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27/Oct/09 14:51
Pago provisional de personas motivos

Buenas tardes Contadores.


Pagos provisionales en ceros

En el mes de septiembre una persona fisica no tuvo ingresos pero si tuvo gastos al momento de realizar la mecanica para la determinacion del impuesto se acumularon los ingresos y gastos de meses anteriores esto dio ISR determinado conforme a la mecanica pero despues se le restaron los pagos provisionales anteriores pagados y salio cero a pagar en el mes de septiembre.

¿ Con cual motivo en ceros presento el pago provisional del mes septiembre?

1-. Los pagos provisionales efectuados con anterioridad fueron iguales o superiores al pago provisional del periodo.

2-. No se obtuvieron ingresos en el periodo a declarar para efectos del ISR.

Aclaro de que en el mes de septiembre no se obtuvieron ingreso pero conforme a la menica de acumulacion mes por mes salio isr determinado y despues se le restaron los pagos provisionales pagados y salio negativo el pago.

en el IVA salio a favor en este impuesto no tengo ninguna duda solo del ISR y IETU

Espero sus opiniones, criterios, su profesionalista y cualquier comentario sera bienvenido para mi.

Gracias por anticipado


Atte.
Regino
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Regino
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27/Oct/09 15:28
Re: Pago provisional de personas motivos

... al momento de realizar la mecanica para la determinacion del impuesto... esto dio ISR determinado...

...despues se le restaron los pagos provisionales anteriores pagados y salio cero a pagar en el mes de septiembre.


La razón por las que estas presentando una declaración es '0' es porque los pagos provisionales efectuados con anterioridad fueron iguales o superiores al pago provisional del periodo

Ya que en caso de que los pagos anteriores hubiesen sido menores al pago de septiembre, en ese caso SI hubieras tenido cantidad a pagar.

Dicho de otra manera, en Septiembre SI te resulta ISR a cargo, mismo que se convierte en '0', cuando tu restas tus PP efectuados con anterioridad, por ello, ésta es la RAZÓN por la que presentas tu declaración en '0', ésta es la verdadera razón.

Con número

PP Septiembre: 88
PP Ene-Ago: 92

La razon por la que en septiembre no pagas es porque los PP anteriores son mayores o iguales (en su caso) al PP del periodo.

Si por el contrario:

PP Septiembre: 88
PP Ene-Ago: 87

En este caso si pagarías $1

A lo que quiero llegar es que en septiembre tu si tienes ISR a cargo, pero lo dejas de pagar por la RAZÓN de que los pp efectuados con anterioridad son MAYORES al PP del periodo, y NO porque no hayas obtenido ingresos, pues como ya vimos aún cuando NO obtuviste ingresos SI te resulto un ISR del periodo.

Es decir, la NO obtención del ingreso por si misma NO es la causa de NO pago de ISR pues como tu dices,´aún con eso, SI te resulta un ISR.

pERO LA verdadera razón de no pago, es que LOS PP ANTERIORES SON MAYORES AL DEL PERIODO.
 
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AlbertoFC
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27/Oct/09 15:54
Re: Pago provisional de personas motivos

Debes manifestar la primera razon. Esto en funcioón de que la determinación de pagos provisionales para ISR e IETU son a traves de acumulación desde inicioado el ejercicio hasta el perido que pretendar enterar, con ello al llegar a la propia determinación te daras cuenta que la razón deberá ser la citada...bueno eso creo...saludos
 
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Montiel
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27/Oct/09 16:59
Re: Pago provisional de personas motivos

Concuerdo con los compañeros en que en la Declaración Estadística del ISR deberás de manifestar la opción 1 'Los pagos provisionales efectuados con anterioridad fueron iguales o superiores al pago provisional del periodo'.

Recuerda que para efectos de pagos provisionales se toman en cuenta los Ingresos y Deducciones acumuladas al final del periodo por el cual estas calculando el impuesto.
 
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CP_PACO
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27/Oct/09 20:12
Re: Pago provisional de personas motivos

Buenas noches.

Les agradesco que hayan respondido a mi duda, ya me quedo muy claro en la respuestas que dio AlbertoenTulaHgo y tambien en lo que menciona montiel y al Contador CP_Paco gracias ya analice bien el detalle de los pagos provisionales en ceros.


