POR IMPROCEDENTE EL ALTA DE UN TRABAJADOR, POR LA INEXISTENCIA DE LA RELACION LABORAL.

ASI MISMO, EL IMSS EN SU RESOLUCIÓN, DETERMINÓ TENER POR NO RECONOCIDAS LAS SEMANAS DE COTIZACION DEL TRABAJADOR, ESTO DESDE LA FECHA EN QUE SE DIO DE ALTA (23 DE AGOSTO DE 2004).

QUE TENGO QUE HACER Y CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA RECUPERAR EL IMPORTE DE LAS CUOTAS PAGADAS AL IMSS Y LAS APORTACIONES AL INFONAVIT, Y QUE TENGO QUE HACER CON LA AFORE?

QUE TIEMPOS TENGO PARA HACER LOS TRAMITES?

QUE AL FIN YA SE PAGO EL CAPITAL CONSTITUTIVO POR LOS SERVICIOS OTORGADOS AL TRABAJADOR. EL PAGO LO HICE EL 06 DE ENERO DE 2010.
 
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CarLagos
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13/Ene/10 19:30
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

Hola:

Debe realizar el patron las declaraciones complementarias correspondientes. Eliminando al supuesto y entre dicho 'trabajador', de esa forma dejarían plasmado un pago de lo indebido.

En este calculo y declaracion sería complementario, en el mismo se indica cuánto se pagó anteriormente, dejandose asi un saldo a favor debido a un pago en exceso. Habiéndose realizado de manera indebida.

Luego debe solicitarse mediante formulario que el pago de lo indebido sea devuelto, acreditandose la personalidad y el saldo por pago de lo indebido.

En mi experiencia el IMSS no devuelve montos a favor. Pero, si le dan la oportunidad de compensarlo contra otro saldo a cargo aun no cubierto. Pero debe hacerse en las mismas oficinas de la Subdelegacion.

Posiblemente no pueda recuperar todo el dinero, algunos indican que solamente 1 año como máximo.

La SHCP devuelve hasta 5 años de conformidad al art 22 CFF. Pero, por mi parte no entiendo lo de tan solo 1 año segun para el IMSS. Considero que tambien debe ser por 5 años, a menos que alguna disposicion en LSS se dicte una situacion distinta. Mas sin embargo, me parece que el derecho de la recuperación nace en el momento de aplicar la declaracion complementaria.

Según uno de los párrafo del Art 22 CFF indica lo siguiente:

Artículo 22.- Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. En el caso de contribuciones que se hubieran retenido, la devolución se efectuará a los contribuyentes a quienes se les hubiera retenido la contribución de que se trate. Tratándose de los impuestos indirectos, la devolución por pago de lo indebido se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditado; por lo tanto, quien trasladó el impuesto, ya sea en forma expresa y por separado o incluido en el precio, no tendrá derecho a solicitar su devolución. Tratándose de los impuestos indirectos pagados en la importación, procederá la devolución al contribuyente siempre y cuando la cantidad pagada no se hubiere acreditado.

...

Si el pago de lo indebido se hubiera efectuado en cumplimiento de acto de autoridad, el derecho a la devolución en los términos de este artículo, nace cuando dicho acto se anule. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a la determinación de diferencias por errores aritméticos, las que darán lugar a la devolución siempre que no haya prescrito la obligación en los términos del penúltimo párrafo de este artículo.

...

Lease de manera iíntegra esta disposición.
 
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enrique9727
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13/Ene/10 23:17
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

:neutral: Buenas noches. Ante imss, el trámite se llama: 'Solicitud de devolución de cuotas enteradas sin justificación legal'. Armese de paciencia y nos cuenta cómo le fue. Ante el infamevit es un trámite parecido aunque no se llama igual. Y ante las afores se llama: Devolución por pagos indebidos. La resolución en la que el imss da de baja al supuesto trabajador es el documento base.

Suerte,
El LIc.

.
 
