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02/Dic/09 14:12
I.S.R. SE COMPO VS IETU

Hola quisiera saber si puede aplicar compensacion de i.s.r. anul de eje. de 2008 que page de mas apliarlo a ietu. Obien el saldo a favor de isr al mismo pag. prov. de i.s.r EN este caso tendria que tamben presentar oficio de compensacion.

Otra duda que tengo. es la siguiente me comentaron de el saldo a favor de ietu en na anual se puede acreeditar bien en este caso tengo que presentar el formato correspondiente de compensacion. Yo me confundo porque la ley de ietu art. 8 menciona que ACREDITAR para mi se aplica el saldo sin presentar el formato de compensacion.
Felicito y agradesco su ayuda.
 
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JUANAPEREZ
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12/Dic/19 08:19
Re: I.S.R. SE COMPO VS IETU

ISR/IETU son impuestos acreditables entre si a nivel anual, así que dentro del mismo año no se presentan avisos de compensación salvo cuando el Saldo Anual de un año anterior lo aplica vs pagos provisionales de otro ejercicio,
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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