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24/Nov/09 13:52
QUE ES LO CORRECTO?

Una duda. Una persona moral, tiene varias sucursales , la cual renta los edificios, en una de ellas pondra dos letreros con el nombre la empresa, el importe del letrero oscila entre los $140,000.00 c/u, que seria lo correcto considerarla como un activo e ir amortizando esta cantidad, contable y fiscalmente., o bien considerarla como un gastos de publicidad .
Espero comentarios, gracias.
 
Buen dia!
 
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mvazquezs22
Teniente

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24/Nov/09 14:11
Re: QUE ES LO CORRECTO?

ya analizo el numeral 38 LISR?


sera lo mismo depreciar que ir amortizando?



comente por favor....


saludos
 
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CPhugoocejo
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24/Nov/09 17:56
Re: QUE ES LO CORRECTO?

Saludos, hace poco tuve ese mismo asunto, lo clasifique como activo y lo fui depreciando, me base en que se utiliza para la actividad del contribuyente y que se va demeritando a traves del tiempo el anuncio. Pero lo que mas me influyo a clasificarlo, era que el monto era representativo en relacion a los ingresos que tenia.

Saludos.
 
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cmvdominguez
Capitán Primero

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24/Nov/09 17:57
Re: QUE ES LO CORRECTO?

Espero que le den seguimiento los compañeros a este topico, para saber si clasifique correctamente la operacion antes mencionada.
gracias
 
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cmvdominguez
Capitán Primero

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24/Nov/09 18:03
Re: QUE ES LO CORRECTO?

Buena tarde:

En relación con el tema me permito trancribir criterio de la SCJN:

Registro No. 182103
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIX, Febrero de 2004
Página: 229
Tesis: 2a./J. 11/2004
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa

RENTA. GASTO E INVERSIÓN. DIFERENCIAS PARA EFECTOS DE SU DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

El artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta precisa los conceptos que tiene derecho a deducir el contribuyente, entre los que se encuentran los gastos y las inversiones. Sin embargo, la propia ley establece un tratamiento diferente para la aplicación de dichos conceptos, el cual atiende a que los gastos pierden potencial para generar ingresos en el futuro, ya que sólo tienen significado y efectos en el ejercicio al cual corresponden; mientras que las inversiones (específicamente los activos fijos), en términos generales, pierden dicho potencial para generar ingresos de manera paulatina y conforme se deprecian por su uso, incidiendo en la consecución de los fines de la empresa, no sólo en el ejercicio en que se eroga el costo correspondiente, sino que trasciende a varios periodos fiscales. En consecuencia, tratándose de erogaciones conceptuadas como gastos, su deducción debe realizarse en atención a las normas contenidas en los artículos 22, fracción III, 24, fracción III y, 25, fracción IV, de la ley citada, esto es, en el ejercicio fiscal en que se realizaron, en tanto que respecto de las inversiones, concretamente de bienes de activo fijo, la deducción correspondiente debe hacerse en términos de las reglas señaladas en los artículos 41, 42 y 44 del ordenamiento mencionado, vía depreciación y en los diversos ejercicios fiscales que correspondan al caso.

Contradicción de tesis 134/2003-SS. Entre las sustentadas por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito. 30 de enero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: María Dolores Omaña Ramírez.

Tesis de jurisprudencia 11/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de febrero de dos mil cuatro.


Ejecutoria:

1.- Registro No. 18017
Asunto: CONTRADICCIÓN DE TESIS 134/2003-SS.
Promovente: ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Localización: 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Abril de 2004; Pág.
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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24/Nov/09 18:08
Re: QUE ES LO CORRECTO?

El articulo 38 del LISR tiene el concepto de lo que es activo fijo, gastos diferidos, cargos diferidos y erogaciones realizadas en periodos preoperativos. Creo que leerlos te ayudaria a clasificar la erogacion.
 
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mirtasoto
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25/Nov/09 00:29
Re: QUE ES LO CORRECTO?

Code:
era lo mismo depreciar que ir amortizando?


El compañero aplicó bien el termino.... '...irlo amortizando'. Lo que indico equivocadamente, fue el termino ACTIVO FIJO, en lugar de CARGO DIFERIDO
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Nov/09 01:08
Re: QUE ES LO CORRECTO?

tuve un caso similar, y el auditor
me sugirio que era un cargo diferido y que se podria ir amportizando, nos llego una visita de gabinete y no hicieron ningun comentario por esta aplicacion..y nos la consideraron como buena.
 
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jmms
Sargento Primero

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25/Nov/09 09:31
Re: QUE ES LO CORRECTO?

Saludos enrique, jmms ( un gusto encontrar a alguien de yucatan en el foro ), a ver si me pueden apoyar ampliando por que seria un cargo diferido y no un activo fijo.
Tal vez me quede con una idea erronea, pero no un requisito del cargo diferido segun el art. 38 de lisr es que sea intangible. En este caso es un anuncio,
Agradeceria comentarios,
Saludos
 
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cmvdominguez
Capitán Primero

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25/Nov/09 09:48
Re: QUE ES LO CORRECTO?

sera esto?

CARGO DIFERIDO

Aquella parte de los gastos que habiendo sido pagados en un periodo determinado, no corresponden a los resultados de éste, sino a ejercicios posteriores y por lo tanto, su absorción en la cuenta de pérdidas y ganancias se difiere para el periodo o periodos respectivos.

se amortiza?


saludos
 
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CPhugoocejo
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