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29/Oct/09 12:11
PAGO DE CREDITO FISCAL

cual es el plazo para pagar un credito fiscal determinado, ya que en el codigo establece diversos plazos como los son 15 dias, 45 etc ?
 
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manzanare
Soldado

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29/Oct/09 12:33
Re: PAGO DE CREDITO FISCAL

CHECATE EL ARTICULO 65 DEL CFF

Las contribuciones omitidas que las autoridades fiscales determinen como consecuencia del ejercicio de sus facultades de comprobación, así como los demás créditos fiscales, deberán pagarse o garantizarse, junto con sus accesorios, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquél en que haya surtido efectos para su notificación.


SALUDOS
 
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lcruizuscanga
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29/Oct/09 12:40
Re: PAGO DE CREDITO FISCAL

Buenos Dias

Articulo 6 CFF

Fracc. I.- Si la contribucion se calcula por periodos establecidos en Ley y en los casos de retención o de recaudación de contribuciones, los contribuyentes, retenedores o las personas a quienes las leyes impongan la obligacion de recaudarlas, las enteraran a mas tardar el dia 17 del mes del calendario inmediato posterior al de terminación del periodo de la retención o de la recaudación, respectivamente.

En cuanto a los 45 dias a los que te refieres, son para garantizar o pagar las contribuciones omitidas y demas creditos fiscales, que las autoridades fiscales determinen como consecuencia de sus facultades de comprobación, ademas de pagarse el credito debe ir junto con sus accesorios. Los 45 dias son siguientes a aquel en que haya surgido efecto la notificacion.

Me suena a Tarea..de Teoria Tributaria.. Yo lo acabo de ver.. Pero en Fin ahi estan las respuestas....

Salu2
 
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rdelacruz
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29/Oct/09 15:18
Re: PAGO DE CREDITO FISCAL

Como tiene el aracter de crédito fiscal debra ser pagado dentro de los cuarenta y cinco dias (art.65 FF) contados a apartir de que surte efectos la notificación del mismo; o bien, inetrponer un medio de defensa...bueno eso creo...saludos
 
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Montiel
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29/Oct/09 15:31
Re: PAGO DE CREDITO FISCAL

manzanare


pregunta....

¿ Ya te fue notificado el credito fiscal?....( digo, para que no suene a tarea )



saludos..
 
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CPhugoocejo
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29/Oct/09 16:45
Re: PAGO DE CREDITO FISCAL

Depende de la naturaleza inicial del credito fiscal.
Si es contribucion omitida debe pagarse dentro del plazo requerido. Para evitar una segunda multa de otro requerimiento

Si es una multa y se desea impugnarse son los plazos que se comenta, dependiendo del recurso aplicado son los plazos. Ademas la multa impuesta tiene un descuento, que tiene un plazo para aprovecharse a eleccion del contribuyente de impugnar o pagar
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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