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25/Nov/09 13:52
PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

Buenas tardes a todos los foristas.

Mi duda o inquietud es la siguiente:

Personas fisica con actividad emoresarial, compra mercancias con valor mayor de 2,000.00, en la factura viene anexo pagare, si lo firmo y la fecha de la factura es de octubre de 2009, la cual se pagara en noviembre de 2009, firmando el pagare se podra deducir para isr, ietu e iva en el mes de octubre, y no esperara hasta el mes de noviembre. ejemplo de asiento de una factura con fecha de 15 de octubre de 2009.

Compras 50,000.00
Iva 7,500.00
Documentos por pagar 57,500.00
Se firma el pagare anexo en factura para hacer deducible el gasto en octubre de 2009.
En noviembre de 2009, cuando se paga con cheque el asiento seria:
Documetos por pagar 57,000.00
Bancos 57,000.00

Ello con fuandamento en el ultino parrafo del Art.29 del CFF que dice
Que se entinde por pago
Para los efectios de este articulo, se entiende por pago el acto por virtud del cual el deudor cumple o extingue bajo cualquier titulo alguna obligacion.

Eperand haberme dado a entender, espero sus respuestas.
 
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rooj6002
Cabo

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25/Nov/09 16:21
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

Hola, firmar un pagaré se considera una de las formas de pago, tanto fiscal, como legal y mercantilmente ?........que nos dices ?


saludos
 
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lobozac
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25/Nov/09 16:41
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

jooj


pregunta....¿ como encuadrarias como medio de pago el numeral 31 F-III primer parrafo LISR, propiamente en tu caso?


saludos
 
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CPhugoocejo
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25/Nov/09 17:06
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

HOLA: Lobo:
En cierta forma(un tercero por cta del c..) si se considera efectivamente erogado , para IETU vea lo que dispone la segunda oración de la fracción III del Art. 6 LIETU.


Salutaciones
 

 
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SaúlCastroVázqz
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25/Nov/09 17:19
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

El pagaré NO es un medio de PAGO sino que es una PROMESA de PAGO.

Dicho de otra manera, es un RECONOCIMIENTO DE LA D E U D A y al mismo tiempo se asume la obligación FUTURA DE PAGO.

Conforme a la LGTyOC; el pagaré debe contener:

I.- La mención de ser pagaré...

II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;

IV.- La época ... del pago;

Al ser el PAGARÉ una promesa de p a g a r un dinero, queda claro que dicho dinero NO se ha pagado, pues si no no tendría razón de ser el pagaré. De allí su nombre, pagaré (efectuaré el pago a futuro).

Esta idea de pago futuro se refuerza con las fracciones III y IV en donde se menciona 'ha de hacerse' 'época de pago', mediante las cuales ha de quedar definido desde la emisión del pagaré cuando se pagará y a quien se pagará, todo esto a futuró.

Por ende, al tratarse el pagaré de una PROMESA DE PAGO, no puede entenderse como un PAGO REALIZADO, pues de pretenderlo así, se estaría alterando la naturaleza de título de crédito conocido como PAGARÉ.

El sólo uso del término PAGARÉ, por omisión, representa un reconocimiento de que NO HE PAGADO, pues si debo algo que pagaré a futuro, es porque no lo he pagado, dado que si lo he pagado no tiene razón prometer nuevamente el pago, pues esto sería ilógico.

Para considerar el PAGARÉ como un medio de pago, NO debería de decir PAGARÉ sino RECIBO, es decir, dejar de ser una PROMESA DE PAGO, en virtud de ya haber pagado.
 
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AlbertoFC
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25/Nov/09 17:22
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

Bien Alberto, ....por ahi va la cosa.....

saludos a todos
 
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lobozac
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25/Nov/09 17:28
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

El pagaré es una PROMESA DE PAGO y no UN MEDIO DE PAGO.

De allí su nombre y naturaleza paga (pago en el futuro).

Para pretender considerarlo un medio de pago y no una promesa de pago, debería de dejar de llamarse 'PAGARE' y llamarse 'YA PAGUE'.

Igual; saludos a todos.
 
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AlbertoFC
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25/Nov/09 17:38
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

jajajajajajja...........muy buena.......debería de dejar de llamarse 'PAGARE' y llamarse 'YA PAGUE'

otra vez bien


saludos
 
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lobozac
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25/Nov/09 17:42
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

para tener en cuenta lo que es un pagare, podras leer los articulos 170 al 174 de la Ley General de Titulos y operaciones de credito? ya los compañeros dieron sus opiniones muy acertadas.. despues de ello, nos podras comentar?

saludos
 
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jmms
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25/Nov/09 17:54
Re: PAGARE COMO MEDIO DE PAGO

Vaya! hasta que te leo reír Lobo, eso es bueno, muy bueno.

Digo 'te leo', pues no puedo poner 'te veo' (sonreir) o 'te oigo' (reir), pues como dijo Salinas (Carlos) ni te veo ni te oigo, en este caso solo 'te leo' reir mediante la onomatopeya de la risa.

Insisto, eso es muy bueno, por aquello de que la risa es contagiosa.

Volviendo al tema:

Un efecto adverso de 'considerar' pagado por la sola emisión del pagaré, sería el siguiente:

a) Nosotros acreditamos (para IVA), deducimos (para IETU) y desaparece nuestro pasivo para ISR.

b) Pero nuestra contraparte (a quien supuestamente le pagamos) NO considera efectivamente (para efectos del IVA), tampoco acumula (para efectos del IETU) y su cuenta por cobrar (crédito) sigue vivo para efectos del ISR.

Es decir, al fisco no les cuadrarían las cuentas. Al hacer una compulsa y/o comprobación corroboraría que le hemos dado efecto fiscal a partidad que NO han sido pagadas.

El problema sería para quien pretende considerar pagado, algo que aún no lo está.
 
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AlbertoFC
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