08/Oct/09 15:34
Re: cobro de iva en casa de empeño
En mi opinión es correcta la expedición del comprobante por lo siguiente:
a) Primero veamos el antecedente.
a) 1.- X ejemplo 1/1/2009. Pensemos que dicha CE tiene en su caja la cantidad de $ 1,000.00, pensemos que es todo lo que poseé. Su estructura financiera sería así (Ojo de la CE no tuya).
Cargos:
Caja $ 1,000.00
Abonos
Capital Social $ 1,000.00
a) 2.- X ejemplo 1/5/2009. Pensemos que dicha CE le presta a alguna persona la cantidad de $ 1,000.00, operación que es garantizada mediante un bien dado en garantía. Su asiento sería este:
Cargos:
Cuentas por cobrar $ 1,000.00
Abonos
Caja $ 1,000.00
CO
Activos recibidos en prenda CD $ 1000
Activos recibidos en prenda CA $ 1000
CoMo vez, su estructura financiera se modificó, pues su efectivo se convirtió en una cuenta por cobrar.
a) 3.- X ejemplo 1/9/2009. La CE asume (independientemente de las causas) que aquella persona a quien le prestó ya no le reintegrará (pagará) el monto del prestamo, por lo cual la casa de empeño (CE) decide poner en venta el bien que le fue dejado para garantizar dicha deuda. Tomada esta decisión, ese mismo dia logra venderla, en este caso, vendertela, su asiento sería este.
Cargos:
Caja $ 1,000.00
Abonos
Cuentas por cobrar $ 1,000.00
CO
Activos recibidos en prenda CA $ 1000
Activos recibidos en prenda CD $ 1000
Como vez, la operación de 'aparente venta' de la CE, no es tal, sino lo único que esta haciendo es una reconversión, para así ella recuperar los $1,000.00 que desde el principio eran recursos de ella, es decir, de una cuenta por cobrar lo convirtó a efectivo.
Lo que realmente te esta cobrando a ti, es la labor de intermediación (honorarios) es decir el hecho de un bien ajeno, ponerlo a tu disposición, operación que da lugar al pago del IVA, dado que se considera la prestación de un servicio.
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )