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22/Dic/09 11:58
CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

ESTIMADOS FORISTAS, BUENOS DIAS.



MI CLIENTE COMPRO UN EQUIPO DE REPARTO DE MERCANCIAS, CUANTO PUEDO DEDUCIR SI COSTO $ 320,000.00? APLICA EN ESTE CASO LOS 175,000.00 QUE MARCA LA LEY DEL ISR?.

POR SU ATENCION LES ANTICIPO LAS GRACIAS.
 
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CPRENEREYES
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22/Dic/09 12:02
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

ve esto por favor..criterios normativos 2009


60/2009/ISR Deducciones del impuesto sobre la renta. Los vehículos denominados Pick Up, son camiones de carga.


El artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que la inversión en automóviles sólo será deducible hasta por un monto de $175,000.00.

Por su parte, el artículo 40, fracción VI de la misma Ley dispone que tratándose de automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques, el porciento máximo autorizado como deducción es del 25%.

A su vez, el artículo 124, tercer párrafo de la Ley en cita señala que con excepción de los automóviles, terrenos y construcciones, los contribuyentes que únicamente presten servicios profesionales y que en el ejercicio inmediato anterior sus ingresos no hubieren excedido de $840,000.00, podrán deducir las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio por la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos.

El artículo 3-A del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, define al automóvil como aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor, precisando en su segundo párrafo que no se consideran comprendidas en la definición anterior las motocicletas, ya sea de dos a cuatro ruedas.


Autorizado mediante oficio: 600-04-02-2009-78112 del 01 de diciembre de 2009. 49
Sin embargo, tanto la Ley del Impuesto sobre la Renta como su Reglamento no definen lo que debe entenderse por vehículos o camiones de carga, por lo que acorde con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 5o., del Código Fiscal de la Federación, se aplica de manera supletoria el Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales, mismo que en su artículo 2, fracción III, numeral 6, define a los vehículos Pick Up como camiones, entendiendo a éstos como aquellos vehículos de motor, de cuatro ruedas o más, destinado al transporte de carga.

En este sentido, los vehículos denominados pick up son camiones de carga destinados al transporte de mercancías, por lo que no deben ser considerados como automóviles para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


saludos
 
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CPhugoocejo
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22/Dic/09 17:01
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

Hola:

Usted argumenta que es un equipo de reparto, no que sea un automóvil.

Autoconteste su pregunta, con relaición a lo antes referido.

Debe ver las reglas con aplicación ESTRICTA, NO lo que Usted piense que posiblemente debe proceder. Art 5 CFF.

El artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que la inversión en automóviles sólo será deducible hasta por un monto de $175,000.00.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Dic/09 10:27
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

¿Su cliente es persona física o moral? ¿El equipo de reparto tiene que ver con el giro de su cliente? ¿A qué se dedica su cliente? ¿En qué consiste el equipo de reparto? ¿Es una camioneta o un coche?
 
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Robles1
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23/Dic/09 10:38
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

Hola, me quedo con parte del comentario de robles........MI CLIENTE COMPRO UN EQUIPO DE REPARTO DE MERCANCIAS......conozco una persona que REPARTE SU MERCANCIA EN ....CARRETILLAS........VENDE TUNAS Y NOPALITOS !!!!!!!!!!!!!!!!


NOS APOYAS CON LA INFORMACION 'EXACTA' ?


GRACIAS


SALUDOS Y FELICES FIESTAS
 
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lobozac
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23/Dic/09 11:27
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

SRES, BUENOS DIAS

EL EQUIPO DE REPARTO CONSISTE EN UNA CAMIONETA TIPO PICK UP, EL GIRO ES VENTA DE PAPELERIA AL MAYOREO, SOMOS DISTRIBUIDORES, PERSONA FISICA.
 
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CPRENEREYES
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23/Dic/09 22:42
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

Entonces aplicas el criterio que te dejaron previamente



saludos y felices fiestas
 
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24/Dic/09 08:48
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

SRES. FORISTAS. MUCHAS GRACIAS, QUE PASEN FELIZ NAVIDAD Y UN PROSPERO AÑO NUEVO. SU SERVIDOR. C.P. RENE REYES
 
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CPRENEREYES
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24/Dic/09 09:49
Re: CANTIDAD A DEDUCIR EN EQUIPO DE REPARTO

Igualmente Rene...



saludos
 
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CPhugoocejo
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