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22/Oct/09 13:14
INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

HOLA A TODOS.
TENGO UNA SUPER DUDA EN CUANTO AL CONCEPTO DE INASISTENCIA EN LOS RECIBOS DE LA NOMINA EL PROGRAMA NO SE COMO LO CALCULA SI TENGO UN TRABAJADOR CON
SD 133.33
SBC 143.88
LA INANSISTENCIA ES POR 154.66 NO SE PORQUE NO TENGO EL FUNDAMENTO DE QUE ES LO QUE SE LE ESTA DESCONTANDO APARATE DEL SALARIO DIARIO QUISIERA SABER SI ES CORRECTO ESTE CALCULO Y DONDE PUEDO ENCONTRAR EL FUNDAMENTO.
GRACIAS DE ANTEMANO Y QUE TENGAN UN EXCELENTE SEMANA¡¡¡¡¡¡¡
 
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vanesauru
Cabo

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22/Oct/09 13:52
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

Artículo 69 LFT.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.

Artículo 72 LFT.- Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado o sobre el que hubiese percibido de cada patrón.

Se se esta descontantando la parte proporcional no trabajada del dia de descanso.Editado: Octubre 22, 2009 13:53:28
 
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elvin
Sargento Primero

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22/Oct/09 14:07
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

Art 69 y 72 LFT:

69.- por cada 6 dias de trabajo, el trabajador disfrutará de uno de descanso, con goce íntegro de salario.

Es decir; si labora de lunes a sabado, ya laboró 6 días lo que le da derecho a uno de descanso con goce de salario.

$ 133.33 x 6 =799.98, a eso hay que sumar la cantidad correspondiente al día de descanso, por lo que su salario bruto semanal queda en $ 933.31 ( 799.98 + 133.33 ).

72.- Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiera trabajado.

Esto es, mediante una regla de 3.

a) 6 dias de trabajo, dan derecho a 1 de descanso.
b) Divides 1 entre 6, te da como resultado 0.16. Esto significa que por cada día de trabajo vas generando el 0.16 del dia de descanso.

Por ello, cuando un trabajador falta, debes quitarle no solo el salario del dia que faltó, sino además la parte proporcional al día de descanso.

Esto es; 1 + 0.16. donde 1 representa el dia de la falta, y 0.16 la parte proporcional del día de descanso.

En resúmen, a tu trabajador le debes quitar el 1.16 por concepto de falta, ya que ello representa su salario del dia (1), más la parte proporcional del dia de descanso (0.16).

Si multimplicas $ 133.33 x 1.16, te dara los 154.66
 
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AlbertoFC
Capitán Segundo

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22/Oct/09 14:38
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

Como ya se comentó, en realidad para tu sistema de nómina a cada día laborado se le adiciona, la proporción del séptimo día, en este caso 0.166666 (1/6).

Es decir, si multiplicas los 6 días laborados por el factor del día de 1.16666 te dará como resultado los 7 días de la semana.

En el caso de una falta, al trabajador también se le descontará 1.16666 y efectivamente pagandole el importe correspondiente a 5.83333 días.
 
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CP_PACO
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22/Oct/09 16:41
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

MUCHAS GRACIAS A TODOS ES UNA EXPLICACION SUPER CLARA QUE MEDIERON SE LOS AGRADEZCO SOBRE TODO LOS QUE ME HICIERON EL FAVOR DE REALIZAR EL CALCULO YA QUE ASI LO VEO CON NUMEROS REALES.
QUE TENGAN UN EXCELENTE SEMANA¡¡¡¡
 
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vanesauru
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22/Oct/09 16:52
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

De nada... Saludos.
 
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CP_PACO
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22/Oct/09 17:54
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

1.-CONSIDERANDO EL MONTO DE LAS INANSISTENCIAS CORRECTO REALIZE EL CALCULO DEL ISR PERO TENGO UNA VARICACION MUY PEQUEÑA PERO NO ME CHECA
SD 133.33
SBC 143.88
PERCEPCION 15.00 1,999.95
PRIMA DOMINICAL 2.00 66.67
SUBSIDIO AL EMPLEADO 140.24
IMSS 41.19
ISR 80.25
CASTIGOS 3.00 463.99
INASISTENCIAS 1.00 154.66
NO ME CHECA EL IMPORTE NI DE IMSS NI DE ISR
2.-Y TENGO DUDA EN LOS RECIBOS DE NOMINA APARACE I.S.P.T. Y TENGO ENTENDIDO QUE DEBE DE SER ISR CORRECTO???
TAMBIEN NO SE SI ESTE CORRECTO SI LOS CASTIGOS QUE SE ESTAN APLICANDO A LA NOMINA POR LOS 3 DIAS DE RETARDO EN LA QUINCENA ESTE CORRECTO YA QUE SE ESTA DESCONTANDO COMO INASISTENCIA Y NO COMO SALARIO DIARIO??????
DE ANTEMANO GRACIAS POR SU AYUDA
 
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vanesauru
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22/Oct/09 17:59
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

Y en la base gravable para ISR estas disminuyendo el importe de las inasistencias?
 
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CP_PACO
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22/Oct/09 18:06
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

SI LAS ESTOY DISMINUYENDO PERO NO ME CHECA ES ISR¡¡¡
 
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vanesauru
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23/Oct/09 08:21
Re: INASISTENCIAS EN ISR DE NOMINA

Vanesa: Si tus percepciones han sido constantes y en esta última nomina estas efectuando los descuentos por faltas y castigos, éstos al disminuir la base gravable para ISR invariablemente deberá ser la retención menor.
 
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CP_PACO
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