Atte.
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Regino
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27/Oct/09 21:00
Re: Pago provisional de personas motivos

pues yo voy a desviar la esencia del topico.....como siempre............dices 'no tuvo ingresos pero si tuvo gastos '......y DE DONDE SALIO LA LANA PARA 'GASTAR' ?........DIGO, POR ESO DE LA DISCREPANCIA


SALUDOS
 
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lobozac
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27/Oct/09 23:29
Re: Pago provisional de personas motivos

...dices 'no tuvo ingresos pero si tuvo gastos '......y DE DONDE SALIO LA LANA PARA 'GASTAR' ?........DIGO, POR ESO DE LA DISCREPANCIA


Puede haber gastos aunque no haya ingresos, ésto cuando se trata de gastos fijos v gr: renta. Es decir, haya o no ingresos se tiene que pagar.

Respecto a la fuente; bien pudo ser que estos se erogaran con recursos 'excedentes' de meses anteriores. Se presume que en los meses anteriores hubo 'excedentes' dado que en dichos meses anteriores los ingresos superaron en importe a los egresos, prueba de ellos es que en los meses anteriores se venían realizando pagos de ISR.

Buen punto el anotado por Lobo; respecto a la discrepancia. Es decir en un año de calendario no puedes declarar ingresos inferiores a las erogaciones realizadas, por lo que al estar en el último trimestre del ejercicio, es buen tiempo para tomar en cuenta esta situación.
 
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AlbertoFC
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27/Oct/09 23:34
Re: Pago provisional de personas motivos

Puede haber gastos aunque no haya ingresos, ésto cuando se trata de gastos fijos v gr: renta. Es decir, haya o no ingresos se tiene que pagar.

Respecto a la fuente; bien pudo ser que .......



pue si, ....pero PRECISAMENTE PARA NO ESTAR 'ADIVINANDO'....O ESTAR SUPONIENDO QUE PUEDE O PUDO.........pues mejor que nos lo explique el creador del topico.........si es asi como supones.....que bien.........sino......aguas


saludos
 
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lobozac
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28/Oct/09 00:19
Re: Pago provisional de personas motivos

1.- No estoy adivinando, estoy afirmando.

Si el señor dice que ha efectuado pagos provisionales, es porque obviamente ha tenido una BASE sobre la cual calcularlos.

Si ha tenido base, es porque los INGRESOS HAN SIDO SUPERIORES A LOS EGRESOS. Pues si los egresos fueran superiores a los ingresos NO habria base y mucho menos HABRIA cantidad alguna a pagar, pues no habria base sobre la cual calcular.

Lo que fiscalmente es base, financieramente se considera excedente, ambos conceptos se refieren a que LOS INGRESOS SON SUPERIORES A LOS EGRESOS, y no es adivinanza, es afirmación.

2.- Cuando dije; 'PUEDE' no me referia a POSIBILIDAD sino a CAPACIDAD y/o APDITUD DE DECISIÓN.

Es decir, si como ya vimos el sr tuvo EXCEDENTES EN MESES ANTERIORES, con ellos PUEDE (Dado que tiene la libertad de decidir libremente sobre sus recursos), pagar, subsanar, sufragar los gastos a los que deba hacer frente.

Puse como ejemplo: Los gastos fijos, pues estos, TIENES que realizarlos, tengas o no ingresos, a menos que en alguna clausula del contrato de arrendamiento este pactado que cuando el ARRENDATARIO NO TENGA INGRESOS, SE LE CONDONARÁ, PERDONARA el monto de la DEUDA, esto no ocurre en la realidad.

Por ello, si el Sr tiene excedenes, esta en aptitud de con ellos cubrir los gastos generados, pues son obligaciones cuyo cumplimiento no esta supeditado y/o condicionado a que los ingresos se perciban fiscalmente.

De allí que, afirmo, que si el sr no tuvo ingresos para efectos fiscales, este hecho no le autoriza incumplir obligaciones de pago cualquiera que estos sean, o si?.

El puede que mencioné, no fue de posibilidad, sino de CAPACIDAD Y/O APTITUD DE DECIDIR.

Es decir que el Sr, PUEDE (Tiene la capacidad) de usar los recursos acumulados en meses anteriores para cubrir gastos a cuyo cumplimiento se encuentre obligado; pues las obligaciones NO ESTAN SUPEDITADAS ni condicionadas a que los ingresos se perciban fiscalmente.
 
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28/Oct/09 09:51
Re: Pago provisional de personas motivos

Yo también me inclino en que el dinero salió de los remanentes de efectivos de periodos anteriores...
 
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CP_PACO
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