20/Oct/09 21:56
Re: diot
sylvy:
Debes relacionar el 90 % del total de los proveedores, incluyendo los de Tasa 15%,10% 0% y exentos.
Los que no estás obligado a relacionar es el 10%(Proveedor Global) del total de los mismos, pero en este 10% (Proveedor Global) no debe contener gastos por Combustibles, éstos siempre deben relacionarse dentro del 90%:
LIVA
Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:
VIII.
Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria,
la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en l
as operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
RMF 2009-2010
Opción de no relacionar individualmente a proveedores hasta un porcentaje de los pagos del mes
I.5.1.7.Para efectos del artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes
podrán no relacionar individualmente a sus proveedores en la información a que se refiere dicho precepto,
hasta por un monto que no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes, sin que en ningún caso el monto de alguna de las erogaciones incluidas en dicho porcentaje sea superior a $50,000.00 por proveedor.
No se consideran incluidos dentro del porcentaje y monto a que se refiere este párrafo los gastos por concepto de consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, pagados con medios distintos al cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o a través de monederos electrónicos.
Los comprobantes que amparen los gastos en mención, deberán reunir los requisitos previstos en las disposiciones fiscales vigentes.
Espero no haberte confundido aún mas.
Saludos
Editado: Octubre 21, 2009 06:28:51
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'