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20/Oct/09 11:04
ESPONTANEIDAD O NO SEGUN ART 73 DEL CFF FRACCION III

BUEN DIA A TODOS!

EL CASO ES EL SIGUIENTE:

COMO PERSONA MORAL NOS AUDITAMOS VOLUNTARIAMENTE. EL DEPACHO QUE NOS AUDITA DETERMINO DIFERENCIAS EN RETENCIONES DE ISR E IMPAC, LAS CUALES SE PAGARON UN MES DESPUES DE PRESENTADO EL DICTAMEN.

EN SEPTIEMBRE DE 2008 ME LLEGA UN REQUERIMIENTO DE SECRETARIA DE FINANZAS PARA SOLICITAR INFORMACION DE DICHOS PAGOS LOS CUALES SE LE PRESENTARON.

RECIENTEMENTE EN TIEMPO PARA ELLOS ME NOTIFICAN LAS OBSERVACIONES EN LAS CUALES ME DICEN QUE NO CUMPLI ESPONTANEAMENTE CON EL PAGO SEGUN EL ART 73 DEL CFF FRACCION III POR CUAL ME HAGO ACREEDOR DE UNA MULTA

ESTOY EN TIEMPO DE RESPONDAR LO QUE EN DERECHO PROCEDA, PERO ME SURGE LA DUDA EN CUANTO A LA ESPONTANEIDAD DE ESTE ART. QUE A LA LETRA DICE:

No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:

III. La omisión haya sido subsanada por el contribuyente con posterioridad a los diez días siguientes a la presentación del dictamen de los estados financieros de dicho contribuyente formulado por contador público ante el Servicio de Administración Tributaria, respecto de aquellas contribuciones omitidas que hubieren sido observadas en el dictamen.

SEGUN ESTO NO SE CONSIDERA ESPONTANEO?

EXISTIRA ALGUN ELEMENTO QUE ME AYUDE A HACER VALER LA ESPONTANEIDAD

GRACIAS DE ANTEMANO
 
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CAROL1
Sargento Segundo

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20/Oct/09 11:41
Re: ESPONTANEIDAD O NO SEGUN ART 73 DEL CFF FRACCION III

en diferencias por dictamen deberán ser pagados en un plazo menor, y si no es así se considera extenporánea, no tengo el dato del plazo en una oportunidad
 
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granados1020
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20/Oct/09 11:58
Re: ESPONTANEIDAD O NO SEGUN ART 73 DEL CFF FRACCION III

III. La omisión haya sido subsanada por el contribuyente con posterioridad a los diez días siguientes a la presentación del dictamen de los estados financieros de dicho contribuyente formulado por contador público ante el Servicio de Administración Tributaria, respecto de aquellas contribuciones omitidas que hubieren sido observadas en el dictamen



Según lo transcrito, el cumplimiento deja de ser espontáneo cuando:

El contribuyente subsane las omisiones observadas en el dictámen con posterioridad a los 10 días siguientes a la presentación de dicho dictamen.

Esto es;

a) Si subsanas las omisiones observadas en el dictámen del día 1 al 10 siguientes a la presentación del mismo, dicho cumplimiento se considera espontáneo y por tanto NO hay lugar a la imposición de sanción alguna.

b) Si subsanas las omisiones observadas en el dictámen con posterioiridad al los siguientes 10 días a la presentación del mismo, dicho cumplimiento NO se considera espontáneo y por tanto SI hay lugar a la imposición de sanciónes.

Si como comentas, las diferencias (omisiones) observadas en el dictamen se pagaron un mes despues de la presentación del mismo, es lógico que te ubicas en el inciso b) anterior, dado que has excedido del plazo dentro del cual el cumplimiento se considera espontáneo, en sentido contrario, tu cumplimiento no es espontáneo.
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
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AlbertoFC
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20/Oct/09 12:02
Re: ESPONTANEIDAD O NO SEGUN ART 73 DEL CFF FRACCION III

CARIL 1, EL FUNDAMENTO LO ENCUENTRAS EN EL ART. 32-A PENULTIMO PARRAFO DEL C.F.F., LOS PAGOS QUE REALIZO USTED NO SON ESPONTANEOS Y SON MOTIVO DE MULTA

ESPERO LE SIRVA MI COMENTARIO

CONTAFER
 
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contafer
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20/Oct/09 12:17
Re: ESPONTANEIDAD O NO SEGUN ART 73 DEL CFF FRACCION III

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.

SUPONGO QUE AUNQUE NO ME ENCUENTRO OBLIGADO A DICTAMINARME ME ES APLICABLE LO DEL ART. 32 A

SEGUN UN COMENTARIO DE UN ORIENTADOR DEL SAT DICE QUE EL ART 73 FUE REFORMADO CON FECHA 5 ENERO DE 2004 EN LO CUAL NO SE IMPONE MULTA CUANDO LA OMISION A SIDO SUBSANADA.

A DECIR VERDAD NO LO HE ENCONTRADO COMO TAL.

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CAROL1
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20/Oct/09 13:46
Re: ESPONTANEIDAD O NO SEGUN ART 73 DEL CFF FRACCION III

Carol

1-. Mencionas que se auditaron voluntariamente, entonces ya adquiriste y optaste y presentaste el dictamen bajo los lineamientos que enmarca el numeral 32-A del CFF…..


. Numeral 32-A del CFF Fracción IV……..


Los contribuyentes a que se refiere este artículo deberán presentar dentro de los plazos autorizados el dictamen formulado por contador público registrado, incluyendo la información y documentación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código, a más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.

Penúltimo Párrafo de el numeral antes citado…..

En el caso de que en el dictamen se determinen diferencias de impuestos a pagar, éstas deberán enterarse mediante declaración complementaria en las oficinas autorizadas dentro de los diez días posteriores a la presentación del dictamen

2-. Como podrás observar, el párrafo y estrictamente que te obliga a presentar es donde dice… “Los contribuyentes a que se refiere este artículo deberán presentar dentro de los plazos autorizados el dictamen formulado por contador público registrado……

3-. Y si observas el penúltimo párrafo del citado numeral te otorga un plazo para presentar las diferencias que de a lugar…..10 días para ser exactos., pero ustedes presentaron hasta los 30 días….entonces subsanaste el error si, pero fuera del plazo señalado.

Artículo 73.-

III. La omisión haya sido subsanada por el contribuyente con posterioridad a los diez días siguientes a la presentación del dictamen de los estados financieros de dicho contribuyente formulado por contador público ante el Servicio de Administración Tributaria, respecto de aquellas contribuciones omitidas que hubieren sido observadas en el dictamen.

4-. Concluyendo…. al no haber corregido las diferencias dentro de los 10 días que te enumera el 32-A del CFF, con referencia al 73 F-III, es totalmente procedente la multa.


Saludos
 
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CPhugoocejo
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20/Oct/09 16:05
Re: ESPONTANEIDAD O NO SEGUN ART 73 DEL CFF FRACCION III

GRACIAS A TODOS POR SUS APORTACIONES
 
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CAROL1
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