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20/Nov/09 14:40
SOBRE CHEQUES..

Buenas tardes.. a ver alguien que me apoye en esto.. los cheques tienen una caducidad apartir del momento en que lo extiendo, no recuerdo el fundamento y mi confusion es si son de 90 dias o de 180 dias.. podrian apoyarme..

saludos.
 
CP Elizabeth Esquivel... 'Las oportunidades son como los amaneceres, si uno espera demasiado, se las pierde'.
 
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Elizabethes
Cabo

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20/Nov/09 14:52
Re: SOBRE CHEQUES..

Caducidad del Cheque

La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito establece plazos específicos para que un cheque sea presentado para su cobro y tenemos que estar muy atentos a ellos.

* Dentro de los quince días calendario, si se paga en el mismo lugar donde se expide.
* Dentro de un mes calendario si se va a pagar en lugar distinto, pero en territorio nacional. Se expide en Monterrey y se paga en Guadalajara, por ejemplo.
* Dentro de los tres meses naturales, si se expiden en el extranjero y se pagan en México. O a la inversa.

Una vez vencidos estos plazos, si no hemos presentado el cheque, este caduca, con la consecuencia de que perdemos el derecho de demandar el pago, por la llamada vía cambiaria, que en teoría es un juicio más corto, si el que nos dio el cheque prueba que su cuenta tuvo fondos suficientes para pagarnos. Lo podrás cobrar pero por la vía ordinaria, siendo el cheque únicamente la prueba de una deuda mercantil.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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20/Nov/09 15:03
Re: SOBRE CHEQUES..

'Aun cuando el cheque no haya sido presentado en tiempo, el librado debe pagarlo mientras tenga fondos del librador suficientes para ello'
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
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AlbertoFC
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23/Nov/09 11:48
Re: SOBRE CHEQUES..

o si no quieres q se cobre............. reportalo extraviado al banco
 
MATTY
 
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coptima
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23/Nov/09 22:10
Re: SOBRE CHEQUES..

¿Que no se llama al derecho de cobrar los cheque = prescripcion?

Artículo 191.- Por no haberse presentado o protestado el cheque en la forma y plazos previstos en este capítulo, caducan:

I.- Las acciones de regreso del último tenedor contra los endosantes o avalistas;
II.- Las acciones de regreso de los endosantes o avalistas entre sí, y
III.- La acción directa contra el librador y contra sus avalistas, si prueban que durante el término de presentación tuvo aquél fondos suficientes en poder del librado y que el cheque dejó de pagarse por causa ajena al librador sobrevenida con posterioridad a dicho término.


Artículo 192 LGTOC.- Las acciones a que se refiere el artículo anterior prescriben en seis meses contados:

I.- Desde que concluye el plazo de presentación, las del último tenedor del documento; y

II.- Desde el día siguiente a aquél en que paguen el cheque, las de los endosantes y las de los avalistas.

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Artículo 204.- El tenedor de un cheque de viajero puede presentarlo para su pago, a cualquiera de las sucursales o corresponsales incluidos en la lista que al efecto proporcionará el librador, y en cualquier tiempo mientras no transcurra el señalado para la prescripción.

Artículo 207.- Las acciones contra el librado que certifique un cheque, prescriben en seis meses a partir de la fecha en que concluya el plazo de presentación. La prescripción en este caso, sólo aprovechará al librador.

Las acciones contra el que expida o ponga en circulación los cheques de viajero prescriben en un año a partir de la fecha en que los cheques son puestos en circulación.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Nov/09 09:37
Re: SOBRE CHEQUES..

Buenos dias... les agradezco las atenciones, me sirvieron de mucho sus respuestas.

Saludos.
 
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Elizabethes
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24/Nov/09 09:43
Re: SOBRE CHEQUES..

Elizabeth, es excelente que seas agradecida,.................pero CUAL ESA TU OPINION, SE DISIPÒ TU DUDA ?..........QUE NOS COMENTAS ?

GRACIAS


SALUDOS
 
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lobozac
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24/Nov/09 09:49
Re: SOBRE CHEQUES..

Elizabeth: Ok, Saludos.
 
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CP_PACO
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24/Nov/09 10:15
Re: SOBRE CHEQUES..

Buen día Lobo: Es importante estar actualizado en todo tipo de carreras. En ocasiones es dificil estar en cursos de actualización x diversas razones y para mi pertenecer a fiscalía me a ayudado mucho. El foro es una herramienta que con rapidez nos ayuda en las dudas que tenemos y gracias a la variedad de respuestas entendemos lo que buscamos esto en lo personal me ayuda mas a diferencia de leerlo directamente de la ley. En esta ocasión extendi en Abril un cheque para un proveedor que al cierre de mi conciliacion de octubre no estaba cobrado y una ves que vi las respuestas del foro, ayer me puse en contacto con ellos, lo extravieron y pues ya lo reporte al banco y les daré otro por la misma cantidad. Ya que aunque lo encontraran de acuerdo a lo que lei, ya no podrian cobrarlo.

Y el ser agradecida con las personas que me rodean fisica o virtualmente me enriquece mas como ser humano.

Saludos.
 
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Elizabethes
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24/Nov/09 10:28
Re: SOBRE CHEQUES..

Gracias señorita, muchas gracias por compartir esta informacion, asi estamos mas enterados de la generalidad del asunto


hasta pronto


saludos
 
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lobozac
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