17/Oct/09 03:26
Re: duda sobre req.del estado
Hola:
1.- Si el Estado no fija una hora y fecha para que se presente el contribuyente, no hay una obligación de presentarse en firme. Puede hacerlo, el contribuyente, cuando le plazca prácticamente. Lea el Art. 136 CFF.
2.- El requerimiento debe contar con firma autógrafa del personal autorizado para aplicar esta diligencia. El Estado de NL por lo general, aplica requerimientos con firmas facsimiladas. Los cuales, pueden ser desconicidos por no contarse los requisitos legales suficientes. Lea el Art. 38 CFF ¿Cómo aplica los requerimientos el Estado, de su localidad?
3.- El citatorio no hace las veces de un requerimiento. En otras palabras, la autoridad no tiene fincado su procedimiento de verificación hasta el punto de haber requerido, con el simple hecho de haber aplicado un citatorio.
En el momento en que es recibido por el contribuyente el requerimiento, éste surtiría efectos, o al día siguiente si es recibido por otra persona. En su caso, se estaría visitando a las oficinas el propio contribuyente o su representado. Ver por favor, los numerales 134 y 135 CFF.
4.- Si cumple con la obligación hasta momentos antes de ser notificado, sería espontáneo su cumplimiento. Después de este momento de la notificación, es bastante discutible el cumplimiento espontáneo. Ya, que también se indica que el requerimiento debe surtir efectos a partir del siguiente día, en ciertos casos. Lea el Art. 73 CFF
5.- La multa no le ha sido impuesto todavía, debe formularse otra diligencia para procederse con este paso. No se debe multarse en el mismo momento de la notificación. Lea el 75 CFF.
6.- Ni la SHCP o el SAT requieren tan rápido, obligaciones recientemente vencidas. Ese requerimiento debe ser de otro período más antiguo. ¿Esta cubriendo el 5% por Reg. intermedio de la manera correcta? o ¿Ha presentado la anual 2008, declarándose apropiadamente, incluyéndose lo del estado también?
Esperamos comentarios...
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?