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pepesoto
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20/Ene/10 10:58
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

Como dato adicional hay le encargamos una leida al numeral LSS 299, creo que le servira de mucho

saludos

Editado: Enero 20, 2010 10:59:14
 
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lcgabrielaranda
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20/Ene/10 20:22
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

Momento, vamos por partes.

A que se debe la determinación del instituto?
Porque paga el capital constitutivo?
Porque su conformidad en la acción del IMSS?

Cuando el Instituto, después de analizar la infomación proporcionada a través del aviso de afiliación correspondiente y concluir su inspección física (visita), determina que el afiliado en discordia efectivamente les presta servicios personales, no trasciende en sanción alguna, porque únicamente cumplieron con la obligación de inscribir a uno de sus trabajadores ante dicho Instituto.

Pero si descubre lo contrario, lo hará de su conocimiento, para que en un término de cinco días hábiles manifiesten lo que a su derecho convenga, y en caso de no desvirtuar los hechos, procede a dar de baja al supuesto trabajador.

Ud no comenta nada al respecto por lo que sería conveniente analizar la conducta de la autoridad, aunque tras líneas aprecio que están satisfechos con el resultado de la revisión, no obstante le pediría considerar su petición de devolución por lo que le comento a continuación:

En caso de determinar la baja del presunto trabajador, el Instituto aplicará las cuotas pagadas a resarcir los gastos de administración y de operación incurridos por sí mismo, dejando a salvo los derechos del presunto trabajador para reclamar, en su caso, los importes depositados en su cuenta individual.

Y su complicación viene aquí:

Presentar avisos afiliatorios con datos falsos, es una infracción a las disposiciones de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, la cual es sancionada de 20 a 210 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal ($1.149.20 a $12.066.60).

Por si lo anterior fuera poco, desde Junio de 2007, el simular la existencia de una relación laboral con personas que no prestan servicios a un patrón, es un acto equiparable a la defraudación a los régimenes del Seguro Social, cuya pena se aplica solamente si el Instituto formula la querella respectiva ante la autoridad competente, y ésta varía de acuerdo al importe defraudado, a saber:
• Hasta 13,000 salarios mínimos diarios vigentes en el DF (SMDVDF), la pena es de tres meses a dos años de prisión;
• Más de 13,000 y menos de 19,000 SMDVDF, la pena correspondiente es de dos a cinco años de prisión, y
• Más de 19,000 SMDVDF, la pena corporal es de cinco a nueve años.

Fundamentos (LSS):
Artículo 17, segundo y tercer párrafos
Art 251, fracción XI
Art 304-A, fracción VI
Art 304-B, fracción III
Art 307
Art 308
Art 310, fracción IV

Le aconsejo un análisis más a fondo antes de tomar la decisión comentada y en su caso protegerse de alguna posible reacción del instituto

vcaspe
 
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vcaspe
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20/Ene/10 21:22
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

Hola:

Gracias Gabo por el artículo equivalente en LSS (299) del CFF (22) De paso se despejo mi pseudo duda del plazo de la prescripción apropiado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Ene/10 19:44
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

Muchisimas gracias a la atencion del presente FORO.

Toda la informacion aqui presente, me ha sido de gran utilidad.

Con respecto a lo planteado por 'VCASPE', respondo lo siguiente:
1.- La determinacion del IMSS se debió porque inició el ejercicio de sus facultades de comprobacion, requiriendo al patron mediante un oficio, diversa informacion, como alta, movimientos afiliatorios, nomina, declaraciones anuales de impuestos, recibos de nomina, registros de asistencia de los trabajadores. Desafortunadamente, el PATRON, no dio contestacion a los oficios del IMSS, lo anterior por la falta e intencion de asesorarse con un especialista en la materia, por lo tanto el IMSS determino de la manera que Ustedes ya saben. (cabe mencionar, que la revision, mas que nada, fue impulsada porque al IMSS se le pidio por escrito, una constancia de semanas cotizadas del TRABAJADOR, y como en el IMSS observaron que era de una persona con muchas semanas, y vieron la edad del trabajador, asi que de inmediato mandaron la revision, que vivos verdad).
2.- El capital constitutivo, se determinó en base a los usos y servicios prestados al TRABAJADOR, pero fue muy poco, solo dos consultas, por ello, eptaron por pagarlo, porque pelear ese capital constitutivo en un Tribunal, la verdad le salia al patron mas caro.
3.- En cuanto a mi conformidad con la accion del IMSS, claro que no estoy conforme, al contrario, aún y cuando yo no soy ni el PATRON ni el TRABAJADOR me siento lesionado en mi esfera juridica, toda vez que derivado de la actuacion del IMSS el trabajador ya no tiene reconocidas las semanas cotizadas que su patron pagó. Eso si que es un atropello. Tan inconforme estoy, que pretendo iniciar un procedimiento de Reconsideracion Administrativa, toda vez que la revision del IMSS esta viciada desde su primero solicitud de informacion, así como de la notificacion de este. Pretendo, claro, si se me otorga el consentimiento del Patron, o bien del Trabajador, que en este caso es el mas afectado en sus derechos y garantias.

En cuanto a la defraudacion fiscal, la verdad es que no fue meramente simular la relacion laboral entre el Patron y Trabajador, pues en realidad si existió una Relacion Laboral, pues el Trabajador si estaba bajo el mando y subordinacion por remuneracion del Patron. Lo malo, fue que no cuentan con los documentos idoneos, para acreditar dicha relación, tales como contrato, nomina, lista de raya, etc., etc.

Gracias por todos los comentarios.
 
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21/Ene/10 20:37
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

Entendido y coincido completamente, un verdadero atropello, arbitrariedad y abuso de autoridad.

Aunque hay eslabonamiento en todo el proceso te recomiendo la impugnación ante la autoridad competente, considera los tiempos.

Saludos y éxito!!
 
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vcaspe
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21/Ene/10 20:56
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

:neutral: Buenas noches. Me va usted a perdonar, pero en este caso le doy enteramente la razón al imss... por qué..?? Por lo que ud mismo dice:

...no fue meramente simular la relacion laboral entre el Patron y Trabajador, pues en realidad si existió una Relacion Laboral, pues el Trabajador si estaba bajo el mando y subordinacion por remuneracion del Patron. Lo malo, fue que no cuentan con los documentos idoneos, para acreditar dicha relación, tales como contrato, nomina, lista de raya, etc., etc.


Suerte a la otra,
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21/Ene/10 23:35
Re: DEVOLUCION CUOTAS IMSS-INFONAVIT, POR ALTA IMPROCEDENTE

1er atropello: 'por lo tanto el IMSS determino de la manera que Ustedes ya saben'
2do atropello: 'la revision, mas que nada, fue impulsada porque al IMSS se le pidio por escrito, una constancia de semanas cotizadas del TRABAJADOR, y como en el IMSS observaron que era de una persona con muchas semanas, y vieron la edad del trabajador'
3er atropello: 'El capital constitutivo, se determinó en base a los usos y servicios prestados al TRABAJADOR' Pues que no estaba afiliado? Por fin, era o no era trabajador
4to atropello: 'derivado de la actuacion del IMSS el trabajador ya no tiene reconocidas las semanas cotizadas que su patron pagó'
5to atropello: 'revision del IMSS esta viciada desde su primero solicitud de informacion, así como de la notificacion de este'

Añado:
Aún y cuando el patrón omitió atender oportunamente el requerimiento de la autoridad me queda claro que esta se condujo extralimitándose en sus funciones y facultades;

Aún y cuando 'no cuentan con los documentos idoneos, para acreditar dicha relación, tales como contrato, nomina, lista de raya, etc., etc.', sí como dice es un hecho que estamos frente a una relación de trabajo sujeta de afiliación al ROSS, hay otras maneras de comprobarlo

Sólo le cuestionaría el 'procedimiento de Reconsideracion Administrativa'?

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vcaspe
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