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13/Ene/10 11:10
Procedimiento de Calculo de ISR en pagos de Primas de Antiguedad,Liquidaciones

Buenos Dias!
Referente al Pago de Liquidacioens y Primas de Antiguedad por obligacion se le tiene que retener el ISR del Pago Provisional considerando unicamente las partes gravadas y ademas se tiene que calcular el ISR anual conforme al articulo 112 Fraccion I y II pero tengo una duda ?Dedo de aplicar la proporcionalidad al momento de calcular el ISR anual conforme al ultimo periodo que trabajo?.
 
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meescobedo
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13/Ene/10 19:47
Re: Procedimiento de Calculo de ISR en pagos de Primas de Antiguedad,Liquidaciones

El reglamento de la LISR marca algunos tratamientos, sugiero que consultes este reglamento
Te orientara en el procemiento apropiado.

Sino realiza una consulta en el SAT
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/Ene/10 20:23
Re: Procedimiento de Calculo de ISR en pagos de Primas de Antiguedad,Liquidaciones

Buenas Noches:

El articulo 113,de L.I.S.R. en su sexto parrafo (si no me falla el conteo de parrafos), habla de como efectuar la retencion al momento de efectuar el pago respectivo.

Por otro lado en el articulo 112 de la L.I.S.R. menciona y define la forma del calculo anual para quienes reciben ingresos por esos conceptos.

Por lo que hay que ubicar tu caso a una de estas particularidades, el primero es obligatorio para quien lo paga, y el segundo procedimiento lo aplicara quien recibe esos ingresos, a la hora de elaborar su declaracion anual
 
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Ramusa
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14/Ene/10 10:04
Re: Procedimiento de Calculo de ISR en pagos de Primas de Antiguedad,Liquidaciones

Coincido con lo que menciona ramusa.

Aplicar artículo 113 de la LISR.
Sexto párrafo considerando que el 2° fué derogado, sería el quinto párrafo.

Si lo liquidas en el mes de diciembre y el patrón está obligado a realizar el cálculo anual de ese trabajador, aplicaras el procedimiento que marca el artículo 112 LISR.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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14/Ene/10 10:08
Re: Procedimiento de Calculo de ISR en pagos de Primas de Antiguedad,Liquidaciones

Muchas Gracias! Ya me quedo claro, entonces si lo liquido en el mes de diciembre le realizo el calculo anual de acuerdo al articulo 112 y si no es en el mes de diciembre unicamente aplica la retencion de ISR del pago provisional.
 
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meescobedo
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14/Ene/10 17:15
Re: Procedimiento de Calculo de ISR en pagos de Primas de Antiguedad,Liquidaciones

La LISR marca las minimas obligaciones que deben de aplicarse.

Asi que si haces en cada calculo de retencion proporcional conforme a la tabla anual, a mi juicio, se estaria aplicando una proporcionalidad en cada momento de pago. Es algo muy tedioso y molesto, de ahi que la ley marque una simplificacion con las tablas mensuales.

Mas sin embargo, considero factible si se desea el calculo anual de manera anticipada, la LISR no lo prohibe y si se aplica de manera mas fina la proporcionalidad.

Pero, eso si el tratar de aplicar un calculo anual de manera anticipada es mas complicado que un pago por retencion tradicional y considero que debe hacerse a consiencia pues se corre el riesgo de determinar de manera equivocada un retencion conforme a la tabla anual.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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