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09/Ene/10 13:47
DEDUCIBILIDAD PAGOS EN EFECTIVO

BUENAS TARDES

MI PREGUNTA ES, SI HAGO PAGOS EN EFECTIVO PARA PODER HACERLOS DEDUCIBLES NO DEBEN EXCEDER DE $2,000.00, ESTA CANTIDAD ES CON IVA INCLUIDO Y SIN CONCIDERAR EL IVA?
 
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VISEL
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09/Ene/10 14:02
Re: DEDUCIBILIDAD PAGOS EN EFECTIVO

ES CON IVA INCLUIDO Y SIN CON s IDERAR EL IVA? ..........o sea.......como ?


saludos
 
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lobozac
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09/Ene/10 14:05
Re: DEDUCIBILIDAD PAGOS EN EFECTIVO

SORRY, LA PREGUNTA ES SI ES CON IVA INCLUIDO O SIN CONCIDERAR EL IVA, LOS PAGOS EN EFECTIVO QUE NO EXCEDAN DE $2,000.00
 
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VISEL
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09/Ene/10 14:33
Re: DEDUCIBILIDAD PAGOS EN EFECTIVO

tropezon ........dos veces con la misma piedra........


SORRY, LA PREGUNTA ES SI ES CON IVA INCLUIDO O SIN CON C IDERAR EL IVA, LOS PAGOS EN EFECTIVO QUE NO EXCEDAN DE $2,000.00


la LISR CON S [b]IDERA[/b], art 31

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado...EN CORRELACION CON LIVA, QUE A SU VEZ MENCIONA.......

ART 2 C...

Los contribuyentes a que se refiere el presente artículo trasladarán el impuesto al valor agregado incluido en el precio a las personas que adquieran los bienes o reciban los servicios

y como la ley no distingue,..............entonces NO DEBEMOS DISTINGUIR

saludosEditado: Enero 09, 2010 14:35:33
 
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lobozac
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09/Ene/10 19:58
Re: DEDUCIBILIDAD PAGOS EN EFECTIVO

Hola:

El IVA es UN VALOR AGREGADO. No forma parte del valor mercancia.

Por regla general el IVA no se deduce, excepto de que no se deba acreditarse y si el contribuyente de ISR tambien lo sea para el IVA.

La LISR regula la grabacion de la renta. Si esta ley regula a las deducciones para efectos de ISR, entonces qué tiene que estar aplicando requisitos para efectos del IVA.

Considero que para las deducciones para ISR, solo se debe de aplicar estos requisitos precisamente que marca la LISR. Si se cumplen, que bien, pues ya podrian ser aplicarses y por ende conseguirlas cabalmente deducibles.

Cuando veas un letrero en algun lugar la señal de ALTO por las calles En ocasiones te implicará aplicar esa orden. ¿De que depende? pues de que si se tiene el control de algun vehiculo. No es para que vaya al encuentro de un vehiculo y realices la orden.

En otras palabras si no se deduce el IVA, la regla sale sobrando, pues el requisito consiste para las partidas habrán de deducirse para efectos de la LISR.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Ene/10 12:13
Re: DEDUCIBILIDAD PAGOS EN EFECTIVO

Saludos...


La fracción III del artículo 31 de la ley del impuesto sobre la renta habla de PAGOS, y en los pagos va el Iva incluido; por lo tanto, en mi opinión, el límite de los $2,000.00 es para los pagos en esa cantidad, obviamente con el Iva incluido.


Espero haberte ayudado.
 
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cisneros
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